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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 1999 (08/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 175475 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de julio de 1999 d) El monto mínimo de la deuda no será inferior a S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos soles). e) La cuota mínima no será menor a S/. 50.00 (Cin- cuenta y 00/100 Nuevos Soles). f) Se aplica por tributo. Artículo Sexto.- Incluir en el beneficio Tributario a los contribuyentes que estuvieran en Cobranza Coactiva liberando del pago de las costas judiciales y gastos admi- nistrativos; exceptuándose las que se encuentren con medidas cautelares y/o procedimientos de ejecución. Artículo Séptimo.- Los contribuyentes que no se acojan al presente beneficio dentro del plazo señalado, se emitirá la Resolución de Determinación, Orden de Pago y Resolución de Multa Tributaria y/o Administrativa en cuyo caso el beneficio quedará reducido en un 50%. A los contribuyentes que no cancelen las Resoluciones emitidas conforme al 1er. párrafo de este artículo dentro de los plazos establecidos por las Normas Vigentes, se les emitirá la Resolución de Ejecución Coactiva, en cuyo caso perderán los beneficios establecidos en la presente Orde- nanza. Artículo Octavo.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración Tributaria, Oficina de Administración de Re- cursos, Dirección de Desarrollo Urbano y Unidad de Imagen Corporativa y Comunicaciones, la difusión y eje- cución de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 8874 ORDENANZA Nº 018-99-MDSMP San Martín de Porres, 6 de julio de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Martín de Porres, en Sesión Extraordinaria de Concejo Continuada de fecha 6 de julio de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la actual Gestión Municipal ha dispuesto iniciar la CAMPAÑA DE EMPADRONAMIENTO CATASTRAL Y TRIBUTARIO con la finalidad de detectar a quienes no han obtenido la respectiva AUTORIZACION DE NUMERA- CION, y ante la difícil situación socio-económica de la población sanmartiniana, considera que es conveniente establecer en forma concordante un PROGRAMA DE IN- CENTIVOS TRIBUTARIOS para la Regularización de Cer- tificados de Numeración y Sanciones de orden administra- tivo, a quienes se acerquen a regularizar su situación tribu- taria acogiéndose a los beneficios de la presente Ordenanza; Que, de acuerdo al Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal para la supresión de tasas y contribuciones, así como para su creación y modi- ficación dentro de los límites establecidos en la referida ley; asimismo, de acuerdo al Art. 116º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, los Concejos Municipales aprueban y modifican por propia iniciativa la Escala de Multas, siendo concordantes con el Art. 10º, Incs. 3) y 4) de la Ley Orgánica referida; Que, de conformidad con el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, concordante con la Norma IV del Código Tributario, Decreto Legislativo Nº 816; El Concejo Municipal por Mayoría y con la Abstención de la Regidora Sra. Sonia Soria Vásquez, aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Conceder por el período com- prendido desde el 7 al 20 de JULIO de 1999, el BENEFICIO DE REGULARIZACION DE LAS AUTORIZACIONES DE NUMERACION aplicables a todas las edificaciones que no cuenten con el respectivo Certificado de Numeración. Artículo Segundo.- Establecer como requisito para obtener la Asignación de Número, el Pago Unico a laCuenta Corriente del Código de Contribuyente por el monto de S/. 25.00 (VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) por puerta exterior, y S/. 10.00 (DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES) por puerta interior, el mismo que incluye la placa acrílica. Artículo Tercero.- Rebajar el 100% de las MULTAS ADMINISTRATIVAS POR CARECER DE NUMERA- CION CATASTRAL. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración Tributaria, Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Administración de Recursos y Unidad de Ima- gen Corporativa y Comunicación, la ejecución y difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 8877 Establecen pago único de tasa de licen- cia de funcionamiento y aprueban otor- gamiento de autorización de funciona- miento permanente simplificado ORDENANZA Nº 016-99-MDSMP San Martín de Porres, 6 de julio de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Martín de Porres, en Sesión Extraordinaria de Concejo Continuada de fecha 6 de julio de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la actual gestión municipal HA DISPUESTO INICIAR LA CAMPAÑA DE EMPADRONAMIENTO CATASTRAL Y TRIBUTARIO con la finalidad de detec- tar a los omisos, subvaluantes y morosos; y ante la nece- sidad de apoyar al sector empresarial en el contexto de una dificultosa situación socio-económica de parte de la población Sanmartiniana, considera que es conveniente establecer en forma concordante un PROGRAMA DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS aplicable a la TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, AUTORIZACIO- NES MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO, LICEN- CIAS ESPECIALES, ANUNCIOS Y PROPAGANDA, a quienes se acerquen a regularizar su situación tributaria acogiéndose a los beneficios de la presente Ordenanza; Que, de acuerdo al Art.60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal para la supresión de tasas y contribuciones, así como para su creación y modi- ficación dentro de los límites establecidos en la referida Ley; asimismo, es concordante con el Art. 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, para crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos conforme a Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades concordante con la Norma IV del Código Tributario - Decreto Legislativo Nº 816; El Concejo Municipal, por Mayoría, y con la Absten- ción de la Regidora Sra. Sonia Soria Vásquez, aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Conceder por el período compren- dido desde el 7 al 20 de JULIO de 1999, una REBAJA DE LA TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, li- bres de todo recargo e intereses, correspondiente a los períodos siguientes: a) 70% del tributo insoluto para los ejercicios fiscales 1994, 1995. b) 30% del tributo insoluto para los ejercicios fiscales 1996, 1997.