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Pág. 176586 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de agosto de 1999 REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION DE REMATES DE MERCANCIAS EN ABANDONO Y COMISO ADMINISTRATIVO REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION DE REMATES DE ADUANAS 1. OBJETIVO Establecer el Reglamento Interno aplicable a la Comi- sión de Remates de ADUANAS así como a las Intenden- cias de Aduana de la República. 2. ALCANCE Está dirigido a la Comisión de Remates de ADUANAS, Junta Especial de Remates, Intendencias de Aduana de la República, Intendencia Nacional de Administración Adua- nera, Intendencia Nacional de Recaudación Aduanera, Oficina de Auditoría Interna y personal encargado de la preparación y ejecución de Remates en ADUANAS. 3. RESPONSABILIDAD Son responsables de la aplicación y cumplimiento del presente Reglamento: • La Comisión de Remates de ADUANAS. • La Junta Especial de Remates. • Intendencia Nacional de Administración Aduanera. • Intendencia Nacional de Recaudación Aduanera. • Intendencias de Aduana de la República. • El personal que intervenga en la preparación y ejecución de Remates de Mercancías en Abandono Legal y Comiso Administrativo. 4. VIGENCIA El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. 5. BASE LEGAL • Ley General de Aduanas y su Reglamento aprobados por Decreto Legislativo Nº 809 y Decreto Supremo Nº 121- 96-EF. • Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001794 del15.OCT.98 - Constitución de la Comisión de Remates de ADUANAS. • Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa.Decreto Supremo Nº 059-95-EF. • Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Genera- les de Procedimientos Administrativos – Decreto Supre- mo Nº 02-94-JUS. • Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Decreto Supremo Nº 073-93-EF y su modificato- ria Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 0021. 6. GENERALIDADES Cuando en el presente Reglamento se mencione los términos "La Comisión de Remates" y "La Junta Especial" deberán entenderse referidos a la Comisión de Remates de ADUANAS, y a la Junta Especial de Remates de la precitada Comisión creados por Resolución de Superin- tendencia de Aduanas Nº 001794 del 15.OCT.98. 7. DESCRIPCION 7.1. DE LA PREPARACION DEL REMATE 7.1.1. DE LAS MERCANCIAS El presente Reglamento rige para el remate de mer- cancías que se encuentren en situación de Abandono Legal y las que hayan sido objeto de Comiso Administra- tivo, que se encuentren en poder de ADUANAS. 7.1.2. DE LA LOTIZACION La División de Remates de la Gerencia de Almacenes de Aduanas de la Intendencia Nacional de Recaudación Aduanera procederá a efectuar la lotización teniendo enconsideración mercancías afines o similares para su co- mercialización. 7.1.3. DEL PRECIO BASE El precio base para las mercancías en Abandono Legal y Comiso Administrativo, estará constituido por el valor de tasación de las mercancías, teniéndose en cuenta su estado, condición, cantidad y calidad. En el caso de los bienes que por su naturaleza, no puedan ser tasados por Aduanas, la tasación será la establecida por los peritos designados por la Comisión. De realizarse una segunda convocatoria, el precio base será reducido en un 20% del valor de la primera convoca- toria. Declarado desierto el segundo remate, se reducirá en un 30% del valor de la segunda convocatoria; de no ser rematada la mercancía se procederá a su adjudicación o destrucción según su naturaleza. En el caso de vehículos que no tengan oferta hasta la tercera convocatoria se rematará a mejor postor. En casos especiales y debidamente autorizados por la Comisión, se podrá modificar los valores en segunda y tercera convocatoria. 7.1.4. DEL LISTADO DE REMATES La Gerencia de Almacenes de Aduanas, una vez con- cluida la Lista de Remates la remitirá a la Comisión para su análisis, evaluación y aprobación. Aprobada la Lista de Remates por la Comisión, será remitida a la Junta Especial de Remates para su ejecu- ción. 7.2. EJECUCION DEL REMATE 7.2.1. FUNCIONES DE LA COMISION DE REMA- TES: a. Proponer a la Alta Dirección de la Superintendencia Nacional de Aduanas, las normas necesarias para perfec- cionar y/o complementar la reglamentación del Procedi- miento de Remate. b. Establecer los mecanismos necesarios, para que la Gerencia de Almacenes de Aduanas y las Aduanas de la República, remitan las propuestas de listados de Remate de Mercancías en Abandono Legal y Comiso Administra- tivo. c. Analizar las Listas de las Mercancías aptas para ser rematadas, aprobándolas para su subasta, fijando fecha para su convocatoria y remate. d. Asesorar a las Intendencias de las Aduanas de la República, en los aspectos relacionados a la Ejecución de Remates. e. Tener conocimiento del movimiento y resultado de los Remates a Nivel Nacional, a través de su Secretaría Técnica de Remates para tener informada a la Alta Direc- ción. f. Efectuar la calificación de los expedientes presenta- dos inherentes a los Remates. g. Establecer las Bases para las Subastas Públicas. h. Resolver y normar los casos no contemplados en el presente Reglamento. 7.2.2. SON FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA COMISION DE REMATES a. Coordinar con la Alta Dirección, sobre los remates manteniendo informada sobre sus resultados. b. Presidir y convocar las reuniones de la Comisión. c. Resolver las cuestiones de orden de las sesiones, emitir su voto en los acuerdos, el mismo que tendrá carácter de dirimente en caso de igualdad. d. Suscribir la correspondencia de la Comisión, fun- ción que podrá delegar a uno de los miembros o al Secre- tario Técnico de la Comisión. 7.2.3. SON FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISION a. Asistir a las reuniones de trabajo que sean convoca- das por la Presidencia. b. Participar en el análisis y dictamen para la aproba- ción de los listados de remate y de los expedientes inhe- rentes a remates.