Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 1999 (07/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 7 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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en la MORDAZA categoria, deberan efectuar la retencion que corresponda y abonarla dentro de los plazos previstos por el Codigo Tributario para las obligaciones de periodicidad mensual. 3. La Ley Nº 26969 sustituye la contribucion al FONAVI por el Impuesto Extraordinario de Solidaridad, disponiendo -entre otras- que los sujetos, base imponible y alicuota del Impuesto son los establecidos para la contribucion al FONAVI. 4. Las normas de la contribucion al FONAVI dispusieron que las empresas y entidades que paguen o abonen ingresos que constituyan rentas de MORDAZA categoria, de acuerdo con lo incisos d) y e) del Articulo 34º de la Ley del Impuesto a la Renta, estan afectas a la contribucion al FONAVI, sobre el total de los ingresos pagados o abonados. 5. Mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 080-99/SUNAT se establecieron las normas referidas a la declaracion y pago de los tributos relacionados a las remuneraciones de los trabajadores. Asi, se dispuso que las entidades empleadoras deberan cumplir con declarar, entre otros, el Impuesto a la Renta de MORDAZA categoria, el Impuesto Extraordinario de Solidaridad respecto de las remuneraciones que corresponden a sus trabajadores, y las contribuciones al ESSALUD y a la ONP, en la forma, plazo y condiciones que establece la SUNAT en dicha Resolucion. 6. Lo dispuesto en dicha Resolucion es de aplicacion para efecto, inclusive, de declarar el Impuesto a la Renta de MORDAZA categoria y el Impuesto Extraordinario de Solidaridad respecto de los ingresos a que se refiere el inciso e) del Articulo 34º de la Ley del Impuesto a la Renta. INSTRUCCIONES: Aclarar que el concepto de entidad empleadora a que se refiere el inciso a) del Articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 080-99/SUNAT comprende, inclusive, a quienes abonen o paguen ingresos que constituyan rentas de MORDAZA categoria, de acuerdo al inciso e) del Articulo 34º de la Ley del Impuesto a la Renta. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA Superintendente 10156

men, asi como las labores graficas del plano de Zonificacion correspondiente; Que, el Concejo Metropolitano de MORDAZA en Sesion de fecha 21 de diciembre de 1998 aprobo mediante Ordenanza Nº 198 la actualizacion de la Zonificacion General de los Usos del Suelo del distrito de La MORDAZA al ano 2002, graficados en el Plano Nº Z-01-MDLM que como Anexo Nº 01, forma parte de dicha Ordenanza, que a su vez comprende las Normas de Zonificacion y el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, que como Anexos Nºs. 1 y 3, igualmente forman parte de la Ordenanza; Que, conforme a lo establecido por los Articulos 70º Inc. 1) y 134º Inc. 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la competencia en materia de planificacion MORDAZA corresponde a las Municipalidades Provinciales y en tal sentido el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC en sus Articulos 24º y 25º establece que en todos los casos corresponde a las Municipalidades Provinciales la oficializacion de los Planes Urbanos formulados por las Municipalidades Distritales; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 26878 del 19 de noviembre de 1997 establecio que las Municipalidades Provinciales son competentes para la aprobacion de los Planes de desarrollo local, es decir, el Plan Integral de Desarrollo Provincial, Acondicionamiento Territorial y el Plan MORDAZA, que a su vez comprende el Plan de Desarrollo Metropolitano y los Planes de Ordenamiento; Que, en atencion a las normas senaladas en los considerandos precedentes, y conforme a lo establecido por los Articulos 7º y 8º de la Ley Nº 26922, la planificacion MORDAZA es una competencia exclusiva e irrenunciable de las Municipalidades Provinciales; Que, la facultad de las Municipalidades Distritales de proponer o de opinar en asuntos referidos a la planificacion MORDAZA, en modo alguno sustituye la competencia que en materia de Planificacion MORDAZA de manera expresa asigna la Ley a las Municipalidades Provinciales; Aprobo la siguiente: ORDENANZA RECTIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 198 DE ACTUALIZACION DEL PLANO DE ZONIFICACION DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese la Ordenanza Nº 198 de Actualizacion del Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo del distrito de La MORDAZA, en el siguiente sentido: a) Restituir la zonificacion R1 al area que en el plano de Zonificacion General de Usos del Suelo del distrito de La MORDAZA figura con zonificacion ZRP; b) Asignar zonificacion ZF al area colindante con la urbanizacion MORDAZA La MORDAZA, que en el Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo figura como ZRP, asi como tambien a las areas que figuran como "cerros" en el referido Plano; y, c) Ratificar la zonificacion O.U. al area necesaria para la ejecucion del Estadio Municipal de La Molina. Articulo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificacion efectuar en el Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo del distrito de La MORDAZA las modificaciones a que se refiere el Articulo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 10090

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican ordenanza que actualizo el plano de zonificacion general de usos del suelo del distrito de La MORDAZA
ORDENANZA Nº 225 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de 19 del mes en curso; de acuerdo con el Dictamen Nº 037-99-CDU-MML de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Qie, la Comision de Desarrollo MORDAZA, mediante Dictamen Nº 082-98-MML-CDU, opino favorablemente en el sentido de que el Concejo Metropolitano podia aprobar la Propuesta de Actualizacion del Plano de Zonificacion del distrito de La MORDAZA, y se encargo al Instituto Metropolitano de Planificacion la resolucion y atencion de las observaciones y precisiones contenidas en dicho Dicta-

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