Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 1999 (07/08/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de agosto de 1999 TITULO III DISPOSICIONES FINALES

cuales deben ser presentadas en Padrones especiales otorgados por la Municipalidad. Luego de la verificacion respectiva se procedera a la consulta popular. b) Por inconducta funcional, debidamente acreditada y probada, luego de un MORDAZA investigatorio sumario llevado a cabo por una Comision Mixta (Regidores y miembros del CGZ) nombrado por el Concejo Municipal, quien emitira su dictamen para aprobacion del Concejo Municipal. Dicho MORDAZA se inicia por denuncia interpuesta por cualquier vecino, siempre y cuando exista indicios razonables de su veracidad. c) La revocatoria por conducta antidemocratica no procedera MORDAZA del vencimiento del primer MORDAZA del periodo (8 meses) de gobierno. El Concejo Municipal nombrara una Comision Mixta independiente para estudiar el pedido y resolver. d) Procede la revocatoria por consulta popular, si la mitad mas uno de los votantes lo aprueban. CAPITULO VII DE LA ORGANIZACION, EL MORDAZA DE ELECCION, Y ACREDITACION DE LOS MIEMBROS DE LOS CGZ Articulo 14º.- La Municipalidad promueve la asociacion de los vecinos y la constitucion de los CGZ en las respectivas zonas. Articulo 15º.- El Concejo de Gobierno Zonal, estara conformado por: a) Un Presidente b) Cuatro Consejeros. Articulo 16º.- La eleccion para un periodo de dos anos, de los representantes de los CGZ, se da a traves del MORDAZA directo, universal y secreto, por parte de los vecinos mayores de 18 anos, de la jurisdiccion zonal, en un MORDAZA electoral conducido por el Comite Electoral Distrital, elegido en Asamblea Vecinal convocada expresamente para tal fin por el MORDAZA, sesenta dias MORDAZA del termino del mandato de cada CGZ. Articulo 17º.- La Municipalidad reconocera al CGZ, lo registrara y, acreditara a sus representantes, con las funciones y atribuciones senaladas en los Articulos 3º, 4º y 5º, otorgandoles personeria municipal para el ejercicio de sus funciones ante la Municipalidad, para lo cual debera cumplir con la MORDAZA de los siguientes requisitos: a) Solicitud dirigida al Alcalde. b) MORDAZA del Acta de Eleccion del Comite Electoral Zonal. c) MORDAZA del Reglamento Electoral. d) MORDAZA del Acta del Sufragio suscrito por el Comite Electoral Zonal, visado por el Comite Electoral Distrital. e) MORDAZA del Padron Electoral. f) Nomina de los miembros electos. CAPITULO VIII DE LA DETERMINACION DE LAS ZONAS Articulo 18º.- Las Zonas son determinadas para viabilizar la accion administrativa y de gobierno Municipal. La cantidad y sus limites se definen a partir de las caracteristicas geograficas; los ejes viales y densidad poblacional son aprobados por el Concejo Municipal a propuesta del Alcalde. En la presente etapa se establecen trece (13) zonas administrativas y una de tratamiento especial. TITULO II DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los CGZ constituidos MORDAZA de la promulgacion de la presente Ordenanza, se adecuaran a lo establecido en esta norma. Segunda.- La Municipalidad reconocera, acreditara y registrara a los CGZ constituidos con anterioridad a la presente Ordenanza.

Primera.- Lo no previsto en la presente Ordenanza se sujeta a las disposiciones legales vigentes, sobre Participacion Vecinal y Ciudadana. Segunda.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 10088

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse al Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria otorgado a favor de contribuyentes del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-99-MDSR MORDAZA MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Publica Ordinaria de fecha 22 de MORDAZA de 1999; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 009 de fecha 28 de MORDAZA de 1999, se otorgo a los contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA un Beneficio Especial de Regularizacion Administrativa y Tributaria, estableciendose que el plazo para acogerse a este Beneficio Especial vence el 30 de MORDAZA del mismo ano; Que, mediante Acuerdos de Concejo Nºs. 023-99-MDSR y 025-99-MDSR se prorrogo el plazo establecido en la referida Ordenanza Nº 009-99-MDSR para acogerse al Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa - BERTRIMUN; Que, atendiendose a la Politica de la actual gestion de otorgarse el MORDAZA de facilidades a los contribuyentes se hace necesario nuevamente prorrogar dicho Beneficio hasta el 31 de agosto del presente ano; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion del acta; por mayoria, con abstencion de MORDAZA formulada por la Regidora MORDAZA Carigga de Cabrejos; y, el MORDAZA en contra del Regidor MORDAZA MORDAZA Perry; ACORDO: Articulo Unico.- PRORROGAR nuevamente el plazo establecido en la Ordenanza Nº 009-99-MDSR para acogerse al Beneficio Especial de Regularizacion Tributaria y Administrativa - BERTRIMUN hasta el 31 de agosto de 1999. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10122

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