Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 1999 (25/01/1999)


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IV. Ejecucion del Programa

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de enero de 1999

4.01 El Programa sera ejecutado por la SEPS, la cual emplea a 37 profesionales y funcionarios administrativos calificados en las areas de gestion, seguros privados, sistema de informacion de salud, calidad medica de la atencion, legislacion sanitaria y comunicaciones. En consonancia, con las estimaciones del presupuesto operativo y de las necesidades del Programa, la SEPS proyecta mantener una planta de 50 funcionarios en 1999, con posibilidad de aumentar a medida que el sistema vaya creciendo. La responsabilidad tecnica de los componentes del Programa recaera en funcionarios especializados de la SEPS, bajo la direccion del jefe de operaciones (intendente). Este equipo trabajara con la colaboracion de consultores individuales y firmas de consultoria. 4.02 Se incluye financiamiento (FOMIN: US$ 80,000; Contrapartida: US$ 100,000) para asistir a la SEPS en la coordinacion y administracion de las actividades del programa. Estos recursos se usaran para contratar a un coordinador del proyecto y prestar apoyo administrativo. El coordinador del proyecto sera responsable de las siguientes actividades: (a) gestion y coordinacion de las actividades de los componentes del proyecto; (b) elaboracion de informes de progreso para la supervision del Banco; y (c) comprobacion de la aplicacion de los reglamentos de adquisiciones y desembolsos del Banco. V. Licitaciones 5.01 Cuando los bienes y servicios que se adquieran o contraten para el Programa, incluidos los relacionados con transporte y seguros, se financien total o parcialmente con divisas del Financiamiento, los procedimientos y las bases especificas de las licitaciones u otras formas de contratacion deberan permitir la libre concurrencia de proveedores de bienes y servicios originarios de paises donantes del FOMIN y de los paises regionales en vias de desarrollo que MORDAZA miembros del Banco. En consecuencia, en los citados procedimientos y bases especificas de las licitaciones o concursos, no se estableceran condiciones que impidan o restrinjan la oferta de bienes o la concurrencia de contratistas originarios de esos paises. 5.02 Cuando se utilicen otras MORDAZA de credito que no MORDAZA los recursos del Financiamiento ni los de la contrapartida local, el Beneficiario podra convenir con el financiador el procedimiento que deba seguirse para la adquisicion de bienes y servicios. Sin embargo, a solicitud del Banco, el Beneficiario debera demostrar la razonabilidad tanto del precio pactado o pagado por la adquisicion de dichos bienes y servicios, como de las condiciones financieras de los creditos. El Beneficiario debera demostrar, asimismo, que la calidad de los bienes satisface los requerimientos tecnicos del Programa. VI. Servicios de consultoria 6.01 En la seleccion y contratacion de servicios de consultoria financiados total o parcialmente con recursos del Financiamiento: (a) deberan aplicarse los procedimientos acordados con el Banco; y (b) no podran establecerse disposiciones o estipulaciones que restrinjan o impidan la participacion de consultores originarios de los paises donantes del FOMIN y de los paises regionales en vias de desarrollo miembros del Banco. 6.02 En lo que respecta a servicios de consultoria financiados con recursos de la contrapartida local, el Banco se reserva el derecho de revisar y aprobar, MORDAZA de que el Beneficiario proceda a la contratacion correspondiente, los nombres y antecedentes de las firmas o consultores individuales seleccionados, los terminos de referencia y los honorarios acordados. Esta disposicion no se aplica a las contrataciones que se realicen con recursos provenientes de creditos de proveedores o del financiamiento complementario. VII. Evaluaciones y Criterios de Seleccion 7.01 El Programa sera objeto de dos (2) evaluaciones externas: una (1) de mitad de periodo, a los doce (12)

meses, y una (1) final, a la conclusion de la ejecucion del Programa. La SEPS contratara los servicios de uno o mas consultores, seleccionados en consulta con el Banco, para llevar a cabo MORDAZA evaluaciones. 7.02 En general, el Programa sera evaluado segun el numero de EPS que se incorporen al sistema. El indicador de referencia para el primer ano del proyecto es tener tres (3) EPS inscritas; para el MORDAZA ano, sera tener ocho (8). De las cuatro (4) primeras EPS solicitantes que actualmente se encuentran en consideracion, se espera que dos (2) reciban autorizacion en 1998 (Rimac Internacional y MORDAZA Cruz). Estas dos empresas esperan asegurar a 45.000 personas en el primer ano, con un total de aproximadamente US$ 9,5 millones en primas y 100.000 en el MORDAZA ano, con US$ 20 millones. Las evaluaciones tambien haran hincapie en el componente de capacitacion; los indicadores de referencia para el primer ano del Programa son haber capacitado a 60 arbitros y 30 auditores, y para el MORDAZA, a 60 arbitros y 90 auditores. Tambien se evaluara la eficacia de los conceptos innovadores utilizados en el componente de proteccion al consumidor, el uso de sistemas de informacion y el exito de las campanas de difusion. ANEXO B PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCION Y CONTRATACION DE FIRMAS CONSULTORAS O EXPERTOS INDIVIDUALES Desarrollo de un Programa de Proveedores Privados del Sector Salud En la seleccion y contratacion de firmas consultoras, instituciones especializadas o expertos individuales, en adelante denominados indistintamente los "Consultores", necesarios para la ejecucion del Proyecto se estara a lo siguiente: I. DEFINICIONES Se establecen las siguientes definiciones: 1.01 Firma consultora es toda asociacion legalmente constituida, integrada principalmente por personal profesional, que ofrece servicios de consultoria, asesoria, dictamenes de expertos y servicios profesionales de diversa indole. 1.02 Institucion especializada es cualquier organizacion sin fines de lucro, tal como universidades, fundaciones, organismos autonomos o semiautonomos u organizaciones internacionales, que ofrezca servicios de consultoria. Para los propositos de este Anexo, a las instituciones especializadas se les aplicaran las mismas reglas que a las firmas consultoras. 1.03 Experto individual es todo profesional o tecnico especializado en alguna ciencia, arte u oficio. 1.04 Entidad contratante significa el ente competente para llevar a cabo la contratacion de los Consultores. Este ente podra ser, segun sea el caso, el Prestatario, los Organismos Ejecutores, los Beneficiarios, las Instituciones Financieras Intermediarias, u otro que se indique en el respectivo contrato o convenio. 1.05 Los terminos Contrato o Convenio se utilizan indistintamente para designar al instrumento juridico del cual este Anexo forma parte. 1.06 "Proyecto" significa indistintamente el Proyecto o Programa de que trate el Contrato. 1.07 "Financiamiento" se refiere a los recursos que a titulo de "Contribucion", "Credito" o cualquier otro, se destinen a operaciones de Prestamo, Cooperacion Tecnica, Pequenos Proyectos, etc. II. NIVELES ETICOS E INCOMPATIBILIDADES 2.01 Tanto durante el MORDAZA de contratacion como durante la etapa de ejecucion de los correspondientes contratos, los participantes directos o indirectos en los concursos regidos por este procedimiento, mantendran los mas altos niveles eticos y no participaran en ningun MORDAZA de corrupcion con relacion a dichos procesos.

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