Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 1999 (19/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 19 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 181631

SANCIONES Y ESCALA DE MULTAS PARA LA PROTECCION DEL MORDAZA Y DEL ADOLESCENTE
CODIGO CONCEPTO 1.050 Por expender tabaco, inhalantes, medicinas sin prescripcion medica y otras sustancias que puedan tener efectos nocivos a menores de edad. Por permitir ejercer la prostitucion a menores de edad (multas al local) Por permitir el ingreso de menores de edad en compania de adultos que no MORDAZA sus padres o responsables legales, sin la debida acreditacion, en hoteles, hostales y moteles. MONTO 1,400.00

1.051

2,800.00

1.052

2,800.00

rizar el pago de sus deudas por concepto de haber encontrado diferencias de valor del inmueble entre lo declarado y lo fiscalizado por inspecciones realizadas por la Oficina de Catastro hasta el 15 de agosto de 1999; Que, es necesario incentivar a los contribuyentes a regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, coadyuvando de esta manera a implementar un eficiente y MORDAZA sistema de recaudacion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA

DEBE DECIR: Articulo Primero.- Incluir en la Ordenanza Nº 02 Cuadro de Sanciones y Escala de Multas los siguientes codigos: SANCIONES Y ESCALA DE MULTAS PARA LA PROTECCION DEL MORDAZA Y DEL ADOLESCENTE
CODIGO CONCEPTO 1.056 Por expender tabaco, inhalantes, medicinas sin prescripcion medica y otras sustancias que puedan tener efectos nocivos a menores de edad. Por permitir ejercer la prostitucion a menores de edad (multas al local) Por permitir el ingreso de menores de edad en compania de adultos que no MORDAZA sus padres o responsables legales, sin la debida acreditacion, en hoteles, hostales y moteles. MONTO 1,400.00

Establecen Beneficio de Regularizacion Tributaria a contribuyentes deudores de la Municipalidad Articulo 1º.- Objetivo.- Establezcase el beneficio de regularizacion tributaria a contribuyentes deudores de la Municipalidad de Miraflores de diferencias de impuesto predial, encontradas entre lo declarado y la fiscalizacion realizada por la Oficina de Catastro. Articulo 2º.- Alcances del Beneficio.- El beneficio comprende exclusivamente los intereses de las deudas tributarias por concepto de diferencias de Impuesto Predial por fiscalizaciones realizadas hasta el 15 de agosto de 1999. Mediante el presente beneficio se extinguen los intereses de las deudas generadas por dicho concepto. Articulo 3º.- Beneficiarios.- Todos los contribuyentes que tengan deudas por diferencias de Impuesto Predial detectadas a raiz de una fiscalizacion realizada por la Oficina de Catastro dentro del plazo senalado en el articulo precedente. Articulo 4º.- Actualizacion de deudas.- Las deudas seran reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor - I.P.M. que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, el mismo que sera aplicado por cada ano acotado, desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota del impuesto predial hasta el momento de su cancelacion inclusive. Articulo 5º.- Reclamacion.- El pago de la Resolucion de Determinacion correspondiente implica la aceptacion de la deuda, no pudiendo ser reclamada posteriormente. Articulo 6º.- Organo Responsable.- Encarguese a la Direccion de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA 15746

1.057

2,800.00

1.058

2,800.00

15585

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Establecen beneficio de regularizacion tributaria a favor de contribuyentes deudores de la municipalidad
ORDENANZA Nº 68-99-MM Miraflores, 15 de diciembre de 1999. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 191ºde la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, las municipalidades tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que solo por ley o por Decreto Legislativo se pueden conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios. Asimismo, la MORDAZA III del mencionado dispositivo legal, establece que son normas de rango equivalente a la Ley, aquellas por las que conforme a la Constitucion, se puede conceder beneficios tributarios; Que, el Articulo 61º del mencionado dispositivo legal senala que la determinacion de la obligacion tributaria efectuada por el deudor tributario esta sujeta a fiscalizacion o verificacion por la administracion tributaria, la que podra modificarla cuando constate la omision o inexactitud en la informacion proporcionada, emitiendo la Resolucion de Determinacion; Que, la administracion tributaria ha detectado que existen contribuyentes que no han cumplido con regula-

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Establecen disposiciones para la organizacion y capacitacion de serenos voluntarios en el distrito
ORDENANZA Nº 11-99-MPL Pueblo Libre, 8 de noviembre de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE

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