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Pág. 170223 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de febrero de 1999 debe ser resuelto conforme a sus atribuciones por el Concejo Municipal; y paralelamente debe informarse sobre el pago de la multa y el desacato, a fin de interponer la acción penal correspon- diente; Que, con Informe Nº 123-OOT-DDU-98, la Oficina de Orna- to, informa que, en forma muy lamentable, el establecimiento comercial ubicado en Av. Los Héroes Nº 595-A y otros vienen ocupando y/o utilizando la vía pública: berma lateral de Av. Los Héroes, berma lateral de la pista auxiliar; pista auxiliar de la Av. Los Héroes y vereda, con el estacionamiento de todo tipo de vehículos en dichos lugares, perjudicando en gran magnitud el ornato de la ciudad y originando la queja del vecindario cuando se ubican constantemente, camiones, camionetas y autos parti- culares e inclusive en forma transversal, dificultando peligrosa- mente el tráfico vehicular y peatonal; toda esta situación se produce todo el día en contraposición a la política de la gestión municipal, que es obtener el reordenamiento urbano del distrito y en abierto desacato al Decreto de Alcaldía Nº 003-96 que declaró a la avenida Los Héroes ZONA RIGIDA en toda su extensión; Que, el Concejo Municipal Distrital de San Juan de Mira- flores, en sesión convocada para el efecto, en fecha 30 de noviem- bre de 1998, después de un amplio debate, por mayoría legal, con dispensa de aprobación del Acta; ACORDO: Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE lo solicita- do por doña: SEGUNDA GARCIA CORDOVA, mediante Expe- dientes Nº 7151-98 y Nº 7389-98. Artículo Segundo.- RATIFICAR EN TODOS SUS EXTRE- MOS LA RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 001483-98, expedida por la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores en fecha 7 de abril de 1998. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Rentas, Dirección de Desarrollo Urbano y a las oficinas que competan, el fiel cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 2488 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban Ordenanza sobre el Reglamento para la instalación de ele- mentos fijos de publicidad exterior y anuncios ORDENANZA Nº 009-99-MDSL San Luis, 5 de febrero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 5 de febrero de 1999, mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-99-CDSL, aprobó por unanimidad el reglamento para la Instalación de Elementos fijos de publicidad exterior y anuncios en el distrito de San Luis, propuesto mediante Dictamen Nº 006-99-CEPAL/CDSL, presentado por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el inciso 3) del Artículo 192º y por el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley o norma de rango equivalente; Que, el Artículo 200º de la Constitución establece que tienen rango de ley las Ordenanzas Municipales. Por consiguiente, mediante éstas se ejercerá la potestad tributaria de los gobiernos locales; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, en el inciso b) del Artículo 68º, establece que las tasas por Servicios Administrativos o Derechos son las tasas que debepagar el contribuyente por concepto de tramitación de procedi- mientos administrativos o por el aprovechamiento particular de bienes de propiedad de la municipalidad; Que, mediante Ordenanza S/N de fecha 29.12.77 y Acuerdo de Concejo Nº 246-MLM, la Municipalidad de Lima Metropolita- na aprueba la ordenanza que regula los aspectos técnicos y administrativos que norma la instalación de anuncios y publici- dad exterior en la provincia de Lima, señalando que las Munici- palidades Distritales podrán adecuarse a las disposiciones conteni- das en las mismas; Que, mediante Ordenanza Nº 074-94-MLM, el Concejo Me- tropolitano modifica el Artículo 59º de la ordenanza en el párrafo precedente, precisando que las autorizaciones para la colocación de Anuncios de Publicidad exterior tendrán vigencia máxima de un año, pudiendo ser menor este plazo a solicitud del interesado; Que, mediante Resolución Nº 01-96-CAM-INDECOPI, esta- blece los lineamientos sobre la colocación de anuncios y publici- dad, precisando la competencia de las municipalidades para regular la colocación de anuncios publicitarios; Que, la Municipalidad de San Luis, no cuenta con un marco normativo propio que regule esta actividad; Que estando a lo expuesto y de conformidad con los Artículos 74º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, D.L. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, Ley Nº 23035 - Ley de Simplificación Administrativa, D.S. Nº 070-89-PCM, Acuerdo de Comisión Nº 017-99-CEPAL- CDSL, Oficio Nº 025-99-DDU-MDSL Dirección de Desarrollo Urbano, Informe Nº 06-99-OPP Dirección de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 138-AYP Oficina de Licencias, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, se aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la ordenanza sobre el regla- mento para la Instalación de Elementos fijos de publicidad exterior y anuncios en el distrito de San Luis la misma que consta de: - 13 (Trece) capítulos - 70 (Setenta) artículos - 3 (Tres) disposiciones finales Artículo Segundo.- ESTABLECER que el anexo de 13 (Trece) folios, forma parte integrante de la presente orde - nanza. Artículo Tercero.- DISPONER el estricto cumplimiento de la presente ordenanza a través de todos los órganos competentes respectivamente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la publicación y difusión de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 2495 Aprueban Ordenanza sobre la Tasa de Licencia de Funcionamiento ORDENANZA Nº 010-99-MDSL San Luis, 17 de febrero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 17 de febrero de 1999, mediante Acuerdo de Concejo Nº 049-99-CDSL, aprobó por unanimidad la Tasa de Licencia de Funcionamiento, propuesto mediante Dictamen Nº 017-99-CEPAL/CDSL, presen- tado por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Lega- les; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso 3) de los Artículos 192º y 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribucio- nes, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de