Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 1999 (14/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 14 de diciembre de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 181385

Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 15, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a la designacion correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolucion, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCOR-

NAO, como Director de la Unidad de Servicios Educativos Nº 15, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 15534 mar gigante o pota (Dosidicus gigas), el mismo que tendra vigencia hasta el 28 de febrero del 2000, durante el cual no seran de aplicacion los numerales 6.4.1, 6.4.2, 7, 8.1 y 8.2 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota citado anteriormente; Que mediante el escrito del visto, la empresa OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representante legal en el Peru del armador IFD CORPORATION, solicita permiso de pesca para operar la embarcacion calamarera "CHOKYU MARU Nº 18" con 345 TRN, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Que la empresa OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., ha cumplido con presentar los requisitos y condiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, no siendo de aplicacion los numerales 6.4.1, 6.4.2, 7, 8.1 y 8.2, de conformidad al Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 303-99-PE, que establece el regimen provisional para el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota y asimismo ha cumplido con los requisitos del procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion y Control Pesquero, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE y modificado por Resolucion Ministerial Nº 271-98-PE, el regimen provisional para el acceso a la extraccion del calamar gigante o pota establecido mediante Resolucion Ministerial Nº 303-99-PE y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas mediante Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a "OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representante del armador IFD CORPORATION, para operar la embarcacion calamarera "CHOKYU MARU Nº 18" en la extraccion del recurso calamar gi gante o pota ( Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas, fuera de las 20 millas de la linea de costa, de acuerdo al siguiente detalle: SISTEMA DE PRESERVAC. CONGELADO ARTE DE PESCA POTERA FECHA DE VIGENCIA PERMISO DE PESCA 10.12.99 AL 10.2.2000

PESQUERIA
Otorgan permiso de pesca a empresa para operar embarcacion calamarera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 287-99-PE/DNE MORDAZA, 10 de diciembre de 1999 Visto los Expedientes Nºs. 05098002 y CE-00091002 con escritos de fecha 12 de noviembre, 6 y 9 de diciembre de 1999, presentado por OVERSEAS BUSINESS CORPORATION S.A., representante legal en el Peru del armador IFD CORPORATION, quien solicita permiso de pesca para operar una embarcacion calamarera en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca dispone en sus Articulos 43º y 47º que para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, por parte de personas naturales y juridicas, se requiere del permiso de pesca correspondiente, asi como, para estos fines los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que igualmente los Articulos 44º y 45º de la Ley citada en el considerando precedente, establecen que las concesiones, autorizaciones y permisos son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado, para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos; Que los numerales 1, 2, 3 y 6.1 del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE en concordancia con lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 48º de la Ley General de Pesca y el Articulo 86º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE consideran al calamar gigante o pota como un recurso subexplotado permitiendose por ello para su extraccion el acceso de buques calamareros de bandera extranjera; Que por Resolucion Ministerial Nº 303-99-PE se establecio un regimen provisional para el acceso a la extraccion del calaEMBARCACION CHOKYU MARU Nº 18 T.R.N. INTERN. 345 CAPAC. DE ALMAC. (TM) 592

INDICATIVO INTERNACIONAL JMDA

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, caducara automaticamente cumplido el plazo indicado. Articulo 3º.- Las operaciones que se autorizan en el Articulo 1º de la presente Resolucion estan sujetas a las disposiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por la Resolucion Ministerial Nº 271-98-PE; al regimen provisional de extraccion del calamar gigante establecido mediante Resolucion Minis-

terial Nº 303-99-PE, normas de sanidad y medio ambiente y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extraccion (e) 15413

SALUD
Designan Asesor del Despacho Ministerial
RESOLUCION SUPREMA Nº 118-99-SA MORDAZA, 13 de diciembre de 1999

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Ley Nº 25515; y. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, como Asesor del Despacho Ministerial de Salud, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SOPPRANI.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.