Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 1999 (25/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de enero de 1999

ponsables. Al adjudicatario, se le devolvera su garantia cuando este perfeccionado el contrato y aceptado su fianza o garantia de ejecucion de obras. A quienes quedaron en MORDAZA y tercer lugar, se les devolvera dentro de un plazo no mayor de tres meses, contado desde la adjudicacion o al perfeccionarse el contrato si ello ocurriere MORDAZA de dicho plazo. A los demas proponentes, la garantia se les devolvera dentro de los cinco dias siguientes a la adjudicacion. 3.12 Fianza o garantia de ejecucion. Las especificaciones para obras de construccion deberan requerir fianzas de ejecucion u otras garantias que aseguren que los trabajos seran llevados hasta su conclusion. Su monto variara segun el MORDAZA y magnitud de los trabajos, pero debera indicarse en los documentos de licitacion y ser suficiente para dar al Licitante adecuada proteccion. La cuantia de fianza debera asegurar que, en caso de incumplimiento por parte del contratista en la ejecucion de las obras, estas seran completadas sin aumentos de costos. La vigencia de la fianza o garantia debera exceder el plazo del contrato de obra, para cubrir un periodo de garantia razonable. Si fuere necesario, podran exigirse fianzas o garantias para contratos de suministro de equipo. Estas garantias podran consistir en la retencion de un porcentaje del pago total durante un periodo de prueba. 3.13 Criterios para evaluacion de ofertas. La adjudicacion debera hacerse a la oferta mas ventajosa, que es la que incluye factores que, ademas del precio, deben ser tenidos en cuenta en la comparacion de las ofertas. Esta MORDAZA es la "oferta evaluada como la mas baja". Para seleccionar la oferta evaluada como la mas baja, los documentos de licitacion deben establecer claramente que factores, ademas del precio,deben tenerse en cuenta en la evaluacion y el valor que se le MORDAZA a cada factor. Estos factores deberan expresarse preferiblemente en dinero o, como minimo, darseles una ponderacion relativa de conformidad con los criterios indicados en los documentos de licitacion. Los factores que suelen tomarse en cuenta son, entre otros, los costos del transporte al sitio del proyecto; el calendario de pagos; el plazo de entrega de las obras o bienes; los costos operativos; la eficiencia y compatibilidad del equipo; la disponibilidad de servicio de mantenimiento y repuestos; y los metodos de construccion propuestos. El peso relativo asignado a estos factores, debe reflejar los costos y beneficios que dichos factores aportaran al proyecto. En la evaluacion de propuestas no se podran considerar factores que no figuren en los documentos de licitacion. No debera tomarse en cuenta el monto, si lo hubiera, del reajuste de precio incluido en las propuestas. 3.14 Errores u omisiones subsanables. Los documentos de licitacion deberan distinguir entre errores u omisiones subsanables y los que no son, tanto para la etapa de precalificacion como para la de MORDAZA de ofertas. No debe descalificarse automaticamente a un Licitador por no haber presentado la informacion completa, ya sea por omision involuntaria o porque el requisito no estaba establecido con claridad en los documentos de licitacion. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable -generalmente por tratarse de omisiones relacionadas con constatacion de datos o informacion de MORDAZA historicoel Licitante debe permitir que, en un plazo breve, el interesado proporcione la informacion faltante o corrija el error subsanable. Sin embargo, existen MORDAZA MORDAZA de errores u omisiones basicos que, por su gravedad, no son considerados tradicionalmente como subsanables. Ejemplos de ellos son el no firmar la oferta o el no presentar una determinada garantia. Por ultimo, tampoco se permite que la correccion de errores u omisiones sea utilizada por el oferente para alterar la substancia de su oferta o mejorarla. 3.15 Rechazo de ofertas. Los documentos de licitacion deberan disponer que el Prestatario podra rechazar todas las ofertas, segun los lineamientos que se indican en el parrafo 3.43.

3.16 Modelo de contrato. El modelo de contrato entre el Licitante y el adjudicatario debera adecuarse al MORDAZA de licitacion de que se trate. El contrato debera redactarse con el objeto de lograr una distribucion equitativa de los riesgos relacionados con la operacion respectiva, para que pueda obtenerse el precio mas economico y una ejecucion eficiente de la operacion. Dicho contrato debera incluir condiciones generales y especiales. a. Condiciones generales del contrato El contrato debera incluir condiciones generales en que figuren, entre otras, obligaciones generales del contratista, disposiciones sobre fianzas, indemnizaciones y seguros, clausulas penales y bonificaciones, porcentaje de retencion de pagos, terminacion, anticipos, forma y moneda de pago. Cuando corresponda, las condiciones generales deberan incluir tambien los deberes y responsabilidades del (los) consultor(es), modificaciones, partidas adicionales y situaciones particulares del lugar donde se efectuen las obras que puedan afectar su construccion. Se incluyen requisitos especiales relativos a algunas clausulas frecuentes de las condiciones generales del contrato. (i) Gastos financiados con fondos del Banco imputables al contrato El contrato dispondra que el contratista o proveedor no MORDAZA gastos para propositos del contrato a ser financiados con recursos del Prestamo en el territorio de un MORDAZA que no sea elegible para adquisiciones del Proyecto. (ii) Pagos El Licitante debera analizar cuidadosamente cualquier anticipo al proveedor o contratista para gastos de movilizacion, que pudieran ser autorizados una vez firmado el contrato. Otros anticipos que podran ser autorizados, tales como materiales a ser entregados en el sitio de trabajo pero aun no incorporados a la obra, deberan ser claramente previstos en el contrato. Cuando corresponda, deberan indicarse los pagos que se van realizando por trabajos efectuados o bienes entregados, para evitar ofertas excesivamente elevadas como resultado del alto costo de capital de trabajo del contratista o proveedor. A solicitud del Licitante, el Banco podra efectuar desembolsos para la adquisicion de bienes y servicios de construccion financiados con cargo al Financiamiento, mediante: (1) desembolsos directos al Licitante en la forma de anticipo o reembolso de gastos; (2) desembolso a los proveedores de bienes importados o a los contratistas; y (3) un acuerdo irrevocable del Banco de reembolsar a un banco comercial que ha expedido o confirmado una carta de credito a un proveedor o contratista. (iii) Clausulas de reajuste de precio Cuando corresponda, podran incluirse disposiciones respecto a los ajustes (ascendentes o descendentes) del precio contractual para los casos en que se produjeren cambios que resulten de la inflacion o deflacion de la economia, que afecten los principales componentes de costo del contrato, tales como mano de obra, materiales y equipo. Las bases sobre las cuales se efectuaran dichos ajustes, deberan indicarse con claridad en los documentos de licitacion y en el contrato. (iv) Porcentajes de retencion Cuando corresponda, los documentos de licitacion y el contrato podran estipular retenciones de un MORDAZA porcentaje del precio total para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contratista, asi como las condiciones para su devolucion y pago final. (v) Clausulas penales y de bonificacion El contrato debera incluir clausulas penales en caso de que las demoras en la terminacion del proyecto resulten en gastos adicionales, perdida de ingresos, perdidas de produccion o inconvenientes para el Prestatario. Asimis-

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