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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 1999 (08/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 175459 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de julio de 1999 ubicada en la Tienda T-19E del Mercado Central de Huaraz, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 8863 ADUANAS Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delito Contra la Fe Pública RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 001332 Callao, 6 de julio de 1999 Vistos, el Atestado Nº 010-99-ADUANAS-PP-UIE del 8.ABR.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación alcanzada me- diante el Oficio Nº 1962-96-ADUANAS/02.03 del 24.OCT.96 emitido por la Intendencia de la Aduana Aérea del Callao, se tomó conocimiento del ingreso irregular al territorio nacional de mercancía consistente en dos (2) televisores marca SAMSUNG de 20", mediante documen- tación presuntamente falsificada; habiéndose derivado los actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas, para su indagación técnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad con intervención de la Fiscalía Provincial de Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal incurrida de GOYENO PABLO ARECHE MON- ROY, WILLIAM ARECHE MONRROI y MARCO ANTO- NIO RUIZ PEREZ en la comisión del delito CONTRA LA FE PUBLICA, al haberse establecido fehacientemente que los Comprobantes de Pago Nºs. 2210 y 2211 de Comer- cial Vega, adjuntos a la solicitud de devolución de mercan- cías que fuera presentada ante la Intendencia de la Adua- na Aérea del Callao con el Expediente Administrativo Nº 006580, han sido burdamente falsificados con la única finalidad de recuperar de manera irregular las mercan- cías retenidas; Que, los hechos anteriormente descritos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran delito CONTRA LA FE PUBLICA en agravio del Estado, previs- to y penado en el Artículo 427º del Código Penal, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Público de esta Superintendencia, para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria de la Ley General de Adua- nas - Decreto Legislativo Nº 809; y, En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Artículo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Superintenden- cia Nacional de Aduanas, para que en defensa y repre- sentación de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de GOYENO PABLO ARECHE MONROY, WILLIAM ARE- CHE MONRROI y MARCO ANTONIO RUIZ PEREZ, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución; debiéndose para el efecto remitírse- le la documentación actuada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 8879INDECOPI Aprueban Lineamientos de la Comi- sión de Acceso al Mercado sobre exi- gencia de formularios y formatos para tramitación de procedimientos admi- nistrativos COMISION DE ACCESO AL MERCADO RESOLUCION Nº 004-1999-CAM-INDECOPI Lima, 27 de abril de 1999 LINEAMIENTOS SOBRE LAS EXIGENCIA DE FORMULARIOS Y FORMATOS PARA LA TRAMITACION DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS La Comisión de Acceso al Mercado: CONSIDERANDO: que, el Artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 807 faculta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientos que, sin tener carácter vinculan- te, orienten a los agentes económicos sobre los alcances y criterios de interpretación de las normas cuya aplica- ción tienen encomendada; que, es política de la Comisión actuar de manera que contribuya a reducir las situacio- nes de conflicto detectadas en los ámbitos de su compe- tencia; que, se ha detectado un elevado nivel de incum- plimiento de las normas relacionadas con la exigencia de formularios y formatos para la tramitación de procedi- mientos administrativos; en uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 26 BIS del Decreto Ley Nº25868, y los Artículos 10º y 26º y Sexta Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 807; RESUELVE: 1) aprobar los Lineamientos de la Comi- sión de Acceso al Mercado sobre la exigencia de formu- larios y formatos para la tramitación de procedimientos administrativos, los mismos que forman parte integran- te de la presente Resolución y que en anexo se adjuntan; y 2) solicitar al Directorio de la Institución la publicación de los mismos. AUGUSTO ALVAREZ RODRICH JOSE CHUECA ROMERO ELENA CONTERNO MARTINELLI OSCAR BLANCO SANCHEZ FRANCISCO EGUIGUREN PRAELI Lineamientos de la Comisión de Acceso alMercado sobre la exigencia de formularios y formatos para la tramitacion de procedimientos administrativos I.- INTRODUCCION Un objetivo prioritario del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) es lograr la predictibilidad y transparencia en las decisio- nes de sus órganos funcionales. Con dicho fin, la Ley Sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi1 faculta a las Comisiones a aprobar lineamientos generales que permitan a los agen- tes conocer los criterios que aplicarán en la resolución de los casos en que intervengan, en virtud de sus respectivas competencias. 1DECRETO LEGISLATIVO Nº 80 7: "Artículo 9º.- Las Comisiones y Oficinas podrán aprobar pautas o lineamientos que, sin tener carácter vinculante, orienten a los agentes económicos sobre los alcances y criterios de interpretación de las normas cuya aplicación tienen encomendada cada Oficina o Comisión."