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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (12/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 169790 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de febrero de 1999 dólares americanos, llegada al Perú, por el Aeropuerto Interna- cional Jorge Chávez, según Guía Aérea de KINTETSU WORLD EXPRESS (USA), INC. Nº KWE-US-7008625, con un peso aproxi- mado de 16.3 k., será despachada por la Aduana Aérea del Callao; la que será utilizada en la instalación de una emisora de radiodifu- sión en onda media, para programas culturales, a favor de la población del departamento de Junín. Artículo Segundo.- La entidad beneficiaria asociación civil "Nuestra Señora del Valle", presentará a este ministerio, copia del acta de recepción de la donación recibida, debiendo la Oficina General de Presupuesto y Planificación en coordinación con la Dirección General de Telecomunicaciones efectuar inspecciones técnicas de verificación del uso adecuado de la misma; conforme lo establece la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Secre- taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros y a la Contraloría General de la República, dentro del término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1925 Disponen que COFOPRI asuma com- petencia sobre asentamientos huma- nos ubicados en las provincias de Chi- clayo, Lambayeque y Huamanga COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y OPERACIONES Nº 004-99-COFOPRI/GPO Lima, 4 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, se crea la Comi- sión de Formalización de Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un programa de forma- lización de la propiedad y su mantenimiento dentro de la forma- lidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 017-99- COFOPRI/GG se amplió el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Central de COFOPRI a las provincias de Chiclayo y Lambayeque, departamento de Lambayeque; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 021-99- COFOPRI/GG se aprobó mediante directiva, la asunción progre- siva de competencia para la formalización de la propiedad de asentamientos humanos en las provincias de Chiclayo y Lambaye- que, departamento de Lambayeque; Que, ante la propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones, mediante Resolución de Gerencia General Nº 025- 99-COFOPRI/GG se creó la Jefatura Especial de Formalización de Asentamientos Humanos y Adjudicación de Predios del ámbi- to de jurisdicción ampliada de Chiclayo y Lambayeque, departa- mento de Lambayeque, la misma que depende jerárquicamente de la Gerencia de Titulación, y se encargará de formalizar la propiedad de los asentamientos humanos en las precitadas pro- vincias; Que, el 6 de enero del año en curso ha entrado en vigencia la Ley Nº 27046, Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal; Que, en la Segunda Disposición Final de la precitada directi- va, se estableció que la Gerencia de Planeamiento y Operaciones sería la encargada de establecer progresivamente los asenta- mientos humanos, áreas geográficas y/o distritos sobre los que COFOPRI asumirá competencia; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Legal, y estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 803, la Ley Nº 27046 y el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asumir, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, conjuntamente con la Resolución de Gerencia General Nº 021-99-COFOPRI/GG, com- petencia sobre los asentamientos humanos que a continuación se indican: Libertador Simón Bolívar, Las Lomas, 9 de Octubre, Nuestra Señora del Perpetuo Socorro y Villa El Milagro, ubicados en las provincias de Chiclayo y Lambayeque, departamento de Lambayeque. Artículo Segundo.- Autorízase a iniciar las acciones de reubicación de pobladores que identifique la Jefatura Especial deFormalización de Asentamientos Humanos y Adjudicación de Predios de ámbito de jurisdicción ampliada de Chiclayo y Lamba- yeque, previa autorización de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones. Regístrese y comuníquese. FERNANDO CANTUARIAS SALAVERRY Gerente de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI 1909 COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y OPERACIONES Nº 005-99-COFOPRI/GPO Lima, 4 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Nº 803, se crea la Comisión de Formalización de Propiedad Informal - COFOPRI, como orga- nismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un programa de formalización de la propiedad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisio- nes a este respecto; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 015-99- COFOPRI/GG se amplió el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Central de COFOPRI a la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 019-99- COFOPRI/GG se aprobó mediante directiva, la asunción progre- siva de competencia para la formalización de la propiedad de asentamientos humanos en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, ante la propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones, mediante Resolución de Gerencia General Nº 023- 99-COFOPRI/GG se creó la Jefatura Especial de Formalización de Asentamientos Humanos y Adjudicación de Predios del ámbi- to de jurisdicción ampliada de Huamanga, departamento de Ayacucho, la misma que depende jerárquicamente de la Gerencia de Titulación, y se encargará de formalizar la propiedad de los asentamientos humanos en la precitada provincia; Que, el 6 de enero del año en curso ha entrado en vigencia la Ley Nº 27046, Ley Complementaria de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal; Que, en la Segunda Disposición Final de la precitada directi- va, se estableció que la Gerencia de Planeamiento y Operaciones sería la encargada de establecer progresivamente los asenta- mientos humanos, áreas geográficas y/o distritos sobre los que COFOPRI asumirá competencia; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Legal, y estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 803, la Ley Nº 27046 y el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Asumir, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, conjuntamente con la Resolución de Gerencia General Nº 019-99-COFOPRI/GG, com- petencia sobre los asentamientos humanos que a continuación se indican: Nery García Zárate, ciudad Cumaná, Pampa del Arco II Etapa - 1º Sector, Pampa del Arco II Etapa - 2º Sector, Pampa del Arco III Etapa, Pampa del Arco IV Etapa y Carmen Alto, ubicados en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CANTUARIAS SALAVERRY Gerente de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI 1915 Disponen que COFOPRI asuma compe- tencia sobre asentamientos humanos ubicados en la provincia de Cerro de Pasco COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y OPERACIONES Nº 006-99-COFOPRI/GPO Lima, 4 de febrero de 1999