Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 1999 (01/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- A efectos del cabal cumplimiento del Articulo 2º, se debera tener en cuenta lo siguiente: Inciso Nº 1.- Las actividades especificas que se realizan por temporada de MORDAZA requieren de Autorizacion Municipal mediante suscripcion de contratos y el pago del derecho por adelantado. Inciso Nº 2.- La Municipalidad establecera la ubicacion, areas, medidas, caracteristicas, horarios y demas especificaciones de acuerdo a cada una de las actividades. Inciso Nº 3.- Las actividades del comercio ambulatorio con excepcion de las realizadas por los comerciantes "caminantes", no podran entrar al sector banista. Inciso Nº 4.- Los comerciantes autorizados cumpliran con mantener sus espacios ordenados y limpios contando con recipientes para basura, usar la vestimenta adecuada y portar su carne de sanidad en los giros necesarios. Inciso Nº 5.- La infraccion a las disposiciones de la siguiente Ordenanza MORDAZA lugar a la aplicacion de las sanciones que contempla la Ordenanza Nº 003/94MDCH. Inciso Nº 6.- Para los efectos de la presente Ordenanza se considera temporada de MORDAZA, al periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de marzo de cada ano. Articulo 4º.- Dejese sin efecto el contenido de la Ordenanza Nº 034-98-MDCH del 27 de noviembre de 1998 que aprobaba las tasas a cobrar por comercio ambulatorio para la temporada de MORDAZA 1998-1999 en las playas. Articulo 5º.- La administracion del tributo indicado en la presente Ordenanza, corresponde a la Division de Comercializacion y Mercados, de la Municipalidad de Chorrillos. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 14926

Que, atendiendo a esta realidad socioeconomica se hace necesario dictar la MORDAZA que regule la autorizacion temporal para la realizacion de Ferias Navidenas en las diferentes calles y/o avenidas del distrito de San MORDAZA de Porres; En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 36º de la Ley Nº 23853 el Concejo de San MORDAZA de Porres por mayoria y con dispensa de la aprobacion del Acta; SE ACUERDA: Primero.- Autorizar que por MORDAZA de MORDAZA Navidenas se realicen Ferias en la que los Comerciantes Formales e Informales puedan hacer uso de la via publica, debiendo hacer el pago correspondiente. Segundo.- Disponer que las Ferias Navidenas se realicen unicamente en las siguientes calles, avenidas y/o jirones respetando los giros establecidos en ellas: - Av. Caqueta, cuadras 3 y 4 (Panetones, Chocolates y Regalos) - Av. Zarumilla, cuadra 1 (Pavos y Lechones) - Jr. Pocitos y Av. Zarumilla (Panetones, Chocolates y Regalos) - Av. MORDAZA Mendiola, cuadra 7 hasta la 10 (Pavos y Lechones) - Av. MORDAZA Mendiola, altura de la Urb. 12 de MORDAZA, lado derecho (Pavos y Lechones) - Av. MORDAZA Mendiola, altura de la Asociacion Naranjal (Pavos y Lechones) - Av. MORDAZA Mendiola, altura Ovalo Infantas, lado derecho hasta la MORDAZA entrada de Pro (Pavos y Lechones) - Av. Los MORDAZA frente al MORDAZA San MORDAZA (Lechones, Pavos, Panetones y Regalos) - Ovalo Huandoy (Lechones, Pavos y Panetones) - Av. Peru, cuadras 13 a la 17 (Panetones, Chocolates y Regalos) - Av. Peru, cuadras 35 a la 42 (Panetones y Regalos) - Av. MORDAZA Granda, cuadra 25 - Urb. Condevilla (Panetones y Regalos) - Av. MORDAZA Granda y Universitaria - Ovalo (Pavos, Lechones, Panetones y Regalos) - Urb. Valdivieso, junto al Colegio Fe y MORDAZA (Panetones y Chocolates) - Av. MORDAZA MORDAZA, frente a la Urb. Los Libertadores (Panetones, Pavos, Lechones y Regalos) - Av. MORDAZA MORDAZA frente a la Urb. El MORDAZA (Panetones y Regalos) - Av. Universitaria, esquina con MORDAZA MORDAZA (Pavos, Lechones, Panetones y Regalos) - Av. MORDAZA MORDAZA y Universitaria (Pavos, Lechones, Regalos y Panetones) - Av. Mendiola y Av. Habich (Panetones y Regalos) Tercero.- Disponer que por Beneficio Tributario el pago por ocupar metro MORDAZA es de S/. 15.00 (Quince y 00/100 Nuevos Soles) para Locales Privados y S/. 20.00 (Veinte y 00/100 Nuevos Soles) para el uso de la via publica, toda vez que el MORDAZA fija la suma de S/. 80.00 (Ochenta y 00/100 Nuevos Soles) por m2. Cuarto.- Precisar que las Ferias Navidenas esten comprendidas desde el 1 de diciembre de 1999 al 6 de enero del 2000. Quinto.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano, el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 14918

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Establecen disposiciones para la realizacion de ferias navidenas en vias publicas del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 115-99 San MORDAZA de Porres, 22 de noviembre de 1999 Visto, en Sesion Extraordinaria Continuada, de fecha 22-11-99, el Oficio Nº 114-99-DCDC/DSC/MDSMP, del 10-11-99, emitido por el Jefe de la Division de Comercializacion y Defensa del Consumidor; CONSIDERANDO: Que, ante el advenimiento de las celebraciones de las MORDAZA Navidenas, se realizaran Ferias, ante el pedido formal de muchos comerciantes informales y formales de la jurisdiccion de San MORDAZA de Porres; Que, segun el numeral 3) del Art. 68º de la Ley Nº 23853, es funcion de esta Corporacion Edilicia en materia de abastecimiento y comercializacion de productos regular y controlar el comercio ambulatorio;

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