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Pág. 180834 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de diciembre de 1999 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Aprueban beneficio de amnistía tribu- taria a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 028-99/MDCH Chorrillos, 30 de noviembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú dispone que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los gobiernos locales pueden condonar con ca- rácter general el interés moratorio, los recargos y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, actualmente la Municipalidad de Chorrillos, se encuentra brindando beneficios de condonación en for- ma gradual para las tasas de arbitrios y similares en bien de la comunidad, de acuerdo a la Ordenanza Nº 023-99-MDH y considerando las innumerables solicitu- des presentadas por los contribuyentes para efectuar una amnistía total y general en los rubros de Impuesto Predial, Arbitrios, Tasas de Licencias de Funcionamiento y cualquier otro, de carácter tributario y administrativo; En ejercicio de las facultades conferidas al concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto en Mayoría de los señores miembros del Concejo Municipal se emite la siguiente ordenanza: ORDENANZA: Artículo 1º.- APRUEBESE, el beneficio de amnis- tía, denominada: "AMNISTIA DEL FIN DE SIGLO" por el período comprendido desde el 1 al 15 de diciembre de 1999 en el distrito de Chorrillos. Artículo 2º.- CONDONESE, los intereses, multas y moras, hasta por el 100% a todos los tributos municipa- les de nuestra municipalidad. Artículo 3º.- APLIQUESE el presente beneficio a las deudas tributarias y administrativas que se encuen- tren en cualquier proceso de cobranza por la adminis- tración tributaria y oficina de ejecutoria coactiva. Artículo 4º.- SUSPENDASE, la Ordenanza Nº 023- 99-MDCH sobre beneficios tributarios concedidos, de- nominado "BERTA - CHORRILLOS", mientras dure la vigencia de la presente amnistía. Artículo 5º.- APRUEBESE, el acogimiento adicio- nal de los beneficiados con la presente ordenanza de Amnistía, a acogerse a los alcances de la Ordenanza Nº 006-99-MDCH; sobre fraccionamiento de adeudos. Artículo 6º.- PRECISESE, que el beneficio alcanza a los contribuyentes que se encuentran en proceso de fraccionamiento por el monto total de los adeudos pen- dientes. Artículo 7º.- AUTORIZAR al Alcalde para que me- diante Decreto dicte las medidas necesarias a fin de ampliar el plazo señalado en la presente Ordenanza. Artículo 8º.- ENCARGUESE, a la Oficina de Ren- tas, Unidad de Informática, División de Desarrollo Ur- bano el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Mando se registre, publique y cumpla. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 14925Aprueban tasas por concepto de uso de servicios municipales y contratos de alquiler de espacios autorizados en playas del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029/99-MDCH Chorrillos, 30 de noviembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de noviembre de 1999; CONSIDERANDO: Que conforme al Artículo 10º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, corresponde a los municipios organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales: Que es necesario fijar los montos de los Derechos que la Municipalidad de Chorrillos cobrará en las playas del distrito, por el Uso de Servicios Municipales y Contratos de Alquiler de Espacios Autorizados para el ejercicio de las actividades del comercio ambulatorio durante la temporada de verano; Que estando a lo antes expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas a los Municipios por el Artículo 192º inciso 3) de la Constitución Política del Estado, el Concejo Municipal por mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar las tasas que la Municipali- dad de Chorrillos cobrará en las playas de su jurisdic- ción, permanentemente, por cada uso de los Servicios Municipales siguientes: Casilleros Guardarropas S/. 1.00 Duchas 1.00 Servicios Higiénicos 0.50 Artículo 2º.- Aprobar los valores que la Municipali- dad de Chorrillos cobrará en las playas de su jurisdic- ción, mensualmente, por contratos de alquiler de espa- cios autorizados para el ejercicio de actividades del comercio ambulatorio durante la temporada de verano según detalle: PLAYA AGUA DULCE 1 Sombrilla S/. 45.00 Mesa con Toldo 300.00 Heladeros con Triciclo 300.00 Raspadilleros 300.00 Piscinas Plásticas 150.00 Caminante: Heladeros, barquilleros, 150.00 golosineros y afines con recipientes portátiles Actividades Especiales: Según Evaluación. PLAYAS: LA HERRADURA, LA ENCANTADA Y VILLA 1 Sombrilla S/. 52.50 Carritos Rodantes 375.00 Mesas con Toldo 375.00 Heladeros con Triciclo 375.00 Raspadilleros 325.00 Piscinas Plásticas 200.00 Caminantes: Heladeros, barquilleros, 200.00 golosineros y afines con recipientes portátiles Actividades Especiales: Según evaluación.