Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 1999 (28/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 28 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Holgin, Urcila Cribillero, MORDAZA Acuna MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y otros, bajo acusacion de haber infringido los Articulos 38º y 23º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, segun obra de las copias del acta de fojas 50 a 53; expidiendose el Acuerdo de Concejo Nº 74-99-MDC de fojas 55; Que, del estudio de autos, aparece que por Acuerdo de Concejo Nº 14-99-MDC del 9 de febrero de 1999 de fojas 36, el concejo distrital de Coishco acordo aprobar la construccion de las Escalinatas en el pasaje Central, Cerro Chan Chan, como obra de ejecucion prioritaria; designandose al organo responsable del MORDAZA de Seleccion de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia, por Resolucion de Alcaldia Nº 22-99-MDC del 15 de febrero de 1999, de fojas 37; Que, la Comision de Adjudicacion en su sesion del 22 de febrero de 1999, segun consta a fojas 41, establecio que la ganadora del MORDAZA de seleccion es la empresa Constructora YUPASA S.R.L.; y, por Resolucion de Alcaldia Nº 27-99-DC del 24 de febrero de 1999, se aprueba el MORDAZA de seleccion y resultado de la adjudicacion de la buena pro de la obra Escalinata en el pasaje Central Cerro Chan Chan; y, con fecha 19 de MORDAZA de 1999, se recibio la obra ejecutada, segun consta a fojas 46; Que, la vacancia solicitada por los recurrentes, se refiere a que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marinos, estando en el ejercicio del cargo de regidor durante el periodo 1993-1995, al cometer ciertos actos irregulares e investigados por la Contraloria General ha sido pasible de una denuncia, encontrandose procesado a la fecha por delito de danos en agravio del concejo distrital de Coishco ante el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun la consulta que obra a fojas 19; y que, conociendo tales hechos el actual MORDAZA de Coishco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fuera MORDAZA MORDAZA en el periodo 1993 ­ 1995, ha procedido a adjudicar la construccion de las Escalinatas del pasaje Chan Chan a la empresa Constructora YUPASA S.R.L., cuyo socio es MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marinos, y que tal hecho va en contra de los intereses de la municipalidad; Que, como alega la defensa del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no existe en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y su Reglamento el D.S. Nº 039-98-PCM, dispositivo que impida que un concejo municipal pueda contratar con una empresa cuyo socio esta siendo procesado penalmente, en agravio de la entidad convocante; ademas que el MORDAZA de adjudicacion directa ha cumplido con lo establecido en la citada ley; Que, en autos no se encuentra acreditado que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tenga una deuda en favor del municipio, proveniente de un contrato o concesion, o haber otorgado fianza u otra garantia para asegurar el cumplimiento de alguna obligacion en el citado concejo; por lo que, los hechos expuestos no constituyen causal de vacancia prevista en el numeral 8) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, en lo concerniente al Articulo 38º de la Ley Nº 23853, el primer parrafo dispone que los miembros del concejo municipal son responsables, individualmente, por los actos violatorios de la ley practicados en el ejercicio del cargo; y, en autos no existe indicios que senalen que el citado MORDAZA MORDAZA incurrido en responsabilidad; Que, en el supuesto de existir responsabilidad del MORDAZA, los que se consideren agraviados tienen MORDAZA el derecho para interponer las acciones legales pertinentes, pero ello no generaria causal de vacancia del cargo de MORDAZA, salvo que se encuentre incurso en alguna de las causales de vacancia previstas en los Articulos 26º y 88º de la Ley Nº 23853; Que, se debe entender que la solicitud presentada por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Acuna MORDAZA, constituye un recurso de revision contra el Acuerdo de Concejo Nº 74-99-MDC del 27 de setiembre de 1999, de fojas 55, que declara infundada la solicitud de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA presentada ante el concejo distrital de Coishco, de conformidad con el Articulo 27 º de la Ley Nº 23853;

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion, entendido como de revision, interpuesto por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Acuna MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 74-99-MDC del 27 de setiembre de 1999, que declara infundada la solicitud de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que desempena don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo distrital de Coishco, provincia de MORDAZA del departamento de Ancash; por consiguiente, valido el acuerdo tomado en la sesion extraordinaria de fecha 24 de setiembre de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 16108

Aprueban simbolo que identifica a organizacion politica
RESOLUCION Nº 2147-99-JNE MORDAZA, 27 de diciembre de 1999 Vista, la solicitud recibida el 27 de diciembre del ano en curso, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Alterno del Partido Peru Posible, pidiendo la inscripcion del simbolo que identifica a su representada, cuyo diseno acompana en dos folios; CONSIDERANDO: Que, el Partido Peru Posible fue inscrito en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones mediante Resolucion Nº 109-99-JNE de fecha 9 de febrero de 1999; Que, mediante el documento de visto, el Personero recurrente ha acompanado el grabado del simbolo que identificara en adelante al Partido Peru Posible con la siguiente descripcion: una letra "T" sobre escrita en un "pachacuti" de color MORDAZA que, segun refiere, fue un simbolo de la epoca del Tahuantinsuyo que significa Trabajo, Transparencia, Tiempo, Terquedad y Triunfo, con la inscripcion de las palabras "PERU" y "POSIBLE" en ese orden una debajo de otra; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el simbolo que identifica al Partido Peru Posible solicitada por el recurrente, con las caracteristicas expuestas en el MORDAZA considerando y que aparecen del diseno que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Pongase en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), el contenido de la presente resolucion, para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General

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