Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 1999 (12/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 12 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial; para el efecto debera cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, con el pago por derecho de concesion, pago de canon si corresponde, asi como el pago de la publicacion de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1929 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-99-MTC/15.03 MORDAZA, 10 de febrero de 1999

Fianza, con el pago por derecho de concesion, pago de canon si corresponde, asi como el pago de la publicacion de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1930 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 052-99-MTC/15.03 MORDAZA, 10 de febrero de 1999 Vista la solicitud presentada por la empresa CABLE ZOFRI S.R.LTDA., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable en la MORDAZA de Mollendo, de la provincia de Islay; y en la MORDAZA de Camana, de la provincia de Camana, del departamento de Arequipa; CONSIDERANDO:

Vista la solicitud presentada por la empresa CABLE VISION MORDAZA E.I.R.L. sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable en la MORDAZA de Tarma, de la provincia de Tarma, del departamento de Junin; las ciudades de San MORDAZA y La MORDAZA, de la provincia de Chanchamayo, del departamento de Junin; y la MORDAZA de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, del departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, a su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, y al D.S. Nº 007-97-MTC, corresponden a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Publicos de Distribucion de Radiodifusion por Cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolucion del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 231-98-MTC/15.03.UECT y 309-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesion solicitada por CABLE VISION MORDAZA E.I.R.L.; habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del Servicio de Distribucion de Radiodifusion por Cable; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Articulo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesion, objeto de la solicitud de concesion presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta procedente otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion, y autorizar la suscripcion del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93TCC, Nº 006-94-TCC, Nº 005-98-MTC, Nº 022-98-MTC y Nº 00797-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE VISION MORDAZA E.I.R.L. la concesion para la explotacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area de concesion que comprende la MORDAZA de Tarma, de la provincia de Tarma, del departamento de Junin; las ciudades de San MORDAZA y La MORDAZA, de la provincia de Chanchamayo, del departamento de Junin; y la MORDAZA de MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, del departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse con CABLE VISION MORDAZA E.I.R.L. para la prestacion del Servicio Publico a que se refiere el anterior articulo, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y dos (2) anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial; para el efecto debera cumplir, previamente, con presentar Carta

Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Publicos de Distribucion de Radiodifusion por Cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolucion del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nº 244-98-MTC/15.03.UECT y Nº 283-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesion solicitada por la empresa CABLE ZOFRI S.R.LTDA.; habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del Servicio de Distribucion de Radiodifusion por Cable; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Articulo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesion, objeto de la solicitud de concesion presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta procedente otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion, y autorizar la suscripcion del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93TCC, Nº 006-94-TCC, Nº 005-98-MTC, Nº 022-98-MTC y Nº 00797-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE ZOFRI S.R.LTDA., la concesion para la explotacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area de cobertura que comprende la MORDAZA de Mollendo, de la provincia de Islay; y en la MORDAZA de Camana, de la provincia de Camana, del departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse con la empresa CABLE ZOFRI S.R.LTDA., para la prestacion del Servicio Publico a que se refiere el anterior articulo, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y dos (2) anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial; para el efecto debera cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, con el pago por derecho de concesion, pago de canon si corresponde, asi como el pago de la publicacion de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1931 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 053-99-MTC/15.03 MORDAZA, 10 de febrero de 1999

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