Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 1999 (28/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, martes 28 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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ADUANAS
Aprueban Plan de Continuidad del Servicio Aduanero
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001462 Callao, 23 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS) desarrolla sus planes y actividades en el MORDAZA de su Sistema de la Calidad, el mismo que esta adecuado a la estructura de la MORDAZA Tecnica ISO 9002; Que, los Modulos y Aplicaciones implementados en ADUANAS para la automatizacion de los regimenes, operaciones y destinos aduaneros especiales (SIGAD), asi como la infraestructura de comunicacion (ADUANET), constituyen el soporte principal de los servicios de Despacho Aduanero; Que, en dicho contexto se designo mediante Resolucion de Superintendencia Nº 02244 del 17 de diciembre de 1998 al Comite Tecnico de ADUANAS para afrontar con exito el Problema Informatico del ano 2000 (PIA 2000) mediante el planeamiento, diagnostico, formulacion, implementacion y evaluacion de las soluciones a dicho problema; Que, luego de concluir con exito las acciones de adecuacion y prueba de los sistemas informaticos a los requerimientos del ano 2000, se acordo reunir los Planes de Contingencia especificos para cada regimen u operacion aduanera, en el Plan de Continuidad del Servicio Aduanero, en adicion al Procedimiento "Recuperacion ante Contingencias" (INS-PE.04) del Sistema de la Calidad, y en funcion a las recomendaciones de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA), que define como riesgo adicional la paralizacion de los servicios publicos y privados conexos, asi como de las instituciones vinculadas al Comercio Exterior, por causas no imputables a ADUANAS, lo que hace necesario que la institucion disponga de vias alternativas que aseguren el trafico de mercancias; Que, para dicho fin, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 001055 del 13.10.99, se conformaron los Subcomites para el desarrollo y ejecucion de los Planes de Contingencia de los procesos criticos y no criticos a traves de los cuales ADUANAS podra asegurar la continuidad del Despacho Aduanero; Que, estando en su fase final la implementacion del Plan elaborado por ADUANAS para las etapas de transicion al ano 2000 y retorno a la normalidad, se requiere definir acciones especificas para las citadas etapas; Que, habiendose preparado el "Plan de Continuidad del Servicio Aduanero", el mismo que tiene en cuenta y administra el riesgo de la paralizacion del servicio aduanero originado por restricciones en el Sistema Informatico de los Operadores del Comercio Exterior o en los servicios conexos; De conformidad, con lo previsto en la Resolucion Suprema Nº 168-99-EF, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica y Estatuto de ADUANAS, aprobado por Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 1223-99 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las acciones especificas previstas para la transicion al ano 2000 y retorno a la normalidad en el ambito de competencia inherente a ADUANAS a nivel nacional que debe implementarse de acuerdo a las necesidades y bajo responsabilidad de las dependencias involucradas. Articulo 2º.- Aprobar el "Plan de Continuidad del Servicio Aduanero", que forma parte de la presente Resolucion, autorizandose la ejecucion de acciones alternativas y/o complementarias a las establecidas en los procedimientos vigentes, en la eventualidad de dificultades originadas por la paralizacion del servicio por causas no

imputables a ADUANAS durante los primeros dias utiles del ano 2000, bajo responsabilidad del personal designado para la toma de decisiones y acciones a que hubiere lugar en los casos previstos. Articulo 3º.- Todas las dependencias de ADUANAS involucradas en los alcances de la presente Resolucion designaran al personal idoneo para superar con exito las dificultades que pudieran presentarse durante la transicion al ano 2000 y retorno a la normalidad, en conformidad con lo establecido en la presente resolucion. Articulo 4º.- Conformar una Comision Ejecutiva, integrada por el Intendente Nacional de Sistemas, quien la presidira, y por los Intendentes Nacionales de Tecnica Aduanera y de Recaudacion Aduanera, asi como por el Intendente Nacional de Administracion, quienes son los responsables de administrar el Plan vinculado al ambito tecnico administrativo de sus respectivas competencias en la transicion al ano 2000 y retorno a la normalidad, rindiendo cuenta de lo actuado al Superintendente Nacional. Para dicho efecto esta Comision se mantendra en sesion permanente. Articulo 5º.- Los Operadores de Comercio Exterior reportaran al area operativa involucrada con el procedimiento de despacho correspondiente, los problemas que pudieran presentarse con la llegada del ano 2000. Los Jefes de Division o Departamento, de las areas afectadas, conjuntamente con el Jefe de Soporte Tecnico y Sistemas, Administrador u Operador de Sistemas de la Intendencia respectiva, deberan identificar la situacion critica de los procedimientos, reportandola a la Comision Ejecutiva citada en el articulo anterior. Articulo 6º.- La Intendencia Nacional de Sistemas remitira a cada dependencia de ADUANAS el Test de Verificacion de Funcionamiento a ser aplicado por las Areas de Sistemas correspondientes, llegado el ano 2000. Articulo 7º.- Las acciones no consideradas en dicho Plan, asi como la necesidad de acciones concordadas que surjan en la transicion al ano 2000, seran de responsabilidad y decision de la Comision Ejecutiva. Articulo 8º.- La Intendencia Nacional de Administracion, proveera de los recursos necesarios, tanto materiales como financieros, para asegurar el buen cumplimiento del Plan aprobado. Articulo 9º.- ADUANAS brindara atencion de Teledespacho en las Aduanas Operativas de la Republica los dias sabado 1 de enero del ano 2000 de 14:00 a 17:00 horas y el MORDAZA 2 de enero de 10:00 a 16:00 horas. Asi mismo el dia 3 de enero, declarado feriado no laborable, se atendera el servicio de despacho aduanero de 09:00 a 14:00 horas, debiendo para tal efecto cada Agente de Aduana coordinar directamente con la Aduana Operativa correspondiente, con relacion al numero MORDAZA de declaraciones a ser atendidas en dichos dias. Estas fechas no se consideraran para el computo de los plazos de ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 16078

INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas sobre elastomeros, valvulas industriales y productos de fundicion ductil
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0070-1999/INDECOPI-CRT MORDAZA, 24 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones

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