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Pág. 176587 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 1999 c. Presentar propuestas y sugerencias para estable- cer, desarrollar o mejorar los Remates. d. Representar a la Comisión por encargo del Presi- dente. 7.2.4. SON FUNCIONES DEL SECRETARIO TEC- NICO a. Por disposición del Presidente de la Comisión, con- vocar a los miembros de la misma para las reuniones correspondientes. b. Levantar el Acta correspondiente a las Reuniones de la Comisión, transcribiendo los acuerdos tomados en coordinación con el Presidente de la Comisión. c. Registrar y despachar la documentación y expedien- tes presentados, llevando el archivo de la comisión y todo el acervo documentario inherente a los remates. d. Vocear las ofertas durante la Subasta Pública, determinando la mayor oferta para la aprobación por la Junta de Remates. e. Dar asesoramiento y difusión del presente Regla- mento a las Intendencias de Aduanas. f. Proporcionar los formatos necesarios para llevar a cabo las subastas en las Intendencias del País (sobres cerrados - cartas ofertas – boletas/facturas). g. Organizar y realizar las coordinaciones necesarias, para el desarrollo normal de la subasta aduanera. h. Las demás funciones que le encomiende el Presiden- te de la Comisión. 7.3. DE LA EJECUCION DE LA SUBASTA 7.3.1. DE LA CONVOCATORIA Aprobada la Lista de Remates se convocará a Subasta Pública a través de publicaciones de la siguiente manera: a. En Lima Metropolitana : Con la fecha aprobada por la Comisión, se publicará en el Diario Oficial El Peruano, un aviso de convocatoria con el listado de los lotes a rematarse y en los diarios de mayor circulación avisos genéricos. b. En las Intendencias de la República : Avisos de convocatoria con las mercancías a rematarse, en el diario de mayor circulación de la localidad, preferentemente de circulación regional. Para mayor difusión de la Subasta se publicará en el frontis de las Intendencias, en forma mural, avisos del remate y en lo posible la lista completa de las mercan- cías. Cuando el caso lo requiera se podrá difundir la subasta con avisos radiales u otros medios de comunicación. 7.3.2. DE LA JUNTA DE REMATES La Junta de Remates es la encargada de la ejecución de la subasta. a. En Lima : Se conforma en aplicación a lo establecido en la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº001794 del 15.OCT.98. La Junta, funcionará con cinco de sus miembros como mínimo. b. En las Intendencias de Aduanas del País : Se conformará de la siguiente manera: - El Intendente de Aduana, quien la presidirá o su representante. - El Jefe de Técnica Aduanera. - El Jefe de Recaudación Aduanera. - El Jefe de la Unidad de Oficiales de Aduanas. - Un Miembro designado por la Comisión de Remates. La Junta funcionará con cuatro de sus miembros como mínimo. 7.3.3. SON FUNCIONES DE LA JUNTA DE RE- MATES a. Iniciar la subasta el día señalado por la Comisión de Remates para su ejecución. b. Levantar el Acta de Instalación y Desarrollo de la Junta de Remates, elevándola a la Comisión de Remates para conocimientos y fines.c. Controlar el normal desarrollo de la misma, otorgan- do la Buena Pro a la mayor oferta en cada lote subastado. Firmando la carta oferta adjudicada en señal de conformi- dad. d. Suspender parcial o totalmente la subasta en caso necesario y en cumplimiento de la ley. e. Hacer cumplir las bases de la Subasta Pública. f. Resolver los asuntos no contemplados en el presente Reglamento, durante la ejecución de la subasta, anotán- dose en el Acta correspondiente. g. Las Juntas de Remates de provincia, remitirán la liquidación final del Remate a la Secretaría Técnica, con toda la documentación sustentatoria, para su elevación a la Comisión, en un plazo no mayor de (15) quince días hábiles. 7.3.4. DE LA EXHIBICION DE LAS MERCAN- CIAS a. Para los Remates a sobre cerrado, se exhibirán las mercancías (10) diez días útiles como mínimo antes de la ejecución de la subasta. b. Los lotes se colocarán en un local apropiado de fácil acceso a los postores y en forma correlativa, debidamente identificados, para su fácil ubicación y adoptándose las medidas necesarias de seguridad. c. Las mercancías se rematarán en el estado y condi- ción en que se encuentren. 7.3.5. DE LA SUBASTA PUBLICA a. La modalidad de la Subasta Pública será a Sobre Cerrado. b. En la Subasta se usará la Carta Oferta y sobres oficiales emitidos por la Secretaría Técnica de Remates. c. Con anticipación se colocará, en el local señalado para la subasta las ánforas necesarias para la recepción de los sobres conteniendo las cartas ofertas. d. La Carta Oferta debe ser llenada con todos los datos requeridos en su formato, asimismo se deberá consignar el 20% del valor ofertado y depositado en los comparti- mentos correspondientes del sobre. e. Los sobres contienen un ticket numerado el mismo que debe ser sellado y entregado al ofertante, quien depositará el sobre en el ánfora que le corresponda. f. Cuando el ofertante desee presentar oferta por varios lotes, podrá hacer un depósito global en caja de remates, indicando en la carta oferta "Depósito en Caja" y el Nº de su Cuenta Corriente según recibo otorgado. g. A la hora señalada por la Junta Especial se suspen- derá la recepción de sobres, procediéndose a la apertura del ánfora, separándose los sobres depositados por núme- ro de lote. h. Se aperturarán las cartas ofertas, lote por lote en forma correlativa, voceándose las ofertas presentadas para conocimiento de todos los ofertantes, otorgándose la Buena Pro a la mayor oferta, firmando en la carta oferta todos los miembros de la Junta de Remates, conjuntamen- te con el Secretario Técnico de Remates, y en el caso de las Aduanas de la República por el Miembro designado por la Comisión. i. Los sobres no beneficiados, serán devueltos a los postores en el mismo acto, a la presentación del ticket correspondiente y firmando la conformidad de la entrega al pie de la carta oferta. j. Los adjudicatarios recabarán su recibo provisional por el depósito del 20%, otorgándose un plazo máximo de tres días útiles de finalizada la subasta para la cancelación del 80% restante, caso contrario, perderán su depósito a favor de la Superintendencia Nacional de Aduanas. k. No existirá prórroga a los plazos señalados para la cancelación. l. Todo lote adquirido está afecto al pago adicional del Impuesto General a las Ventas (IGV). m. Cancelado el Integro del monto ofertado, el benefi- ciario tiene un plazo de diez días útiles siguientes a la fecha de término de la subasta para el retiro de las mercancías; en caso de incumplimiento se aplicarán los almacenajes correspondientes, desde el primer día de acabada la subasta por el plazo transcurrido. n. A la cancelación de los lotes ofertados, ADUANAS emitirá la Factura y/o Boleta de Venta correspondiente, según sea el caso.