Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 1999 (25/01/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lunes 25 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

http://www.editoraperu.com.pe

ANO XVII - Nº 6789
4.0.0 4.1.0 4.1.2 4.1.2.001 : : : :

Pag. 169179
FINANCIAMIENTO Operaciones Oficiales de Credito Operaciones Oficiales de Credito Externo Operaciones Oficiales de Credito ExternoBID 2 446 400,00 TOTAL INGRESOS 2 446 400,00 ==========

PODER EJECUTIVO
Autorizan credito suplementario en el presupuesto del Sector Publico destinado a financiar parcialmente el programa de apoyo a la implementacion del SIAF-SP
DECRETO DE URGENCIA Nº 003-99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-98-EF se aprobo una operacion de Endeudamiento Externo concertado entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, por el monto ascendente a UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 1 500 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Apoyo a la Implementacion del Sistema Integrado de Administracion Financiera para el Sector Publico (SIAF-SP)"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º del referido Decreto Supremo, el organismo ejecutor del mencionado programa es el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - UCPS; Que, en el presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas aprobado por la Ley Nº 27013 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999-, no se han considerado los recursos de la operacion de endeudamiento MORDAZA indicada; Que, es necesario incorporar en el Presupuesto del Gobierno Central, Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas, los recursos financieros provenientes de la Operacion de Endeudamiento Externo, concertada con la entidad financiera mencionada en el primer considerando, ascendente a DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS Y 00/ 100 NUEVOS SOLES (S/. 2 446 400,00) equivalente a SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 764 500,00); a ejecutarse en el presente Ano Fiscal; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase un Credito Suplementario en el presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 1999, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 446 400,00), de acuerdo al siguiente detalle: (EN NUEVOS SOLES) INGRESOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 12 : RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO EXTERNO

EGRESOS SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS UNIDAD EJECUTORA 004 : UNIDAD DE COORDINACION DE PRESTAMOS SECTORIALES FUNCION 03 : ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO PROGRAMA 006 : PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL SUBPROGRAMA 0021 : ORGANIZACION Y MODERNIZACION ADMINISTRATIVA PROYECTO 00594 : APOYO A LA IMPLEMENTACION DEL SIAF-SP 6. GASTOS DE CAPITAL 5. Inversiones 2 446 400,00 2 446 400,00 TOTAL EGRESOS 2 446 400,00 ===========

Articulo 2º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas comprendido en el presente Credito Suplementario, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente "Nota para Modificacion Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 1179

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de Cooperacion Tecnica no Reembolsable con el BID para la realizacion de un Programa de Proveedores Privados del Sector Salud
DECRETO SUPREMO Nº 004-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.