Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 1999 (24/02/1999)


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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de febrero de 1999

Que, mediante Ordenanza Nº 010-98-MDI, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 21 de enero de 1999, se aprueba; por un lapso de treinta dias a partir del dia siguiente de su publicacion, el plan de incentivos para la ampliacion de la Base Tributaria de la MORDAZA Industrial; Que, dicho plazo vence el 21 de febrero de 1999 y es conveniente ampliar su vigencia a fin de brindarles a los contribuyentes de dicha MORDAZA las maximas facilidades para la regularizacion de sus obligaciones tributarias; Que, el Articulo Duodecimo de la Ordenanza Nº 010-98-MDI, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue los incentivos a que se refiere la indicada ordenanza; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 6) Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR en todos sus terminos hasta el 31 de marzo de 1999, los alcances de la Ordenanza Nº 010-98-MDI, referidos a los incentivos para la ampliacion de la Base Tributaria en la MORDAZA Industrial. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas el cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Nº 010-98-MDI, y a la Oficina de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 2549

Articulo Segundo.- El MORDAZA de esta institucion edilicia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Deroguese todas las disposiciones y normas municipales que contravengan la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- Facultese al senor MORDAZA a tomar las acciones necesarias que conlleven al cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: De conformidad con el Articulo 47º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, lo promulgo en Lurigancho - Chosica, a los veintinueve dias del mes de enero de mil novecientos noventinueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2490

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Ratifican en todos sus extremos la R.A. Nº 001483-98
ACUERDO DE CONCEJO Nº 42-98 San MORDAZA de Miraflores, 3 de diciembre de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO, en sesion extraordinaria celebrada el 30 de noviembre del ano en curso, con el MORDAZA de la mayoria legal y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, con Expediente Nº 2306-97 la recurrente dona: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicito licencia de funcionamiento para local comercial ubicado en la Av. Los Heroes Nº 595-A para el giro de VENTA DE GASEOSAS Y CERVEZA, MORDAZA de actividad: Comercio, sin autorizacion para el USO DE LA VIA PUBLICA; con Expedientes Nº 7151-98 y Nº 7389-98, la recurrente interpone recurso de apelacion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 001483 del 7 de MORDAZA de 1998, que dispuso la CLAUSURA DEFINITIVA del Establecimiento Comercial MORDAZA, por no contar dicho establecimiento con la autorizacion municipal para el giro de VENTA DE GASEOSAS Y CERVEZAS AL POR MAYOR e inclusive no contar con la licencia de funcionamiento para el giro solicitado mediante el Expediente Nº 2306-97, ademas tener un local cuya area es inadecuada para albergar MORDAZA de gaseosas y cervezas en cantidad; Que, esta acreditado que la recurrente viene ocupando la via publica como es la berma lateral de la Av. Los Heroes, berma lateral de la pista auxiliar, pista auxiliar y veredas de la Av. Los Heroes con el estacionamiento de todo MORDAZA de vehiculos en dichos lugares, perjudicando el normal trafico vehicular, el ornato, el MORDAZA peatonal, hechos que originan el descontento popular y queja justificada de la poblacion; se acreditan los hechos con los informes de las oficinas de Policia Municipal, Ornato; con las vistas fotograficas que corren en autos de los expedientes vistos y con lo informado por la POLICIA NACIONAL DEL PERU en el Expediente Nº 9568-98 del 1-6-1998, lo que demuestra que el ESTABLECIMIENTO COMERCIAL MORDAZA, estando clausurado en forma definitiva, haciendo caso omiso y sin la autorizacion municipal respectiva reaperturo el local y continua su actividad en abierto desacato a la autoridad municipal; Que, con Informe Nº 307-PM-98, la Oficina de Policia Municipal da cuenta que la recurrente, seguia infringiendo la ordenanza municipal que prohibe la ocupacion de la via publica con fines comerciales, tanto la vereda y la berma lateral de la Av. Los Heroes, arteria central e importante; para demostrar como se venia ocupando la vereda, retiro fronterizo, pista auxiliar y la berma lateral de la avenida en referencia, se comenzo a la toma de vistas fotograficas en distintas horas del dia, demostrandose fehacientemente la infraccion de OCUPACION VIA PUBLICA SIN LA AUTORIZACION MUNICIPAL; Que, el Informe Nº 948-OAL-MDSJM-98 de la Oficina de Asesoria Legal, expresa que la recurrente niega la comision de la infraccion y senala que la medida es arbitraria, ilegal, sin embargo, de los actuados y del propio texto de la resolucion impugnada se establece que la medida se encuentra debidamente sustentada y motivada, incluso la interesada continuo ejerciendo actividades despues de la clausura. Para el efecto, el recurso de apelacion

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 002-99/CDL EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA, en sesion extraordinaria de fecha 29 de enero de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA del Crecimiento de la Inversion Privada y su reglamento, sobre disposiciones sobre seguridad en materia administrativa contenidas en el cuerpo legal MORDAZA mencionado, dispone que las entidades de la administracion publica estan obligadas a actualizar anualmente su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), debiendo hacerlo a mas tardar el 31 de enero de cada ano; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 110º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades y de conformidad con el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, los Articulos 36º y 47º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, asi como el Informe Nº 01-99-MDLCH-DM, que fuera elevado por la Direccion Municipal y del Dictamen Nº 001-99/CEPPI-MDLCH de la Comision de Economia, Presupuesto, Planificacion e Informatica; Con el debate correspondiente conforme consta en actas; y, Sometido a votacion en la forma reglamentaria el Concejo por mayoria y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, emitio la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA (TUPA) que se anexara como parte integrante de la presente ordenanza.

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