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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (02/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 180851 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 1999 mos Internacionales, Componente 0182 Atención de Cuotas Internacionales, Meta 01488 Pago Aportes a Organismos Internacionales, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Espe- cífica 42 Cuotas Internacionales; Que, la cancelación de las cuotas priorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, serán atendidas de acuerdo a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con el Artículo 14º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio 1999- ; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pago de las cuotas y/o contribu- ciones a los Organismos Internacionales que figuran en la relación establecida por el Ministerio de Relaciones Exterio- res que se detalla a continuación, por el importe de CIENTO NOVENTIUN MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE Y 72/ 100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 191,927.72); ORGANISMO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) 91,927.72 Pago del saldo de la cuota 1999 PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS (PMA) 100,000.00 Pago parcial de la cuota 1997 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0119, Actividad 00165, Compo- nente 0182, Meta 01488, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejer- cicio 1999. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15029 Oficializan la XVI Conferencia General del OPANAL y seminario sobre desar- me y seguridad, que se realizan en la ciudad de Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 548-99-RE Lima, 1 de diciembre de 1999 Teniendo en cuenta que el Perú ha sido designado como sede de la "XVI Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en América Latina (OPANAL)" y del Seminario Internacional "Desarme y Segu- ridad: Una Nueva Agenda de América Latina y el Caribe para el Próximo Milenio", eventos que se desarrollarán en la ciudad de Lima, del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2956, del Gabinete de Coordinación del señor Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 22 de noviembre de 1999; De conformidad con los Artículos 1º y 4º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Oficializar la "XVI Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en AméricaLatina (OPANAL)" y el Seminario Internacional "Desarme y Seguridad: Una Nueva Agenda de América Latina y el Caribe para el Próximo Milenio", eventos a realizarse en la ciudad de Lima, del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 15030 SALUD Sancionan con destitución a servidor del Hospital Nacional Docente Madre Niño "San Bartolomé" RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0203-SA-OP-HONADOMANI-SB/99 Lima, 29 de setiembre de 1999 Visto el Informe Nº 015.CPPAD.HONADOMANI-SB-99 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, con R.D. Nº 0178-SA-OP-HONADOMANI-SB-99 se aperturó Proceso Administrativo Disciplinario al servidor Juan Pablo Tello de la Cruz, por haber presentado como suya una Licencia de Conducir que no le pertenece, con el agra- vante de pretender sorprender de esta forma a la Dirección del Hospital; Que, de las investigaciones efectuadas y con la docu- mentación que corre en autos y que conforman las prue- bas de cargo y descargo del presente caso, se ha podido concluir que el TAP Juan Pablo Tello de la Cruz ha presentado la Licencia de Conducir Nº AB-0103294, que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, dicha licencia no corres- ponde al servidor sino a otro ciudadano, pretendiendo sorprender con ello a la Dirección del Hospital, por lo tanto resulta falsa la Licencia de Conducir presentada por el trabajador; Que, el referido servidor ha inobservado los deberes y obligaciones que establece el Inc. e) del Art. 3º, Incs. a) y e) del Art. 21º del D.L. Nº 276, incurriendo en faltas de carácter disciplinario tipificadas en los Incs. a) y j) del Art. 28º de la misma acotada Ley; En uso de las atribuciones conferidas por la R.M. Nº 0141.87.SA/P y su ampliatoria R.M. Nº 0239.90.SA/P; Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, Con la opinión favorable de la Dirección Adjunta; SE RESUELVE: 1º.- Imponer la sanción disciplinaria de DESTITUCION al servidor JUAN PABLO TELLO DE LA CRUZ, con el cargo de Chofer I nivel STB, del Hospital Nacional Docente Madre Niño "San Bartolomé", por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 2º.- El servidor sancionado no podrá ingresar a labo- rar a ninguna otra Entidad Pública, mientras no haya transcurrido como mínimo 5 años de la presente san- ción. 3º.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo dispuesto en el Inc. d) del Art. 1º del D.S. Nº 074.95.PCM. Regístrese y comuníquese. FERNANDO ORTEGA CASTRE Director Ejecutivo Hospital Nacional Docente Madre Niño "San Bartolomé" 14937