Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 1999 (14/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de diciembre de 1999

Que, mediante Informe Nº 058-98-INPE/AG de fecha 30.DIC.98, la Oficina de Auditoria General comunica las irregularidades en torno a "Auditoria a la Direccion Regional Sur Arequipa", en donde se encontrarian incursos el ex funcionario Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director Regional, Nivel F-2 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion, Nivel F-2 Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Directora de Tratamiento, todos ex funcionarios de la Direccion Regional Sur Arequipa. Asi mismo, mediante Memorandum Nº 029-99-INPE-SG de fecha 8-ENE-99 se remite la Hoja Informativa Nº 034-98-INPE-DRS/OAI en torno a "Rendiciones de Cuentas Pendientes del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex administrador del E.P. CHALLAPALCA" en donde se habria establecido irregularidades cometidas por el ex funcionario Nivel F-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion; De los documentos que corren en la Hoja Informativa Nº03498-INPE-DRS/OAI se desprende que el ex funcionario Nivel F-2 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion no ha cumplido con supervisar el cumplimiento de la Directiva Nº001-94-INPE/OGA aprobado con Resolucion Nº 44094-INPE/OGA, lo que ocasiono que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Administrador del EP. Challapalca, no rinda cuenta por la suma de S/. 184,007.40 Nuevos Soles y que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de Rendicion de Cuentas no determine en un plazo no mayor de 30 dias a los rindentes que MORDAZA pasibles de MORDAZA administrativo; ademas mediante Memorandum Multiple Nº052-98-INPE-DRS-ARE/AD de fecha 24.FEB.98, dispuso el cambio para la tramitacion de los documentos de rendicion de cuentas, impidiendo la intervencion del Jefe de la Unidad de Financiera en evidente demostracion de usurpacion de funciones; de otro lado, ha incumplido en solicitar la declaracion jurada de bienes y rentas del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como lo dispone el Art. 22º del Decreto Legislativo Nº 276; asimismo, los fondos entregados al referido servidor no fueron cubiertos por poliza de seguro contra robo y/o apropiacion ilicita incumpliendo asi con salvaguardar los intereses del Estado y en administrar acertadamente los recursos financieros del INPE de conformidad con lo establecido en el Art. 65º del Reglamento de Organizacion y funciones aprobado por R.M. Nº 077-93JUS, infringiendo las obligaciones dispuestas en los Incs. a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Ley Nº 276, faltas previstas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del acotado dispositivo legal; Que, de otro lado, del analisis de los instrumentos que obran en el Informe Nº 058-98-INPE/AG autos se tiene que los bienes Inmuebles existentes en el ambito de la Direccion Regional Sur, en total 10 Establecimientos Penitenciarios, cuya extension es de 620,369.24 m2, sin considerar la extension del E.P Yanahuaura por falta de informacion, siendo las areas construidas de 6,646.38 m2, faltando de los Establecimiento Penitenciario de Socabaya Varones y Mujeres, Yanahuaura y La capilla, el terreno, extension e infraestructura, no se encuentran valorizadas ni registradas en la informacion contable que forma el patrimonio de la Direccion Regional; igual situacion ocurre con las 19 unidades de Transporte que no se han incluido en la informacion contable, por lo que el saldo Rubro Inmuebles Maquinaria y Equipo de los Estados Financieros al 31.DIC.97, no es razonable; por otro lado, el saldo de la cuenta Cargas Diferidas del Balance General al 31.DIC.97 es de S/. 566,443.00 Nuevos Soles el mismo que al 30.JUN.98 se ha incrementado en S/. 647,596 Nuevos Soles, resultando el acumulado a esta fecha de S/. 1,214.039.00 Nuevos Soles, al haberse supervisado el cumplimiento de la Directiva Nº 001-94-OGA, Resolucion Nº 440-94-INPE/OGA, para los anticipos por gastos en alimentos, ni en lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 18186-EF, en el caso de los anticipos por Comision de Servicio; asi mismo, la Direccion de Administracion de la Region Sur, sin la participacion de la Unidad de Abastecimiento, con fecha 31.OCT.97, realizo los tramites administrativos a fin de contratar los servicios de la empresa COMREYSER para que ejecute los trabajos de refaccion de los servicios higienicos y acondicionamiento de un modulo para cafetin, por la suma de S/. 11,514.00 Nuevos Soles, sin contar con la propuesta Tecnica debidamente aprobada, obra que quedo inconclusa, habiendose cancelado la suma de S/. 6,960.15 Nuevos Soles, que deviene en perjuicio economico para la Region Sur; por otro lado el contrato de servicios para la ejecucion de levantamiento de inventario fisico valorado de los bienes muebles y enseres con la empresa HER Servicios Generales ha comprometido un gasto en exceso de S/ . 2,342.76 Nuevos Soles; Con fecha 23.JUL.98, la Direccion General de Desarrollo, solicita a las Direcciones Regionales que remitan a la Oficina de Recursos Humanos la relacion de los Jefes del Area de Presupuesto para participar en el Curso de Capacitacion de Administracion Presupuestaria prevista para el 3 al 7.AGOS.98, la misma que no fue remitida, en accion contraria el ex Director de Administracion, mediante Memorandum Nº 639-98-INPE-DRS-ARE/DA de fecha 24.JUL.98, dispuso que la Unidad de Abastecimiento gire los viaticos para tres (3) personas, para el Jefe de Presupuesto Sr. MORDAZA Parejas Galdos, la encargada del SOFTWARE de Presupuesto Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y para el Director de Administracion, ocasionando un gasto innecesario por la suma de S/. 1,889.85

Nuevos Soles, ya que dicho curso no se realizo; ademas, se ha establecido que tres (3) Unidades de Transporte, se encuentran internadas en los talleres de mecanica, aproximadamente trece (13) meses a la fecha del examen: Furgon Nº 050, en el taller de Mecanica MAHEWR AUTOMOTRIZ de la MORDAZA de Juliaca desde el mes de MORDAZA 97; Lands Rover 131 y Dodge Camioneta Rural en el taller de Mecanica EL PANAMERICANO de la MORDAZA de MORDAZA desde setiembre 97; tales acciones devienen en incumplimiento a la funcion del ex Director de Administracion Nivel F-4 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, establecidas en el Art. 65º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por R.M. Nº 077-93-JUS, infringiendo las obligaciones dispuestas en los Incs. a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Ley Nº 276, faltas previstas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del acotado dispositivo legal; Que, en el periodo de enero a MORDAZA 98, se han realizado gastos de los recursos directamente recaudados por la suma de S/. 34,852.71 Nuevos Soles, en los siguientes: Mantenimiento y compra de repuestos para la ambulancia de Challapalca, pago a los cocineros de los E.P de Camana y Socabaya, honorarios profesionales y otros servicios como agua y luz y compra de Utiles de Oficina, sin haber sido programado ni autorizado conforme a la MORDAZA para la Captacion y Reversion de Ingresos Propios del 10% Trabajo Penitenciario, aprobado por Resolucion Nº 378-96-INPE/CR-P, hecho que es de responsabilidad Administrativa del ex Director de Administracion Nivel F-2 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la ex Directora de Tratamiento Nivel F-2 Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incurriendo en falta disciplinaria tipificada en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Que, las acciones de captacion de personal por la modalidad de servicios no personales se hizo sin considerar el criterio de racionalidad, el Gasto total de enero a agosto 98 fue de S/. 240,607.00 Nuevos Soles a un promedio mensual de S/. 30,075.87 Nuevos Soles; ademas, en esta accion no se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Memorandum Nº 533-98-INPE/OGA-OPRE de fecha 6.JUL.98; alcanzandole responsabilidad administrativa al ex Director Regional Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al ex Director de Administracion Nivel F-2 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes habrian incumplido lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 61º y el Articulo 65º del Reglamento de Organizacion y Funciones R.M Nº 077-93-JUS, incumpliendo ademas lo dispuesto en los incisos a) b) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas disciplinarias tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del mismo cuerpo legal; Estando al Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 189-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios de la Direccion Regional Sur MORDAZA Nivel F-4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director Regional, Nivel F-2 CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de Administracion y Nivel F-2 Sra. MORDAZA IGLESIA MORDAZA, ex Directora de Tratamiento, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los ex funcionarios procesados pueden presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa, en un plazo de 5 dias, ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE, conforme a Ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA ESQUERRE Presidente Instituto Nacional Penitenciario 15509

Sancionan con cese temporal a ex Director de Administracion de la Direccion Regional Oriente-Pucallpa
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 911-99-INPE-P MORDAZA, 7 de diciembre de 1999

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