Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 1999 (31/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

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MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 1999

ANO XVII - Nº 7130

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DECRETOS DE URGENCIA
Precisan que ingresos captados por Direcciones Regionales y Subregionales de Trabajo y Promocion Social, constituyen Recursos Directamente Recaudados del Pliego 012
DECRETO DE URGENCIA Nº 073-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion Social es el encargado de normar, fomentar, promover y conducir el desarrollo socio laboral del Estado, estableciendo los mecanismos que posibiliten el desarrollo de las relaciones laborales armoniosas y coadyuven a mejorar la calidad del empleo, a traves de programas de prevencion, informacion, intermediacion y capacitacion laboral, ejecutando politicas de alcance nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 046-89-TR establece que las tasas y las multas a que se refiere el Articulo 148º de la Ley Nº 24977, que aplique el Ministerio de Trabajo y Promocion Social, son administradas por la Oficina General de Administracion de ese Sector y destinados conforme a las normas pertinentes; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-98 se comprende entre otras a las Direcciones Regionales y Subregionales de Trabajo y Promocion Social en el ambito de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, creados mediante Ley Nº 26922, manteniendo su relacion funcional con el Ministerio de Trabajo y Promocion Social; Que, las tasas y las multas que recaudan las Direcciones Regionales y Subregionales de Trabajo y Promocion Social en aplicacion del Decreto Supremo Nº 046-89-TR y Decreto Supremo Nº 006-99-TR muestran gran disimilitud a nivel departamental, lo que obliga a adoptar acciones para promover una eficiente asignacion de estos recursos a nivel del MORDAZA a traves de una entidad de alcance nacional; Que, el Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion Social es la entidad de alcance nacional a la cual debe restituirse plenamente la administracion de las tasas y las multas en referencia, a fin que cumpla con sus funciones a nivel de todo el MORDAZA y asegure una efectiva ejecucion de las actividades y proyectos que desarrolla; En uso de las facultades conferidas en el numeral 19 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Los ingresos que capten las Direcciones Regionales y Subregionales de Trabajo y Promocion Social comprendidas en los Consejos Transitorios de Administracion Regional, por concepto de tasas y multas establecidas en el Decreto Supremo Nº 046-89-TR y Decreto Supremo Nº 006-99-TR, asi como por otros conceptos, constituyen Recursos Directamente Recaudados del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion Social, y se destinan a financiar las actividades y proyectos de dicho Pliego. Articulo 2º.- Dejanse sin efecto las disposiciones legales que se opongan a lo establecido en el presente Decreto de Urgencia.

Articulo 3º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Trabajo y Promocion Social y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 16350

Autorizan credito suplementario en el presupuesto del Sector Publico a favor del INADE, destinado al Proyecto Chira MORDAZA III
DECRETO DE URGENCIA Nº 074-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 260-89-EF, aprobo el contrato de Financiamiento y de Reestructuracion de deuda, concertado entre la Republica del Peru y la firma Energoprojekt Engineering & Contracting Co., hasta por un monto equivalente a US$ 23 000 000,00 (VEINTITRES MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para la ejecucion del Proyecto Chira MORDAZA III; Que, es necesario incorporar en el Presupuesto Institucional del Instituto Nacional de Desarrollo para el Ano Fiscal 1999, parte del saldo de los recursos MORDAZA senalados no desembolsados, equivalente a la suma de S/. 621 937,00 (SEISCIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 1999, hasta por la suma de SEISCIENTOS VEINTIUN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 621 937,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles) Fuente de Financiamiento 12 Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo 4.0.0 4.1.0 4.1.2 FINANCIAMIENTO Operaciones Oficiales de Credito Operaciones Oficiales de Credito Externo

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