Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica y Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 9399 RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 537-99-MP-CEMP MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por razones de servicio la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 4311 en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del Acta; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Destacar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional a la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas con competencia a nivel nacional a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente de la MORDAZA Sala Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Especializada en Delito de Trafico Ilicito de Drogas, Director General de la Policia Nacional del Peru, Jefe de la Direccion Nacional Contra el Trafico Ilicito de Drogas de la Policia Nacional del Peru (DINANDRO), Fiscal Supremo Provisional de la MORDAZA Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delito de Trafico Ilicito de Drogas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica y Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 9400

SBS
Autorizan al Banco Santander-Peru adquirir acciones representativas de capital social para incorporar por fusion al Bancosur
RESOLUCION SBS Nº 0593-99 MORDAZA, 30 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La comunicacion de fecha 11 de junio de 1999 del Banco Santander - Peru, mediante la cual solicita a esta Superintendencia la autorizacion para adquirir hasta el 100 por ciento de las acciones representativas del capital social del Bancosur; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 53º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, establece que una empresa de los sistemas financiero o de seguros no puede ser accionista de otra de la misma naturaleza; Que, el MORDAZA parrafo del mencionado articulo, senala que se exceptua la compra de acciones con el proposito, declarado juratoriamente ante la Superintendencia, de incorporar por fusion a la empresa emisora de las acciones materia de la transferencia; Que, ademas, se establece que si transcurriesen seis meses desde la emision de la declaracion jurada sin que la fusion se MORDAZA formalizado, el titular de las acciones adquiridas con tal fin queda obligado a transferirlas e impedido de ejercer con ellas el derecho a voto; Que, mediante acuerdo adoptado en sesion de fecha 28 de MORDAZA de 1999, el Directorio del Banco Santander - Peru aprobo la realizacion de una Oferta Publica de Adquisicion, con el objeto de adquirir el 100 por ciento de las acciones de Bancosur; Que, en su comunicacion de fecha 11 de junio de 1999, el Banco Santander ha manifestado, con el caracter de declaracion jurada, que dicha adquisicion de acciones tendra por finalidad incorporar por fusion al Bancosur; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y por la Superintendencia Adjunta de Banca; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 53º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Banco Santander - Peru a adquirir hasta el 100 por ciento de las acciones representativas del capital social de Bancosur, para que incorpore por fusion a esta entidad. Articulo 2º.- Transcurridos seis meses desde la emision de la declaracion jurada, que se menciona en la parte considerativa de la presente Resolucion, sin que la fusion se MORDAZA formalizado, el Banco Santander - Peru queda obligado a transferir las acciones adquiridas e impedido de ejercer con ellas el derecho a voto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 9326

Prorrogan plazo para que institucion financiera proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0596-99 MORDAZA, 30 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga de plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la Financiera Daewoo S.A., conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del

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