Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999
ORDENANZA:

NORMAS LEGALES
Mas de 30,000 hasta 50,000 Mas de 50,000 hasta 100,000 Mas de 100,000 hasta 300,000 Mas de 300,000

Pag. 175895
80% 70% 60% 50%

Articulo 1º.- APRUEBESE el beneficio de regularizacion tributaria y administrativa en el distrito de Chorrillos (BERTA CHORRILLOS). Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y a la Unidad de Informatica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS OBJETIVO Establecer normas y procedimientos para que los contribuyentes y administrados puedan regularizar sus obligaciones tributarias, multas tributarias y administrativas. ALCANCES El presente regimen alcanza a los arbitrios municipales, Tasa de Licencia y multas administrativas generadas e impuestas, asi como a las sanciones de caracter formal. BASE LEGAL Articulo 36º del Codigo Tributario. Articulo 41º del Codigo Tributario. Articulo 166º del Codigo Tributario. DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa en el distrito de Chorrillos, establece un sistema gradual en la reduccion de interes moratorio y multas tributarias respecto de los tributos senalados en el presente regimen. Asimismo el MORDAZA dispone un beneficio de reduccion de multas administrativas impuestas hasta el 7 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- El beneficio otorgado por la presente Ordenanza se mantendra vigente hasta el 31 de diciembre de 1999, facultandose al MORDAZA para que mediante Decreto pueda: - Incluir nuevos tributos dentro de los alcances del MORDAZA Chorrillos. - Modificar los tramos y beneficios otorgados. - Complementar las disposiciones que MORDAZA necesarias para una correcta aplicacion del presente beneficio. Articulo 3º.- Los criterios para conceder la gradualidad de multas tributarias son las siguientes: a) Reconocimiento de la infraccion. b) Regularizacion de la infraccion para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de caracter formal. c) Desistimiento de los recursos de reclamacion contra las Resoluciones de multa que contengan infracciones tributarias. Articulo 4º.- Solo podran acogerse al presente regimen de gradualidad de sanciones aquellos contribuyentes que voluntariamente regularicen sus obligaciones tributarias o quienes hayan sido notificados mediante Resoluciones de Multa, siempre que estas hayan sido notificados con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. GRADUALIDAD DE SANCIONES Articulo 5º.- Las multas tributarias a las cuales se les aplicara la gradualidad de sanciones seran las infracciones tipificadas en los Articulos 173º a 178º de los Codigos Tributarios aprobados mediante el D. Ley Nº 25859, D. Leg. Nº 773 y D. Leg. Nº 816, respecto de los tributos administrados por la Municipalidad. Articulo 6º.- Se entiende que el contribuyente ha regularizado la infraccion cuando presenta declaracion jurada rectificadora y no presenta recurso impugnatorio alguno. En caso el contribuyente MORDAZA interpuesto recurso impugnatorio alguno podra acogerse al presente beneficio siempre que se desista de dicho recurso. Articulo 7º.- La escala del regimen de gradualidad de sanciones es la siguiente: BASE IMPONIBLE Hasta 15,000 Mas de 15,000 hasta 30,000 REDUCCION DE LA MULTA TRIBUTARIA 90% 85%

Articulo 8º.- Los tramos establecidos en el Articulo 7º de la presente Ordenanza son de caracter acumulativo. REDUCCION DE INTERESES Y MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo 9º.- Los intereses moratorios de los arbitrios municipales y de la Tasa de Licencia devengados hasta el 31 de diciembre de 1998 seran reducidos segun escala siguiente: ANO: 1999 ARBITRIOS MUNICIPALES MES DE PAGO REDUCCION DE INTERES JUL. 100% AGOS. 100% SET. 90% OCT. 80% NOV. 70% DIC. 60%

TASA DE LICENCIA MES DE PAGO REDUCCION DE INTERES JUL. 100% AGOS. 80% SET. 60% OCT. 50% NOV. 40% DIC. 30%

Articulo 10º.- No sera necesario presentar solicitud alguna para acogerse al presente beneficio. Articulo 11º.- Las multas administrativas impuestas hasta el 7 de MORDAZA de 1999, seran reducidas hasta el 70%. FRACCIONAMIENTO Articulo 12º.- Las deudas administrativas y las tributarias podran ser fraccionadas una vez otorgado el beneficio dispuesto en el presente Beneficio de regularizacion Tributaria y Administrativa en el distrito de Chorrillos. Articulo 13º.- Para efecto de fraccionar una deuda administrativa o tributaria sera aplicable la Ordenanza Nº 06-99-MDCH, otorgandole facultad discrecional a la Administracion Tributaria para establecer el numero de cuotas, a ser fraccionada la deuda. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 9401

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran temporalmente el pago del servicio de inscripcion de nacimiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 12-99/MJM MORDAZA MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru se le reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Articulos 74º y 192º inciso 3) de la Constitucion Politica del Peru, establecen que los gobiernos locales pueden crear, modificar o suprimir contribuciones y tasas, o exonerar estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, visto el informe Nº 016-99-DEMUNA-MJM, de la Oficina de Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente, mediante el cual se informa que dentro de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA existe gran cantidad de ninos cuyos nacimientos no se encuentran registrados, por lo que acordaron realizar una MORDAZA "POR EL DERECHO AL NOMBRE" para promover y regularizar dichas inscripciones; Que, dicha MORDAZA se realizara desde el 19 de MORDAZA al 13 de agosto del presente ano en curso, por el Programa DEMUNA Defensoria Municipal del MORDAZA y del Adolescente de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, por lo que se nos solicita otorgar facilidades a la poblacion que no MORDAZA cumplido con su inscripcion oportuna, debido muchas veces a la desinformacion, descuido de los padres y en algunos casos a la incapacidad economica de muchas familias;

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