Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 1999 (19/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 181624
200 ASPECTOS GENERALES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de diciembre de 1999

220 Definicion de auditoria gubernamental 230 Objetivos de la auditoria gubernamental 240 Tipos de Auditoria - Auditoria financiera - Auditoria de gestion - Examen especial 300 DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AUDITADO - Durante el planeamiento - Durante la ejecucion - A la recepcion del informe MORDAZA La Guia del Auditado, es un documento en el que se detallan los derechos, obligaciones y responsabilidades de los funcionarios y servidores de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, durante y despues de la ejecucion de una auditoria gubernamental. Corresponde la aplicacion de la presente guia a los responsables de la Direccion General de Credito Publico (DGCP). 100 Normativa aplicable al examen al estado de la deuda publica 01. La normativa vigente, que regula el accionar del Sistema Nacional de Control en relacion con la ejecucion de la auditoria al Estado de la Deuda Publica y a la Supervision de Operaciones de Deuda Publica, esta constituida por: · Constitucion Politica del Peru, Articulos 81º y 82º. · Ley Organica del Sistema Nacional de Control Decreto Ley Nº 26162 del 29 de diciembre de 1992 · Decreto Legislativo Nº 05 del 30 de diciembre de 1980 "Ley General de Endeudamiento Publico Externo" · Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. Ley Nº 26703 del 30 de noviembre de 1996 · Ley MORDAZA del MORDAZA de la Cuenta General de la Republica. Ley Nº 26484 del 15 de junio de 1995. · Ley Anual del Presupuesto del Sector Publico · Ley Anual de Endeudamiento Externo · Ley Anual del Equilibrio Financiero · Decreto Legislativo Nº 183 del 12 de junio de 1981 "Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas". · Resolucion Directoral Nº 163-84-EFC/76.01 del 24 de setiembre de 1984, Directiva Nº 32 "Provision y Castigo de Cuentas incobrables". Actualizado con Resolucion de Contaduria Nº 047-96-EF/93.01 del 01 de MORDAZA de 1996. · Decreto Legislativo Nº 368 del 15 de enero de 1986 "Vencimientos de Deuda Publica Externa del Gobierno Central, Gobiernos Locales, Instituciones Publicas, Empresas Estatales y Organismos Publicos". · Decreto Supremo Nº 334-90-EF del 19 de diciembre de 1990 "Directiva de Aprobacion y Reembolso de Honras de Aval" · Resolucion Ministerial Nº 092-EF/43 del 01 de marzo de 1992 "Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas" · Resolucion Vice-Ministerial Nº 202-93-EF/43 del 29 de Diciembre de 1993 "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion General de Credito Publico" · Normas de Auditoria Gubernamental, aprobadas por Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG del 22 de setiembre de 1995 y sus modificatorias, aprobadas por Resoluciones de Contraloria Nº 246-95-CG del 28 de diciembre de 1995 y 141-99-CG del 25 de noviembre de 1999. · Manual de Auditoria Gubernamental MAGU, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 152-98-CG del 19

de diciembre de 1998 y sus modificatorias, aprobadas por Resolucion de Contraloria Nº 141-99-CG del 25 de noviembre de 1999. · Normas Tecnicas de Control Interno aprobadas por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG del 26 de junio de 1998. 02. Informacion financiera y presupuestaria requerida por la Contaduria Publica de la Nacion. 200 Aspectos Generales 01. El objetivo fundamental de la accion del Gobierno es la prestacion de servicios al publico, cuyo costo es asumido por los mismos, mediante el pago de impuestos y otras formas de tributos. El plan de accion del gobierno y su financiamiento correspondiente se visualiza en los presupuestos anuales que aprueba el Congreso de la Republica. 02. El Estado adopta una estructura organica, division de funciones y se provee de recursos humanos, materiales y tecnologicos que, aunados a los recursos financieros dotados por la Ley del Presupuesto, lo dejan en aptitud para llevar a cabo el plan de accion acotado. 03. En tales circunstancias, surge una relacion de respondabilidad (traduccion del ingles accountability) de parte del Poder Ejecutivo frente a los ciudadanos, representados en el Congreso. Dicho termino se definio como sigue: RESPONDABILIDAD El deber de los funcionarios o empleados de rendir cuenta ante una autoridad superior y ante el publico por los fondos y bienes a su cargo y/o por una mision y objetivo encargado y aceptado. 04. La respondabilidad queda descargada cuando el Ejecutivo rinde cuenta ante el Parlamento por el cumplimiento de las metas y objetivos programados, asi como la utilizacion razonable de los recursos puestos a su disposicion. Tal rendicion es efectuada mediante la "Cuenta General de la Republica" que, conforme a la Constitucion, debe ser informada por la Contraloria General de la Republica. 05. Similar razonamiento puede ser aplicado a cada una de las entidades que conforman el Estado y aun a cada una de las personas que administran recursos publicos. Por ejemplo, si un empleado recibe fondos para determinado proposito, este logra la respondabilidad cuando da pruebas de haber cumplido tal proposito y rinde cuenta documentada de los fondos recibidos. 06. La administracion de toda entidad estatal es responsable de cautelar que los recursos MORDAZA utilizados en forma correcta para alcanzar los objetivos propuestos, de la manera mas economica y eficiente posible. Tambien es responsable de implementar los controles internos gerenciales y financieros apropiados en las circunstancias. 07. Para alcanzar respondabilidad en cualquier organizacion, es imprescindible la implementacion de una administracion financiera moderna, acompanada por un sistema de control interno solido y acorde con las normas tecnicas de control interno para el sector publico. 08. Se alcanza mayor respondabilidad cuando el trabajo de los funcionarios estatales es auditable. Esto es, apto para ser evaluado por profesionales independientes auditores -, quienes no han tenido nada que ver con el flujo de los recursos. 09. Es probable que muchas gestiones no MORDAZA nunca auditadas, porque la auditoria es por naturaleza selectiva o por la definicion de una escala de prioridades que no incluya a ciertas entidades. Pero, toda gestion debe estar en aptitud de ser auditada. Esto significa que todo trabajo deber ser planeado, organizado, ejecutado, sometido a controles y documentado en cada una de sus fases, de modo que pueda ser revisado y de cuyo resultado se formule una apreciacion sobre su confiabilidad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.