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Pág. 176601 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 1999 respectivas, de la jurisdicción del Gobierno Zonal, les prestarán las facilidades del caso para el cumplimiento de sus atribuciones. Artículo 4º.- Los CGZ, como representación política descentralizada de los vecinos, no reemplazarán, ni su- plantarán ninguna, organización poblacional de base; por el contrario, apoyará, coordinará y promoverá el fortale- cimiento de las mismas e impulsará la participación de los vecinos en los servicios del Concejo Zonal. Artículo 5º.- Son atribuciones del Concejo de Gobier- no Zonal: a) Promover la participación de los vecinos en la gestión y actividades del Gobierno Zonal. b) Participar y supervisar en la planificación, acuerdo, control y gestión de la prestación de servicios Municipales en su jurisdicción. c) Vigilar y coordinar el cumplimiento de las normas Municipales en su jurisdicción, sean éstas: Ordenanzas, Edictos, Acuerdos o Resoluciones referidas a acciones y/o servicios que guarden relación con la atribución conferida y, proponer correctivos y/o sanciones del caso, de detec- tarse hechos irregulares o de omisión. d) Supervisar, participar y contribuir al desarrollo y ejecución de proyectos en obras, desarrollo de planes, programas, y/o convenios de interés vecinal relativos a la cultura, educación, deportes, ecología, recreación, asun- tos sociales, generación de empleo, prevención de la salud, suministro de servicios. e) Proponer Proyectos de Ordenanzas, Edictos y Acuer- dos ante el Concejo Municipal. f) Proponer la realización de Proyectos y obras munici- pales de su zona, ante el Concejo Municipal Distrital. g) Designar a un representante del Concejo Zonal o un vecino de la jurisdicción para que sustente las propuestas o pedidos ante el Concejo Municipal. h) Participar en las Reuniones de Concejo Municipal e informar de sus labores, de acuerdo a lo establecido por la Ley; igualmente presentar propuestas y/o proyectos de Ordenanzas, iniciativas, acuerdos en coordinación con los vecinos, relacionados a servicios o actos Municipales a efectivizarse en la jurisdicción. i) Canalizar las consultas y los pedidos de los vecinos. j) Promover y participar en Asambleas de las Organi- zaciones vecinales y Funcionales de la Zona, coordinada- mente con sus representantes, respetando su unidad, independencia y autonomía. k) Elaborar su Reglamento Interno. l) Gestionar en coordinación con el Alcalde y/o repre- sentante designado para tal fin, donaciones de ciudada- nos de Instituciones Públicas y privadas conforme a las normas legales vigentes para fines específicos en benefi- cio de mejoras públicas y/o de carácter social dentro de su jurisdicción. m) Otras atribuciones y funciones que le sean delega- das por el Concejo Municipal. Artículo 6º.- De las Atribuciones del Presidente del CGZ. a) Convoca y Preside las Asambleas del CGZ. b) Participa en las Asambleas de los Concejos de Gobierno Zonales del distrito. c) Canaliza y recoge las propuestas del vecindario. d) Tiene voto dirimente en los acuerdos del CGZ. e) Representa al Concejo de Gobierno Zonal. Artículo 7º.- De las atribuciones de los Consejeros. a) Participar con voz y voto en las Asambleas del CGZ. b) Participar en las Asambleas ampliadas de los CGZ del distrito. c) Canalizar y recoger las propuestas del vecindario ante el CGZ. CAPITULO IV DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS GOBIERNOS ZONALES Artículo 8º.- El Concejo de Gobierno Zonal sesionará dos veces al mes de manera ordinaria y en forma extra- ordinaria cuando lo estime conveniente.Artículo 9º.- Las sesiones y debates del CGZ son públicas. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple constando en Actas suscritas por sus miembros asisten- tes. CAPITULO V DE LA COORDINACION Y SUS RELACIONES CON LA MUNICIPALIDAD Artículo 10º.- El Concejo de Gobierno Zonal, se relacio- na con la Municipalidad a través de lo siguiente: a) Con las Oficinas Zonales de la Municipalidad, con la finalidad de coordinar directamente el cumplimiento de las atribuciones delegadas en su respectiva jurisdicción. b) De coordinación con la Municipalidad a través del Regidor designado por el Alcalde, para orientar y canali- zar el apoyo administrativo, logístico de la Municipalidad al CGZ. c) Con el Concejo Municipal para informar de su labor, presentando y sustentando las propuestas o pedidos que correspondan a su jurisdicción zonal. d) La Instancia de coordinación Distrital es la Asam- blea de Coordinación de los Concejos de Gobierno Zonal, la que se constituye con la participación de los Presidentes de los CGZ o el Consejero que lo represente; será convo- cada y presidida por el Alcalde o un Regidor que éste delegue. e) Las Asambleas de Coordinación de los Concejos de Gobiernos Zonales, sesionarán dos veces al mes en forma ordinaria, con la finalidad de buscar solución a los proble- mas administrativos y de gestión de las zonas, elaborando y viabilizando propuestas de carácter distrital ante el Concejo Municipal. CAPITULO VI DE LAS SESIONES, LA PARTICIPACION DE LOS VECINOS, Y LA REVOCATORIA EN LOS CGZ Artículo 11º.- Las Sesiones de los Concejos de Gobier- nos Zonales se desarrollarán de la forma siguiente: a) Las Sesiones de los Concejos de los Gobiernos Zonales se desarrollarán dos veces al mes ordinariamen- te; y en forma extraordinaria, cuando lo estimen conve- niente. b) Las Sesiones de los Concejos de los Gobiernos Zonales son públicas. Artículo 12º.- Los vecinos participan en los CGZ, de la siguiente forma: a) En las Asambleas generales de cada pueblo con voz y voto. b) En las Asambleas Zonales, a través de sus represen- tantes formarán parte de la Asamblea Zonal los repre- sentantes de los Comités Vecinales, Juntas Directivas Centrales de los Pueblos, de las Organizaciones del Vaso de Leche, Comedores, Club de Madres, APAFAS, Asocia- ciones de Propietarios, Ligas deportivas, comités de Par- ques y, otras formas de organización debidamente consti- tuidos y acreditados, cuya representación se establezca en el Reglamento correspondiente. c) Proponiendo y eligiendo a los miembros del CGZ de su Zona. d) Ejerciendo su derecho a la Revocatoria de los miem- bros del CGZ de su Zona. e) Los vecinos participan en las sesiones de los CGZ individualmente o a través de su representante Vecinal o Social. Artículo 13º.- Los integrantes de los CGZ están sujetos a revocatoria por inconducta funcional o conduc- ta antidemocrática, para lo cual deberá cumplirse lo siguiente: a) Presentación ante la Municipalidad de 3,000 firmas para solicitar la revocatoria de todo el CGZ: 2,500 para el Presidente y 1,000 firmas por uno de los Consejeros, las