Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 1999 (14/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 14 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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99-PCR-UNE, de fecha 26 de febrero de 1999, se aprueba la adecuacion del referido expediente tecnico, para la ejecucion de la primera etapa de la citada obra; Que, el presupuesto base, contenida en el expediente tecnico de la obra, asciende a la suma S/. 1' 260,982.95 Nuevos Soles, sin embargo la propuesta economica que se adecua a las posibilidades de esta MORDAZA Superior de Estudios es la que corresponde a la Universidad Nacional de Ingenieria, con un monto ascendente a S/. 1'071,835.51 (Un Millon Setenta y un Mil ochocientos treinta y cinco con 51/100 Nuevos Soles) conforme se advierte del contenido del Oficio Nº 589-99-/OIyCP, de fecha 17 de noviembre de 1999, expedida por el Jefe de la Oficina de Infraestructura y Control Patrimonial de esta Universidad; Que, mediante Resolucion Nº 0982-99-PCR-UNE, de fecha 23 de noviembre de 1999, esta MORDAZA Superior de Estudios aprueba la suscripcion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional entre la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA y la Oficina Central de Infraestructura de la Universidad Nacional de Ingenieria, el mismo que tiene por objeto propender al intercambio de informacion tecnica, asesoramiento, estudios y prestacion de servicios compatibles con los fines academicos y culturales entre MORDAZA instituciones Universitarias; Que, mediante Informe Nº 013-99-UP, de fecha 16 de febrero de 1999, expedida por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional de esta Universidad, informa que existe la prevision presupuestal por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por el monto de S/. 257, 821.00 Nuevos Soles y por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados la asignacion asciende a S/. 1'007,679.00 ( Un Millon Siete Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Nuevos Soles); en consecuencia, el monto asignado para la "Construccion de la Primera Etapa de la Escuela de Post Grado y Centro Cultural de la UNE", asciende a S/. 1'265,500.00 (Un Millon Doscientos Sesenta y Cinco Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Oficio Nº 745-99-OPYDI de fecha 3 de diciembre de 1999, el Jefe de la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional de esta Universidad, remitio el Informe Nº 136-99UP expedida por la Unidad de Presupuesto de esta MORDAZA Superior de Estudios, la misma que indica que la ejecucion de la citada obra debera observarse la Directiva Nº 03-98-EF-76.01, de fecha 30 de MORDAZA de 1998 - Directiva del MORDAZA Presupuestal en la Formulacion del Presupuesto UNE - 1999, se encuentra considerada la prevision presupuestal en el Mnemonico 012 de la Estructura Funcional Programatica; Que, las entidades del sector publico, podran contratar con las Universidades Publicas e Institutos Publicos de Investigacion la elaboracion, evaluacion y supervision de proyectos, asi como la prestacion de servicios compatibles con su finalidad, sin el requisito de Concurso Publico, conforme a lo prescrito en la MORDAZA disposicion transitoria de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 1999; Que, conforme a lo prescrito en el inciso a) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones entre entidades del sector publico, se encuentran exoneradas del requisito de la Licitacion Publica y Concurso Publico, debiendo para el efecto el organo responsable de la adquisicion o contratacion, proceder a la adjudicacion, previa evaluacion favorable de la propuesta o cotizacion del bien o servicio que satisfaga las especificaciones tecnicas, definidas previamente en los terminos de referencia y especificaciones tecnicas contenidas en el correspondiente Expediente Tecnico de la citada obra, asimismo en este supuesto, la ejecucion del convenio se regula por la Ley, el Reglamento y demas normas complementarias, conforme a lo prescrito en el inciso b) y parte in fine del Articulo 44º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme al Articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por acuerdo o resolucion de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, puede exonerar del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia de los requisitos establecidos en el inciso primero del acotado articulo, esto es, que debido al lugar en el que se realiza la contratacion, distrito de Lurigancho - Chosica, no es posible contar con la oferta de un minimo de tres proveedores respecto de los bienes y servicios a adquirir o contratar, mas aun, cuando como en el presente caso, estan destinados a satisfacer necesidades urgentes de la entidad; Que, en tal sentido, resulta necesario que esta MORDAZA Superior de Estudios suscriba el Convenio Especifico, a fin de materializar los objetivos que sustentan el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional con la Universidad Nacional de Ingenieria, a efectos de proceder a la "Construccion de la Primera Etapa de la Escuela de Post Grado y Centro Cultural de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle; Que, es necesario indicar, que mediante Resolucion Nº 0695-99PCR-UNE, de fecha 19 de agosto de 1999, se constituyo el Comite de Licitacion Publica, para "La Construccion de la 1ra. Etapa de la Escuela de Post Grado de la UNE"; en consecuencia, al haberse suscrito el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional con la UNI, es necesario dejar sin efecto legal la acotada Resolucion; De conformidad con lo expuesto en la Opinion Legal Nº 13099-UNE/AJ, de fecha 6 de diciembre de 1999, expedida por la Oficina de Asesoria Juridica de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y Valle;

Estando a lo aprobado en el Pleno de la Comision de Reorganizacion de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, en la sesion extraordinaria de fecha 6 de diciembre de 1999; En cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 20º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, En uso de sus atribuciones conferidas en el Articulo 4º de la Ley Nº 26457, modificado por el Articulo 3º de la Ley Nº 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880, concordante con lo dispuesto en el inciso b) del Articulo 33º de la Ley Nº 23733 y estando a lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 411-97PCM, de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto legal, la Resolucion Nº 069599-PCR-UNE de fecha 19 de agosto de 1999, que constituye el Comite Especial de Licitacion Publica para la "Construccion de la 1ra. Etapa de la Escuela de Post Grado de la UNE". Articulo 2º.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica al Proyecto denominado "Construccion de la 1ra. Etapa de la Escuela de Post Grado y Centro Cultural de la UNE", conforme al inciso a) del Articulo 19º y Articulo 20º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- APROBAR la Exoneracion de los requisitos previstos en el inciso 1º del Articulo 49º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo de la citada disposicion legal, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- APROBAR la suscripcion del Convenio Especifico entre la Oficina de Contrataciones y Adquisiciones de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA y la Oficina Central de Infraestructura de la Universidad Nacional de Ingenieria, que consta en cuatro (04) folios, mediante la cual, esta MORDAZA institucion Universitaria, ejecutara el Proyecto de la obra denominada "Construccion de la 1ra. Etapa de la Escuela de Post Grado y Centro Cultural de la UNE", el citado convenio se regulara conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado su Reglamento y demas normas complementarias. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR: La presente Resolucion a la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, Ministerio de Economia y Finanzas, Contraloria General de la Republica, conforme a lo previsto en el Articulo 19º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 6º.- EL EGRESO que origine la ejecucion del referido convenio se afectara al Presupuesto Institucional del ano 1999, en la prevision presupuestal del Mnemonico 012 de la Estructura Funcional Programatica, especificamente en la FUNCION: 09 Educacion y Cultura, PROGRAMA: 029 Educacion Superior, SUBPROGRAMA: 0080 Infraestructura Universitaria, ACT.Y/O PROYECTOS: 2.00125 Construccion y Ampliacion de Unidades de Ensenanza, Inversion y apoyo, COMPONENTE: 2.0379 Construccion de Unidades de Ensenanza, FINALIDAD DE META: 00918, Ejecucion de Obras y Proyectos para la Ensenanza. Articulo 7º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 15503

INDECOPI
Aceptan renuncia y encargan la Secretaria Tecnica de la Comision de Reestructuracion Patrimonial de la Oficina Descentralizada en La MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 099-1999-INDECOPI/DIR MORDAZA, 30 de noviembre de 1999

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