Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999

Que, Articulo 66º de la Ley Organica de Municipalidades establece que es funcion de las Municipalidades en materia de poblacion organizar los registros civiles llevando las estadisticas correspondientes de acuerdo a la legislacion sobre la materia; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Exonerar del pago derechos administrativos por el servicio que presta la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, segun Nº de orden 76 g), de la Ordenanza Nº 03 por concepto de Inscripcion Extemporanea de Nacimiento. Articulo Segundo.- El plazo vencera indefectiblemente el 13 de agosto del presente ano. Articulo Tercero.- Encarguese a la Unidad de Registros Civiles el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 9330

las Municipalidades a promover la constitucion de Juntas Vecinales; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 009-97-MJM, de fecha 2 de junio de 1997, se aprueba la Modificatoria de Estatutos de Juntas Vecinales del distrito de MORDAZA Maria; Que, conforme al Articulo 22º del Estatuto aludido, es necesario convocar a elecciones de las Directivas de Juntas Vecinales Zonales; Estando a las facultades otorgadas por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; ACUERDA: Articulo 1º.- Convocar a elecciones de las Directivas de Juntas Vecinales Zonales en el distrito de MORDAZA MORDAZA para el dia 29 de agosto de 1999. Articulo 2º.- La Oficina de Participacion Vecinal, sera responsable de su cumplimiento; asimismo comuniquese la presente convocatoria a la ONPE para la coordinacion respectiva. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 9331

Prorrogan plazo de MORDAZA de Actualizacion de Datos establecida por el D.A. Nº 10-99/MJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 13-99/MJM MORDAZA MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, esta Administracion haciendo uso de las facultades establecidas en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion vigente, mediante Decreto de Alcaldia Nº 010-99/MJM establecio en su Articulo MORDAZA una "Campana de Actualizacion de Datos", dentro de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA hasta el 30 de junio del presente; Que, asimismo, en el Articulo Tercero de la misma MORDAZA se dispone condonar el 100% del pago de multas, intereses y moras en la MORDAZA de las declaraciones juradas rectificatorias, descargos y/o ceses de actividades; Que, habiendose advertido la asistencia de vecinos que tienen la voluntad de cumplir con sus obligaciones, durante el periodo de la "Campana de Actualizacion de Datos", y quedando muchos de ellos pendientes de la MORDAZA de la declaracion jurada respectiva, y siendo una de las principales preocupaciones de esta gestion MORDAZA el otorgar las mayores facilidades a los vecinos del distrito, es necesario ampliar el plazo de la MORDAZA en referencia; En uso de la facultad conferida por el Articulo 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el dia 27 de MORDAZA del presente ano, el plazo establecido en el Articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 10-99/MJM. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Unidad de Administracion y Fiscalizacion Tributaria. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 9328

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen declaracion jurada de ocupantes que deben presentar propietarios de predios ubicados en el distrito
ORDENANZA Nº 030-MDSL San MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 14 de MORDAZA de 1999, aprobo por unanimidad establecer la obligacion de presentar Declaraciones Juradas de los ocupantes de los predios ubicados dentro de la Jurisdiccion Distrital de San Luis; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario para determinar al sujeto obligado al cumplimiento de obligaciones tributarias, conocer el nombre o razon social del ocupante de los predios ubicados dentro de la jurisdiccion Distrital de San MORDAZA, asi como el uso al que se destinan total o parcialmente; Que, corresponde al propietario presentar la correspondiente declaracion jurada de ocupantes a la Municipalidad, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza, para una efectiva determinacion de los obligados al pago de tributos tales como arbitrios municipales, sin que signifique aumento del impuesto predial que le corresponde pagar al propietario; Que, el Concejo Distrital de San MORDAZA ejerce funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Art. 200º de la Constitucion Politica del Peru y de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816; Estando a lo expuesto; y de conformidad con los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, y Decreto Legislativo Nº 816, Codigo Tributario, expidio la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- ESTABLECER que los propietarios de predios ubicados dentro de la jurisdiccion Distrital de San MORDAZA deberan presentar una declaracion jurada de ocupantes, cuando se presenten cualquiera de los siguientes casos: 1. Cambio de ocupante o ocupantes del predio. 2. Independizacion del predio en unidades independientes. 3. Junto con la MORDAZA de la declaracion jurada de inscripcion del Impuesto Predial. 4. Cuando sea dispuesto por la Municipalidad. Articulo Segundo.- La sancion por incumplimiento de la MORDAZA de la declaracion jurada de ocupantes es equivalente al 5% (cinco por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al primero de enero de cada ejercicio fiscal.

Convocan a elecciones de las Directivas de Juntas Vecinales Zonales
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 143-99/MJM MORDAZA MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 LA ALCALDESA DEL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades y la Ordenanza Municipal Metropolitana de MORDAZA Nº 020, faculta a

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