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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 1999 (25/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 169195 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de enero de 1999 mo, el contrato podrá estipular el pago de una bonificación al contratista por la terminación del contrato antes del plazo previsto o por sobrepasar los criterios mínimos establecidos en el contrato relativos a rendimiento. (vi) Fuerza mayor Entre las condiciones generales del contrato, es conve- niente que figuren cláusulas que estipulen que la falta de cumplimiento parcial o total por una de las partes de las obligaciones que le corresponden de acuerdo con el con- trato, no será considerada como incumplimiento de di- chas obligaciones si ésta se debe a un hecho de fuerza mayor (que deberá ser definida en las condiciones genera- les del contrato). (vii) Resolución de desacuerdos Es aconsejable incluir en las condiciones del contrato, disposiciones relativas al derecho aplicable y al foro para la resolución de desacuerdos. b. Condiciones especiales del contrato Las condiciones especiales del contrato incluyen la descripción detallada de las obras a ser construidas o de los bienes a ser suministrados; la fuente de financia- miento; requisitos especiales relativos a materias tales como monedas, pago, bonificaciones por terminación an- ticipada y cualquier modificación que deba hacerse con relación a lo dispuesto en las condiciones generales. Precalificación y registro de proponentes 3.17 Ambito de aplicación. Regla general . El Lici- tante utilizará en las licitaciones para la ejecución de obras, el sistema de precalificación o registro de propo- nentes cuando se trate de obras civiles grandes o comple- jas. El Licitante podrá también utilizar precalificación o registro para la adquisición de bienes cuando lo considere procedente. 3.18 Sistema de dos sobres . Salvo que la legislación local lo prohíba, el Banco y el Licitante podrán acordar, cuando existan circunstancias que a juicio de las partes lo haga aconsejable, la utilización del procedimiento de dos sobres. Este procedimiento deberá estar claramente esta- blecido en los pliegos de condiciones de la convocatoria. Mediante este procedimiento: a. Todo proponente presentará, en el acto de apertura, dos sobres cerrados, cuyo contenido será el siguiente: (i) Sobre Nº 1 . Información sobre la capacidad finan- ciera, legal y técnica de las firmas. Dicha información se referirá a temas tales como: solvencia financiera, capaci- dad para contratar, experiencia general y específica, personal clave y maquinaria disponible para el proyecto, contratos ejecutados, contratos en ejecución y compromi- sos y litigios existentes. (ii) Sobre Nº 2 . Oferta propiamente dicha con la respectiva cotización de precios. b. En el acto de apertura, que tendrá lugar en ceremo- nia pública en el día y hora previstos, se abrirán los Sobres Nº 1 y se verificará si los proponentes han incluido los documentos requeridos por las bases. De no contener estos Sobres la documentación requerida, se dejará cons- tancia de este hecho en el acta de la sesión, así como de la información que falta o se encuentra incompleta, y se devolverán a los respectivos licitadores, los Sobres Nº 2 sin abrir. Completados estos procedimientos, se dará por concluida la primera ceremonia, permaneciendo cerrados los Sobres Nº 2 de los oferentes que hubiesen presentado toda la información requerida en los Sobres Nº 1. c. Con base en esta información se procederá a la precalificación de los oferentes, dentro de los plazos indi- cados en las bases. d. Una vez concluida la precalificación y aprobada ésta por el Banco, se llevará a cabo la segunda ceremonia pública, que tendrá lugar en la fecha, hora y lugar que se hubiere indicado con adecuada anticipación. En ella, pri-mero se devolverán, sin abrir, los Sobres Nº 2 de las empresas que no hubieren sido precalificadas. Luego se abrirán los Sobres Nº 2 de las empresas precalificadas y se procederá a dar lectura, en voz alta, al precio de cada oferta, dejando constancia en el acta de los precios y detalles más relevantes de las ofertas. e. El análisis final de las propuestas y la adjudicación se llevarán a cabo dentro de los plazos fijados en los pliegos y una vez que el Banco haya dado su conformidad a lo actuado. 3.19 Registro de proponentes . El registro de propo- nentes es una forma de precalificación aceptada por el Banco. Para ser aceptables, es necesario que los registros: (a) estén abiertos en forma permanente o que la apertura, ya sea para la actualización de datos de firmas registradas o para la incorporación de nuevas firmas, se lleve a cabo con frecuencia; (b) estén abiertos con motivo de licitacio- nes que se realicen para los proyectos que se financian con préstamos del Banco; y (c) no incluyan requisitos que dificulten o impidan la participación de empresas extran- jeras o atenten contra el principio de igualdad de los postulantes. 3.20 Plazo para efectuar la precalificación . El Licitante deberá llevar a cabo la precalificación dentro de un plazo que armonice con el calendario de inversiones acordado entre el Licitante y el Banco. 3.21 Contenido del formulario de precalifica- ción o registro de proponentes . El formulario de precalificación o registro, según sea el caso, deberá conte- ner, entre otras, las siguientes informaciones: a. antecedentes legales acerca de la constitución, na- turaleza jurídica y nacionalidad de la empresa proponen- te. Se anexará copia de los estatutos y de los documentos constitutivos respectivos. La información relativa a na- cionalidad deberá cumplir con lo indicado en el párrafo 2.07; b. antecedentes técnicos de la empresa; c. situación financiera de la empresa; d. personal y equipo disponible; e. experiencia en la construcción, fabricación e instala- ción de bienes u obras similares a los que constituyen el objeto de la licitación; f. trabajos que esté realizando u obligaciones ya asumi- das por la empresa; g. constancia de que la empresa cuenta con personal y equipo suficiente para llevar a cabo satisfactoriamente las obras contempladas dentro del proyecto, e indicación del lugar donde se encuentra dicho personal y equipo; y h. descripción en términos amplios, de los sistemas que utilizaría la empresa en la ejecución de la obra. 3.22 Plazo para la entrega de los formularios . Los interesados tendrán un plazo de, por lo menos, 45 días calendario, contado desde la última publicación del aviso, para presentar el formulario de precalificación o registro. Este plazo podrá reducirse a 30 días cuando la licitación se restrinja al ámbito nacional. Selección de los precalificados 3.23 Firmas capacitadas . Solamente podrán ser precalificadas o inscritas en el registro de proponentes las firmas que demuestren, de acuerdo con los requisitos establecidos en los documentos de licitación o en los del registro, capacidad técnica, financiera, legal y adminis- trativa para efectuar las obras. Los formularios que pre- senten defectos de forma o errores evidentes, podrán ser admitidos y requerida su corrección, siguiendo los princi- pios indicados en el párrafo 3.14. 3.24 Informe técnico . El Licitante preparará un informe técnico sobre las firmas que se presentaron, indicando cuáles han resultado precalificadas o debida- mente calificadas en el registro y cuáles no y dando las razones para ello. El informe será enviado al Banco a la brevedad, para que éste exprese su conformidad o reser- vas al respecto.