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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (12/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

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Pág. 169781 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de febrero de 1999 Ministerio de Salud para que lo destine al funcionamiento de su sede administrativa. Artículo 3º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Artículo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 4º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Mi- nisterio de Justicia, por el mérito de la presente Resolución Suprema, inscribirá en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, la desafectación y afectación en uso indicadas en los Artículos 1º y 2º. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por la Ministra de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 2042 Amplían plazo otorgado a Comisión Liquidadora de SENAPA para que culmine sus funciones RESOLUCION SUPREMA Nº 032-99-PRES Lima, 11 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25973, se declaró en Disolu- ción y Liquidación a la empresa de Servicio Nacional de Abaste- cimiento de Agua Potable y Alcantarillado SENAPA; Que, el Ministerio de la Presidencia, conforme a la Primera Disposición Final del mencionado Decreto Ley, quedó facultado para ampliar, mediante Resolución Suprema el plazo concedido a la Comisión Liquidadora para el cumplimiento de sus funcio- nes; Que, mediante Resolución Suprema Nº 233-98-PRES del 18 de setiembre de 1998, se amplió, vía regularización, el plazo hasta el 31 de diciembre de 1998; Que, según informes presentados por la Comisión Liquidado- ra de la empresa SENAPA en Liquidación, faltan concluir cuatro procesos judiciales, así como cumplir con la Auditoría de los Estados Financieros correspondientes al año 1998, motivo por el cual es necesario ampliar el plazo hasta el 28 de febrero de 1999; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Ampliar, en vía de regularización, el plazo contemplado en la Resolución Suprema Nº 233-98-PRES, hasta el 28 de febrero de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 2043 Designan representante del Ministe- rio ante Comisión encargada de for- mular propuesta de ordenamiento territorial de la Zona Reservada San- tiago-Comaina RESOLUCION MINISTERIAL Nº 030-99-PRES Lima, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-99-AG, se decla- ra Zona Reservada Santiago-Comaina, ubicada en los distri- tos de Cenepa, Río Santiago y Nieva, de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, la superficie de 863 277 ha.; Que, el precitado dispositivo legal constituye una Comisión Técnica encargada de la formulación de la propuesta de ordena- miento territorial, de la Zona Reservada Santiago-Comaina, queestará integrada entre otros, por un representante del Ministerio de la Presidencia; Que, en consecuencia es necesario dictar el correspondiente acto administrativo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25556 y Decreto Supremo Nº 005-99-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Ing. NILS ERICSSON CORREA, como representante del Ministerio de la Presidencia ante la Comisión Técnica encargada de la formulación de la propuesta de ordenamiento territorial, de la Zona Reservada Santiago- Comaina. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 1945 Declaran improcedente solicitud de afectación en uso de terreno ubicado en la provincia de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-99-PRES Lima, 8 de febrero de 1999 Visto el Expediente Nº 00049-97, por el que la Asociación de Comerciantes Mercado "Francisco Bolognesi", solicita la afecta- ción en uso del terreno de 2 951,35 m2, constituido por parte del lote 15, manzana F-6, Sexto Sector de la urbanización Pro, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, a fin de destinarlo a mediano plazo a la construcción de un mercado que tenga las comodidades y facilidades para servir a los clientes y vecinos del Cono Norte; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 30 de diciembre de 1996, la Asociación de Comerciantes Mercado "Francisco Bolognesi" solicita a la Superintendencia de Bienes Nacionales la afectación en uso del terreno de 2 951,35 m2, ubicado en el lote 15, manzana "F-6" de la urbanización Pro Industrial, distrito de San Martín de Porres, a fin de construir a mediano plazo un mercado que tenga las comodidades y facilidades para servir a los clientes y vecinos del Cono Norte; Que, el terreno descrito en el considerando precedente forma parte de uno de mayor extensión independizado a favor del Estado en la Ficha Nº 1185788 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el asiento 1786 del Margesí de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Informes Nº 093-96-SBN-DAT y Nº 367-98/ SBN-DAT, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta que al terreno submateria le corresponde una zonificación I2 - Industria Liviana y que el área real que ocupa la Asociación de Comerciantes Mercado "Francis- co Bolognesi" es de 1 416,56 m2, habiéndose verificado, producto de la mensura efectuada, que el área solicitada por la citada asociación resulta ser de 2 757,31 m2, respectivamente; Que, mediante Informe Nº 502-98/SBN-DAT, de fecha 26 de noviembre de 1998, la Dirección de Apoyo Técnico indica que no es conforme la ubicación de la actividad correspondiente a mer- cado en zona calificada como I2 - Industria Liviana, de acuerdo al Reglamento de Zonificación General de Lima Metropolitana, específicamente del Indice de Usos para la ubicación de las Actividades Urbanas, en el rubro Comercio Al Por Menor - Bienes de Consumo Directo; Que, la asociación recurrente le viene dando al terreno submateria un uso que no es compatible con la zonificación asignada al mismo, por lo que la solicitud formulada deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554, Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Decreto Supremo Nº 005-93- PRES; y, SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar improcedente la afectación en uso del terreno de 2 757,31 m2, constituido por parte del lote 15, manzana F-6, Sexto Sector de la urbanización Pro, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, a favor de la Asociación de Comerciantes Mercado "Francisco Bolognesi" para que sea destinado a mediano plazo a la construcción de un mercado que tenga las comodidades y facilidades para servir a los