Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 1999 (01/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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procedimiento para que este continue con arreglo a las normas correspondientes.11 En consecuencia, su formulacion solo tiene sentido respecto de aquellos actos susceptibles de ser subsanados MORDAZA de la resolucion definitiva del MORDAZA materia del procedimiento12 o MORDAZA de que se MORDAZA producido la conclusion del mismo.13 Articulo Tercero.- El presupuesto objetivo para la procedencia de la queja por defectos de tramitacion es la persistencia del defecto alegado y, por tanto, la posibilidad real de su subsanacion dentro del procedimiento. Es decir, si bien la queja puede interponerse en cualquier estado del procedimiento, existe un limite temporal para su formulacion, toda vez que debe deducirse MORDAZA que este concluya14 , a fin de que sea posible la subsanacion correspondiente. Atendiendo a ello es que los Articulos 106, 10715 y 10816 del TUO hacen referencia a la existencia de un procedimiento en tramite, dentro del cual recaeran los efectos del reclamo, es decir, la subsanacion del defecto denunciado. Articulo Cuarto.- Debe considerarse que en cumplimiento de las normas que regulan la queja por defectos de tramitacion, asi como de lo dispuesto en las normas complementarias y conexas a estas, las facultades propias de los Jefes de Oficina han sido trasladadas a los profesionales o funcionarios designados por estos para llevar a cabo determinada actuacion. En tal sentido, los Jefes de Oficina retienen y asumen la responsabilidad por tales actos. Tratandose de actos procesales llevados a cabo por asistentes de Comision que actuan por delegacion de la Secretaria Tecnica, quien retiene la responsabilidad por tales actos es el Secretario Tecnico respectivo, pero quien asume la responsabilidad es la correspondiente Comision, en la medida que la Secretaria Tecnica constituye un organo de apoyo y depende funcionalmente de la Comision. En consecuencia, debe entenderse que la queja presentada contra un profesional o funcionario de una Oficina o contra un asistente de la Secretaria Tecnica de una Comision es contra el Jefe de Oficina o la Comision respectiva. Articulo Quinto.- En lo que respecta a los actos realizados directamente por los Secretarios Tecnicos de las Comisiones y de las MORDAZA del Tribunal del INDECOPI que conlleven algun defecto de tramitacion, quien asume la responsabilidad respecto de los mismos es la Comision o la Sala competente del Tribunal respectivamente. En consecuencia, debe entenderse que la queja presentada contra el Secretario Tecnico de cualquiera de las Comisiones o MORDAZA es contra la Comision o Sala a la que pertenece. Articulo Sexto.- Considerando que la responsabilidad por los defectos de tramitacion cometidos por los profesionales, funcionarios y asistentes de las Oficinas y Comisiones, asi como tambien por los Secretarios Tecnicos de las Comisiones es asumida por el Jefe de Oficina o Comision respectiva y atendiendo a que estos ultimos son competentes para conocer y resolver en primera instancia administrativa los procesos de su competencia, corresponde a las MORDAZA del Tribunal del INDECOPI emitir pronunciamiento respecto de los defectos de tramitacion invocados en los escritos de queja que se hayan originado por actuaciones de las Primeras Instancias, a fin de hacer prevalecer el derecho de defensa y el debido MORDAZA de los administrados 17 . Articulo Setimo.- Considerando que la responsabilidad por los defectos de tramitacion cometidos por los Secretarios Tecnicos de las MORDAZA del Tribunal del INDECOPI es asumida por las MORDAZA del Tribunal y atendiendo a que las quejas por defectos de tramitacion deben ser resueltas aun cuando las MORDAZA del Tribunal no cuenten con un organo funcional jerarquicamente superior18 , corresponde a la otra Sala del Tribunal del INDECOPI conocer de las quejas por defectos de tramitacion interpuestas contra el Secretario Tecnico de la Sala contra quien se dirige la queja, atendiendo al criterio de imparcialidad19 que debe prevalecer en la actuacion administrativa y en aplicacion analogica20 de lo establecido en el Articulo 46º del Decreto Legislativo Nº 80721 .

Articulo Octavo.- La queja en la que se invoque algun defecto de tramitacion incurrido en las Oficinas o Comisiones debera ser presentada ante la Sala competente del Tribunal. En el caso que este dirigida contra el Secretario Tecnico de la Sala o alguna de estas, debera ser interpuesta ante la otra Sala. El error en la forma de interposicion de la queja no sera obstaculo para su tramitacion, debiendo los organos funcionales canalizar la tramitacion como corresponda. Articulo Noveno.- La queja por defecto de tramitacion que es materia de la presente Directiva puede ser interpuesta, indistinta o conjuntamente, con la queja por falta disciplinaria a que se refiere el Articulo 28º del TUO. No obstante ello, las MORDAZA del Tribunal solo resolveran las cuestiones vinculadas al defecto de tramitacion invocado, mas no aquellas que atanen a la conducta del funcionario, cuya evaluacion compete a la Oficina de Control Interno del INDECOPI. Con la intervencion de los senores vocales: MORDAZA MORDAZA Pacon Lung, MORDAZA Bullard MORDAZA,

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MORDAZA MORDAZA, Jesus. Comentarios a la Ley de Procedimientos Administrativos, 4ta. Edicion, MORDAZA 1991, p. 593. Compartiendo este criterio, al analizar los efectos de la queja interpuesta por demoras en la expedicion de determinados actos, Dromi afirma que mediante esta se solicita una decision expresa y concreta sobre un derecho subjetivo o interes legitimo invocado en la peticion, MORDAZA o recurso formulado, en consecuencia, la queja procede cuando sea posible remediar el defecto alegado dado que impacta en el procedimiento a fin de agilizarlo. En: Dromi, MORDAZA, Derecho Administrativo, Sexta edicion, Buenos Aires 1997, p. 883. Ver cita 10. Res. Nº 564-1998/TPI-INDECOPI del 25.5.1998 mediante la cual se declaro improcedente la queja interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra dos funcionarios de la Oficina de Derechos de Autor. La Sala considero que al haber concluido el procedimiento de Primera Instancia no era posible en los hechos corregir los defectos alegados como sustento de la queja; Res. Nº 0248-1999/ TDC-INDECOPI del 21.7.1999 mediante la cual se declaro fundada en parte la queja interpuesta por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Comision de Reestructuracion Patrimonial, toda vez que esta no habia cumplido con pronunciarse respecto de su pedido de reconocimiento de creditos en el plazo senalado por la ley. Articulo 107º.- "La queja sera resuelta en el termino de tres dias previo informe escrito del funcionario a que se refiere la queja pero sin suspender la tramitacion del expediente principal. (...)" Articulo 108º.- "Si el superior jerarquico advierte que el funcionario quejado carece de imparcialidad para resolver el MORDAZA, al declarar fundada la queja podra disponer que otro funcionario de igual jerarquia asuma el conocimiento del asunto." El Articulo I del Codigo Procesal Civil, aplicable supletoriamente a los procedimientos administrativos en virtud de su Primera Disposicion Final, consagra el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y el derecho al debido MORDAZA con que cuenta todo justiciable para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses. Al respecto, se ha tenido en consideracion que el Articulo III del Titulo Preliminar concordado con el Articulo 2º del TUO senala que las autoridades administrativas no podran dejar de resolver, por deficiencia de las leyes, las cuestiones que se les propongan y que en tales casos deberan acudir a las MORDAZA supletorias del derecho administrativo. Articulo 10º del TUO.- "Los servidores publicos estan obligados a desempenar sus funciones con la mas absoluta imparcialidad, emitir los dictamenes e informes y expedir las resoluciones, cinendose a las normas establecidas." "La analogia es un metodo de integracion juridica mediante el cual la consecuencia de una MORDAZA juridica se aplica a un hecho distinto de aquel que considera el supuesto de dicha MORDAZA, pero que le es semejante en sustancia". Rubio, El Sistema Juridico. Introduccion al Derecho, Pontificia Universidad Catolica del Peru, Fondo Editorial, Setima Edicion, MORDAZA 1996, pp. 292 y ss. A puede hacer X. X es sustantivamente semejante a Y. A no esta impedido ni limitado de hacer Y. Por consiguiente, A puede hacer Y. Dispone que los Vocales y Secretarios Tecnicos del Tribunal, entre otros funcionarios, son recusables por las causales previstas en el Articulo 17º del TUO. Senala que en el caso de que la causal de recusacion se invoque o se refiera a un Vocal del Tribunal, se remitira el cuaderno a la otra Sala para que esta resuelva la recusacion.

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