Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 1999 (19/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

Pag. 181638

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de diciembre de 1999

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Plano de Propuesta de Acondicionamiento Territorial segun Condiciones Generales de Usos para fines de aplicacion de la Ley Nº 27015
ORDENANZA MUNICIPAL N 000021 Callao, 17 de diciembre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 17 de diciembre de 1999; aprobo la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial del Callao mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 5 de octubre de 1995 aprobo el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 - 2010, en el cual se incluye la Zonificacion de Usos del Suelo que permitira promover y controlar el uso conveniente del suelo MORDAZA de la provincia; Que, la Ley Nº 27015, Ley que regula las Concesiones Mineras en Areas Urbanas y de Expansion MORDAZA, en su Articulo 1º establece que no se otorgaran titulo de concesion minera metalica y no metalica, ni se admitiran solicitudes de petitorios mineros en area urbanas calificadas por Ordenanza Municipal, salvo excepciones aprobadas por Ley expresa; en el Articulo 2º del mismo cuerpo legal senala que en areas de expansion MORDAZA calificadas por Ordenanza Municipal, estas deberan ser autorizadas mediante Resolucion Suprema, previa opinion tecnica favorable de la Municipalidad Provincial y Distrital; y, en el Articulo 3º senala que en las areas de expansion MORDAZA, el plazo de vigencia para las concesiones mineras no metalicas sera de hasta 5 (cinco) anos y, para las concesiones mineras metalicas el plazo sera de hasta 10 (diez) anos, renovables en ambos casos hasta por plazos de igual termino y bajo las condiciones senaladas en los Articulos 2º y 5º de la misma Ley; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27015, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-99-EM, en su Articulo 2º establece que el Registro Publico de Mineria solicitara a las Municipalidades Provinciales los planos de zonificacion certificando sus respectivas areas urbanas y de expansion MORDAZA, aprobados por Ordenanza Municipal vigente, de acuerdo con la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y, los incorporara al Catastro Minero; Que es necesario definir las areas urbanas y de expansion MORDAZA para la exclusiva aplicacion de la Ley Nº 27015 y, teniendo en cuenta para sus fines la unidad territorial que existe entre MORDAZA Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, a fin que el Registro Publico de Mineria pueda en forma inequivoca aceptar petitorios y otorgar las concesiones en las zonas de expansion MORDAZA, por los plazos fijados en la citada Ley, previa opinion tecnica favorable de la Municipalidad Distrital y Provincial del Callao, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobo lo siguiente: Ordenanza Municipal de Aprobacion del Plano de Propuesta de Acondicionamiento Territorial segun Condiciones Generales de Usos de la Provincia Constitucional del Callao para fines de Aplicacion de la Ley Nº 27015. Articulo 1º.- Aprobar el Plano de Propuesta de Acondicionamiento Territorial Nº IV.1.1, correspondiente al Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao, 1995 - 2010, que forma parte de la presente Ordenanza y que tiene como objetivo delimitar las areas urbanas y de expansion MORDAZA, a fin de posibilitar la aplicacion de la Ley

Nº 27015 que regula las Concesiones Mineras en Areas Urbanas y de Expansion Urbana. Articulo 2º.- Para efectos de la presente Ordenanza Municipal se interpretaran los terminos empleados en el Plano citado en el articulo precedente y, en concordancia con el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 - 2010 y, los terminos de plazo establecidos en el Articulo 3º de la Ley Nº 27015, como se indica a continuacion: I. AREA MORDAZA Define el Area MORDAZA a que se refiere la Ley Nº 27015, la cual se destinara a los siguientes usos del suelo, fijados en el Plano Nº IV.1.1 PROPUESTA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL aprobado con la Ordenanza Municipal Nº 000018: - Suelo MORDAZA Constituido por las areas ocupadas por usos; actividades o instalaciones urbanas, incluyendo las islas rusticas y predios rusticos en los cuales 2/3 de superficie se encuentran construidos. - Suelo Urbanizable a Corte Plazo Areas de expansion cuya ocupacion esta prevista en el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao para el periodo 1995 - 1996. - Suelo Urbanizable a Mediano Plazo Areas de expansion cuya ocupacion esta prevista en el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao para el periodo 1997 - 2000. - Suelo de Reserva MORDAZA Areas reservadas por los Planes Urbanos para la ejecucion de obras de equipamiento provincial y MORDAZA en general. - Suelo Habilitable con Fines Productivos Areas senaladas por el Plan MORDAZA Director para el establecimiento y desarrollo de actividades agropecuarias, agroindustriales y de acopio, clasificacion, envase, almacenamiento y comercializacion de productos agrarios, pecuarios o agroindustriales. Puede permitirse excepcionalmente la habilitacion de lote unico y aislado en el medio rural. - Suelo de Recreacion Publica Provincial Areas destinadas al uso y preservacion de playas y margenes de los MORDAZA como areas publicas para fines de recreacion, asi como las destinadas a Parques Zonales. II. AREA DE EXPANSION MORDAZA - Comprende aquellos territorios previstos para el futuro crecimiento MORDAZA de la Provincia Constitucional del Callao; el Area de Expansion MORDAZA comprendera a su vez, los siguientes usos del suelo fijados en el Plano Nº IV.1.1 PROPUESTA DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL, aprobado con la Ordenanza Municipal Nº 000018: - Suelo Urbanizable a Largo Plazo Areas de expansion MORDAZA a largo plazo cuya ocupacion esta prevista en el Plan MORDAZA Director para el periodo 2001 - 2010. En dicho periodo podran ejecutarse, entre otras, actividades de explotacion de minerales no metalicos. - Suelo No Apto para Fines Urbanos Habilitacionales Areas que eventualmente pueden ser habilitadas y usadas con fines recreacionales y proyectos especiales de forestacion, o para explotacion minera, con la necesaria seguridad de que los impactos ambientales de la actividad sobre las areas urbanas, agricolas o pecuarias proximas, no son nocivos. - Suelo Ecologico y de Reserva Naturales Areas que merecen proteccion por su importancia en el equilibrio ecologico provincial y/o metropolitano, sujetas a un regimen especial que prohibe terminantemente cualquier aplicacion que afecte la naturaleza del suelo o dificulte el destino previsto de las reservas. Constituyen un complemento indispensable del area MORDAZA por la proteccion que le brinda, sin embargo esta prohibida cualquier ocupacion con fines urbanos. Articulo 3º.- El ambito de aplicacion de la presente Ordenanza es el territorio de la Provincia Constitucional del Callao, comprendiendo los distritos de Bellavista, Cercado, MORDAZA de la Legua-Reynoso, La MORDAZA, La Punta y Ventanilla. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 15778

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.