Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 175893

531124, alimentos para personas por la cantidad de S/. 102,000.00 Nuevos Soles, para el pago de racionamiento de internos, ninos y personal de seguridad de los E.P. de la Direccion Regional CentroHuancayo; refiere que la solicitud de pago por racionamiento de internos correspondientes al mes de diciembre de 1997 del E.P. de MORDAZA Seguridad de Yanamilla-Ayacucho, se recepciona el dia 5 de enero de 1998, por la cantidad de 20,587 raciones, revisado por la Oficina de Historial Penitenciario se comprobo que solamente le corresponde la cantidad de 19,400 raciones para internos, 713 raciones para ninos y revisado por el Jefe de Personal le correspondia la cantidad de 456 raciones para el personal de seguridad haciendo un total de 20,569 raciones a razon de S/. 2.00 Nuevos Soles, haciendo un total de S/. 41,138.00 Nuevos Soles, para lo cual se le dio solamente un adelanto de S/. 39,617.79 como consta en la Orden de Compra Nº 871-97 y Comprobante de Pago Nº 2385-97, debiendo en este caso el Administrador del E.P. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo responsabilidad, rendir cuenta documentada bajo responsabilidad Economica y Administrativa unica y exclusivamente por el importe girado, senala que posteriormente el saldo fue cancelado en su totalidad quedando cancelado el monto pendiente de S/. 1,520.21 Nuevos Soles, por otro lado afirma que las Ordenes de Compra que deberian ingresar al almacen ya se encontraban comprometidas en su totalidad al 30 de Diciembre, siendo imposible anular Orden de Compra alguna y quedando pendiente el pago de racionamiento en la partida 531124 la suma de S/. 102,000.00 Nuevos Soles de alimentos para personas, a razon que los E.P. remitian sus requerimientos de racionamiento hasta el 10 de cada mes y como solamente existia un saldo de S/. 39,617.97 Nuevos Soles, se determino girar el mencionado monto; consecuentemente de los argumentos vertidos en su descargo y las pruebas instrumentales presentadas, asi como del informe oral concedido en aplicacion del Articulo 171º del D.S. Nº 005-90-PCM, se acredita que el referido servidor, actuo dentro de los parametros establecidos toda vez que el Administrador del Establecimiento Penitenciario remitio mediante Oficio Nº 259-97-EPMSY-A, su requerimiento del mes de diciembre de 1997 a la Direccion de Administracion con fecha 5 de enero de 1998, debiendo de tenerse en consideracion ademas que el saldo pendiente de S/. 1,520.21 Nuevos Soles fue cancelado mediante la Orden de Compra Nº 028-98 y Comprobante de Pago Nº 137-98, de fecha 30 de enero de 1998, desvirtuando de este modo los cargos formulados en su contra; Que, ha quedado evidenciado que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Direccion Regional Centro-Huancayo, ha desvirtuado los cargos contenidos en la Resolucion de la Presidencia Nº 286-99-INPE-P; Estando al informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ABSOLVER al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Direccion Regional Centro Huancayo, de los alcances formulados en la R.P Nº 286-99-INPE-P, por los motivos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente resolucion administrativa a traves del Diario Oficial El Peruano para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente Instituto Nacional Penitenciario 9348

Que, el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, creo la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP- como la entidad encargada de administrar centralizadamente el Sistema Nacional de Pensiones, asi como otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, estando a lo dispuesto en el Articulo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 048-95-EF, el Jefe de la ONP podra delegar la representacion de la Institucion a fin de proteger los intereses del Sistema Nacional de Pensiones y llevar una adecuada administracion de todos los sistemas previsionales a cargo de la ONP; Que, se requiere delegar facultades de representacion ante las autoridades policiales, municipales y administrativas en los Coordinadores en provincias, para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; Que, siendo funcion de la ONP realizar las acciones de control, revision, verificacion y fiscalizacion de aportes y derechos pensionarios; es necesario delegar en los Coordinadores Departamentales las facultades de inspeccionar en las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra; asimismo, es necesario otorgarles facultades para solicitar informacion y plantear reclamos ante los Bancos que participan en el MORDAZA de pago de pensiones y recaudacion; Que, por Resolucion Jefatural Nº 005-99-JEFATURA/ONP, se otorgaron facultades a los Coordinadores Departamentales de los diferentes departamentos, a fin de que ejerzan la representacion de la ONP ante las autoridades policiales, municipales y administrativas, asi como para el debido seguimiento de los asuntos que conciernan a la institucion a nivel nacional; con capacidad para inspeccionar las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas previsionales que administra; Que, la mencionada Resolucion Jefatural estuvo vigente hasta el 30 de junio de 1999, por lo que resulta necesario renovar las facultades a los diversos Coordinadores Departamentales de la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323; en el inciso f) del Articulo 4º, Articulo 7º y, la Primera Disposicion Complementaria del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF y elevado a rango de Ley por el Articulo 17º de la Ley Nº 26504; en el inciso i) del Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONP aprobado por la Resolucion Suprema Nº 048-95-EF, y de conformidad con la Resolucion Suprema Nº 075-97-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a las personas que a continuacion se mencionan, desde el 1º de MORDAZA de 1999, solamente las facultades de apersonarse a nombre de la ONP, ante las entidades del sistema financiero, autoridades policiales y administrativas, tales como municipales, tributarias y afines; asi como la de realizar las inspecciones en las instalaciones de las empresas y empleadores en general y solicitar informacion o documentacion de cualquier persona natural o juridica que tenga derechos u obligaciones para con los sistemas o regimenes previsionales a cargo de la administracion de la ONP; pudiendo plantear reclamos ante los Bancos con relacion al MORDAZA de pago de pensiones y recaudacion, en los departamentos que se precisan: NOMBRE 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. MAGNA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GORDALIZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARANGOITIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUCOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSSANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERAMENDI BALCAZER MORDAZA FLORENTINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MACHICADO CHAPARRO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALSIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEPARTAMENTO AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUZCO / MORDAZA / MORDAZA DE MORDAZA HUANCAVELICA ICA MORDAZA / MORDAZA / PASCO LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NORTE - MORDAZA MORDAZA SUR - CANETE MORDAZA MORDAZA / TACNA MORDAZA / TUMBES MORDAZA SAN MORDAZA UCAYALI

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Otorgan facultades de apersonamiento, inspeccion e informacion sobre personas naturales o juridicas que tengan derechos u obligaciones en regimenes a cargo de la ONP
RESOLUCION JEFATURAL Nº 061-99-JEFATURA/ONP MORDAZA, 1 de MORDAZA de 1999

Las facultades conferidas en el presente articulo, se otorgan hasta el 31 de diciembre de 1999. Articulo 2º.- Las personas mencionadas en el articulo anterior, no tienen facultad para representar a la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP- ante autoridades judiciales, MORDAZA estas civiles, penales y/o laborales y otras en las que se requiera

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