Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 1999 (02/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de diciembre de 1999

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 15027

Que mediante Resolucion Suprema Nº 091-94-JUS, de fecha 13 de octubre de 1994, se designo al senor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director General de la Oficina General de Informatica del Ministerio de Justicia; Que el mencionado funcionario ha renunciado al citado cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 276 y Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del senor Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director General de la Oficina General de Informatica del Ministerio de Justicia; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 15026

PESQUERIA
Declaran infundada impugnacion contra resolucion que denego permiso a persona natural para operar embarcacion pesquera en la extraccion de recursos jurel, caballa y sardina
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 059-99-PE MORDAZA, 29 de noviembre de 1999 Visto los escritos con Registros Nºs. 15338, 05332001 y 00215097 de fechas 13 de noviembre de 1997, 22 de MORDAZA de 1998 y 26 de enero y 6 de agosto de 1999, mediante los cuales don ERLIS JOHNSON DEL MORDAZA CANARI interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 186-97-PE/DNE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 186-97-PE/DNE, se declaro improcedente la solicitud de permiso de pesca presentada por don ERLIS JOHNSON DEL MORDAZA CANARI para operar la embarcacion pesquera denominada "APOSTOL SANTIAGO", con matricula Nº CE-14969-CM, en razon que la citada embarcacion ha sido construida sin la correspondiente autorizacion de incremento de flota, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; Que mediante los escritos del visto, el recurrente interpone recurso de apelacion contra la resolucion mencionada en el considerando anterior, modificando su pretension en el sentido que solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "APOSTOL SANTIAGO" en la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel, caballa y sardina con destino al consumo humano directo, asimismo, el recurrente plantea restar valor probatorio a los documentos ofrecidos como medios probatorios de su anterior peticion, los mismos que carecen de efectos legales para la presente etapa del procedimiento administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 6º de la Ley Nº 25035, Ley de Simplificacion Administrativa; Que de la evaluacion y analisis efectuado a los demas medios probatorios que obran en el expediente, distintos de los indicados en el MORDAZA considerando, se ha determinado que el recurrente no ha desvirtuado los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron la resolucion recurrida, toda vez que la embarcacion pesquera denominada "APOSTOL SANTIAGO" ha terminado de construirse en el ano de 1996, segun el certificado de matricula Nº CE-14969-CM y el documento V.200-1052 de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, sin la autorizacion de incremento de flota correspondiente, conforme a lo previsto en el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; De conformidad a lo establecido en los Articulos 8º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don ERLIS JOHNSON DEL MORDAZA CANARI contra la Resolucion Directoral Nº 186-97-PE/ DNE, en razon de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion; dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Viceministro de Pesqueria 14913

PRES
Designan miembros del Directorio de la Corporacion de Desarrollo de LimaCallao
RESOLUCION SUPREMA Nº 186-99-PRES MORDAZA, 27 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Supremas Nº 057-99-PRES, Nº 058-99-PRES y 128-99-PRES, de fechas 27 de febrero de 1999 y 28 de junio de 1999, se designo a los senores MORDAZA MORDAZA Casassa Migliaro, MORDAZA MORDAZA Assereto Jaymez y MORDAZA Musso MORDAZA, como miembros del Directorio de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA - Callao del Ministerio de la Presidencia; Que los mencionados funcionarios han formulado renuncia a dichos cargos; Que, por otro lado, mediante Resolucion Suprema Nº 05699-PRES de fecha 27 de febrero de 1999 se acepto la renuncia formulada por el Sr. MORDAZA MORDAZA Kanemoto Kojira, al Directorio de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA - Callao del Ministerio de la Presidencia, encontrandose desde entonces vacante dicho cargo; Que, en consecuencia es necesario aceptar las renuncias formuladas y designar a los nuevos miembros del Directorio de CORDELICA; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 808, asi como por los Decretos Leyes Nºs. 25515, 25556 y la Ley Nº 26923; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha las renuncias formuladas por los senores MORDAZA MORDAZA Casassa Migliaro, MORDAZA MORDAZA Assereto Jaymez y MORDAZA Musso MORDAZA, como miembros del Directorio de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA - Callao, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar como miembros del Directorio de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA - Callao del Ministerio de la Presidencia, a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia.

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