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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (07/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 176585 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 1999 "D"-142-OT-99 y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Asesoría Jurídica y de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander - Perú proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Vencido el plazo de prórroga que se otorga, el Banco Santander - Perú deberá proceder con- forme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituir la correspon- diente provisión con cargo a los resultados del mes en que se venció el referido plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros RESOLUCION SBS Nº 0673-99 ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA Tipo de Descripción/Ubicación Fecha de Valor en Libros Prórroga de Bien Adjudicación (En Nuevos Soles) Tenencia Inmueble Calle La Puntilla Nº 140, 98.8.11 41 923,96 99.2.11 Urbanización Federico Villarreal - Chiclayo 10119 Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro Oficial de Ajustado- res y Peritos de Seguros RESOLUCION SBS Nº 0691-99 Lima, 27 de julio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Geovani Rafael Buitrón Grassa, para que se le autorice la inscripción en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 483-91 de fecha 20 de agosto de 1991, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Ajustadores y Peri- tos de Seguros, en la Sesión Nº 76, celebrada el 19 de julio de 1999, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998;RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción del señor Geovani Rafael Buitrón Grassa con el Nº APN.094 en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros que lleva esta Superintendencia para operar como Ajustador Ramos Generales, Ajustador Marítimo Transporte, Pre- ventor e Inspector de Averías, dejando sin efecto la Reso- lución SBS Nº 222-98, por ampliación de la actividad autorizada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 10117 ADUANAS Aprueban Reglamento Interno de la Comisión de Remates de Mercancías en Situación de Abandono y Comiso Administrativo RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000850 Callao, 23 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, en aplicación de lo establecido en los Artículos 88º y 89º del Decreto Legislativo Nº 809 - Ley General de Aduanas, que dispone el Remate de Mercancías en Situa- ción de Abandono Legal y Comiso Administrativo; Que, mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001794, aprobado el 15.OCT.98, se constituyó la Comisión de Remates de ADUANAS, que se encargará de programar, preparar, aprobar y suspender los rema- tes, además de las funciones que establezcan en su Regla- mento Interno; Que, en armonía con la precitada norma y para los fines de ejecución de Remates, se ha elaborado el Regla- mento Interno de la Comisión de Remates de Mercancías en Situación de Abandono y Comiso Administrativo, ade- cuado al formato establecido a las Normas de Asegura- miento de Calidad, a efectos de su estandarización siendo necesario proceder a su aprobación; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Adua- nas, aprobado por Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 00021 del 13.ENE.97, respectivamente; y a las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 168-99-EF de fecha 22 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión de Remates de Mercancías en Situación de Abandono y Comiso Administrativo, cuyo texto adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer que el Reglamento Interno de la Comisión de Remates de Mercancías en Situación de Abandono y Comiso Administrativo, es de cumplimiento obligatorio para la Ejecución de Remates de Mercancías en las Intendencias de Aduanas de la República. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría Técnica de Remates, la difusión y aplicación de la presente Resolu- ción. Regístrese y comuníquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e)