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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 1999 (13/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 168837 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de enero de 1999 Artículo Segundo.- Condonar el factor de ajuste estable- cido por el Artículo 15º Inc. b) del Decreto Legislativo Nº 776 para el Impuesto Predial del año 1993 al año 19998. Artículo Tercero.- Reducir en un 50% el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario correspondiente al año 1996. Artículo Cuarto.- Reducir el 50% del monto a pagar por concepto de multas administrativas impuestas al 31 de diciem- bre de 1998. Artículo Quinto.- Establecer que la vigencia de la presen- te ordenanza es a partir del 1 de enero de 1999 hasta el 26 de febrero de 1999, no aceptándose ningún acogimiento posterior a la fecha establecida como vencimiento. Artículo Sexto.- Aclarar que no podrán acogerse al beneficio establecido en esta ordenanza los siguientes contribuyentes: - Aquellos que hayan cancelado su deuda tributaria. Artículo Sétimo.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 12-98- C/MC y demás disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente ordenanza. Artículo Octavo.- Facúltese al señor Alcalde para dictar las normas complementarias y reglamentarias para la aplica- ción de la Amnistía Tributaria dentro del marco de los beneficios tributarios que concede la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 0494 Declaran en reorganización adminis- trativa y reestructuración orgánica a la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-99-C/MC Comas, 6 de enero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 6 de enero de 1999 la propuesta formulada por el Sr. Alcalde para realizar la Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, es necesario aperturar el marco técnico-legal para que la nueva administración implemente la prevista política de descentralización de la gestión municipal mediante la definición de la estructuración, atribuciones y funciones de los trece Go- biernos Zonales, así como de los programas sociales que tiene previsto implementar; Asimismo, corregir diversos problemas y limitaciones que actualmente presenta la organización municipal y realizar la reconvención de funciones en los instrumentos racionalizadores de gestión, para lograr con una nueva estructura orgánica y funcional dentro del marco de la modernidad pública, la eficien- cia en la gestión y optimización en la prestación de los servicios locales y públicos; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, Capítulo IV, Artículo 10º, numeral 1, después de las deliberaciones del caso, el Concejo por unanimidad de sus integrantes; ACORDO: Artículo Primero.- Declarar en Reorganización Adminis- trativa y Reestructuración Orgánica, la Municipalidad Distrital de Comas, por un período de 60 días a partir de la fecha de aprobado el acuerdo. Artículo Segundo.- Apoyar los actos administrativos que se lleven a cabo por parte de la Alcaldía, conducentes al logro de lo anotado en el punto anterior, entre ellos la designación mediante Resolución de Alcaldía de la comisión responsable de conducir la Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica de la Municipalidad Distrital de Comas. Artículo Tercero.- Dispensar de la lectura del acta para el inmediato cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 0493MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Disponen condonar interés moratorio y multas por deudas y omisión de obligaciones formales tributarias ORDENANZA Nº 01/99-MDCH Chorrillos, 8 de enero de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: En la sesión ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son órganos de Gobier- no Local, que gozan de autonomía económica, administrativa, en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 91º de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 41º del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, los Gobiernos Locales excepcionalmente podrán condonar con ca- rácter general el interés moratorio y sanciones, respecto a los tributos que administren; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto en mayoría de los señores miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- CONDONESE, el interés moratorio de los Tributos Municipales vencidos, siempre que la deuda tribu- taria se cancele hasta el 31 de enero de 1999. Artículo Segundo.- CONDONESE, las multas por omi- sión a las obligaciones formales tributarias, siempre que se subsanen hasta el 31 de enero de 1999. Artículo Tercero.- Los beneficios a que se refiere la pre- sente ordenanza incluyen obligaciones tributarias que se en- cuentren en procedimientos de Cobranza Coactiva; en cuyo caso deberá previamente cancelarse las costas procesales y gastos administrativos. Artículo Cuarto.- Autorizar al señor Alcalde, para que por Decreto de Alcaldía pueda ampliar la vigencia de la presente ordenanza hasta por 28 días, así como aprobar las medidas pertinentes para su mejor aplicación. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Rentas e Informática el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, y a la Oficina de Relaciones Públicas para su difusión. POR TANTO: Mando se registre; publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 0567 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Declaran en situación de urgencia los servicios administrativos, limpieza pública y seguridad ciudadana de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-99/MDLV La Victoria, 7 de enero de 1999