Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de Treinticinco (35) dias sin goce de remuneraciones al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Procesados de Cambio MORDAZA - Chimbote, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano,para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente Instituto Nacional Penitenciario 9346

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario Rio Seco - MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los servidores procesados tienen derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas convenientes en su defensa, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino que establece la Ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 9343

Inician procedimiento disciplinario a Absuelven a servidores del INPE de servidores del Establecimiento Peni- cargos formulados en procedimientos tenciario Rio Seco - MORDAZA disciplinarios
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 487-99-INPE-P MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Informe Nº 114-99-INPE-CPPAD de fecha 12 de MORDAZA de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 775-98-INPE/AG de fecha 17.DIC.98, la Auditoria General del INPE, remite la Hoja Informativa Nº 073-98-INPE/OGA en torno a las "investigaciones efectuadas en el Establecimiento Penitenciario Rio Seco - Piura", en la que habrian incurrido los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex administrador e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Rio Seco - Piura; Que, del analisis de los documentos se infiere que los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector del E.P. Rio Seco e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se le sindica por haber agredido fisicamente al interno MORDAZA MORDAZA Socola MORDAZA, el cual por este motivo fue trasladado al Servicio de Emergencia del Hospital Regional MORDAZA MORDAZA, donde quedo internado. Esta denuncia fue presentada por los internos del EPS MORDAZA Seco - MORDAZA, por el maltrato del interno MORDAZA MORDAZA Socola MORDAZA, quien fue golpeado por los precitados servidores; Que, asimismo, en relacion a los internos que estaban en estado de ebriedad y que protagonizaron un motin, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector del E.P. Rio Seco MORDAZA, demostraron total falta de autoridad al no poder controlar los eventos que sucedian en el Penal; Que, el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador, no habria efectuado un control adecuado de los libros de ingreso y egresos de Bienes y Enseres, Libro MORDAZA, Pecosas y otros, encontrandose atrasada la valorizacion del menu diario, siendo de mala calidad, demostrando negligencia en el desempeno de sus funciones, asimismo, se ausento de su cargo durante el 21 al 25.NOV.98, sin poner en conocimiento al Director del E.P. Rio Seco - MORDAZA, dejando encargado sin la documentacion que el caso requiere al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien desconocia las funciones de administrador; Que, se ha evidenciado que existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que los servidores del Establecimiento Penitenciario Rio Seco - Piura: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador, habrian incumplido lo dispuesto en los incisos a), d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas disciplinarias tipificadas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal, asimismo los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subdirector e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta disciplinaria en los incisos a), d) y h) del Articulo 28º del mismo cuerpo legal; Estando el Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 127-99-INPEP de fecha 23.MAR.99, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 12.ABR.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a lo servidores del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial Canete: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FREDDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes habrian incurrido en abandono laboral, al haber inasistido en forma injustificada del 1 al 5 de junio 98, contraviniendo lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; Que, revisado el expediente se tiene que los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FREDDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han cumplido con presentar sus descargos de los hechos imputados, los cuales han sido revisados y analizados en forma individual, el servidor FREDDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien viene laborando actualmente en el Establecimiento Penitenciario de Socabaya de la Direccion Regional Sur MORDAZA, desempeno funciones administrativas en el Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete, durante el mes de junio 98, habiendose ausentado de su Centro Laboral desde el 1 al 5 de junio 98, cumpliendo con justificar esos dias con Certificados Medicos, presentandose en su debida oportunidad a la Oficina Central de Recursos Humanos del referido E.P. Adjunta a su escrito de descargo a folios 15, MORDAZA autenticada de solicitud, por justificacion de asistencia a folios 14, MORDAZA fedateada del Certificado Medico Nº 0002347, relacionado al precitado servidor; Que, a fojas 22, figura MORDAZA fedateada del Certificado Medico Nº 0037910, sobre descanso medico por cinco (5) dias, presentado el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien senala que su solicitud contaba con el V° B° del Subdirector del E.P. MORDAZA Imperial - Canete y que fue remitido mediante Oficio Nº 033-98INPE-EPNIC-AC de fecha 9.JUN.98; Que, fluye, a folios 31, figura MORDAZA fedateada del Certificado Medico Nº 2005, de incapacidad temporal por cinco (5) dias, presentado por la servidora MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien senala que lo presento a tiempo, ya que el Jefe de Personal de Recursos Humanos del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete, remitio mediante Oficio Nº 033-98INPE-EPNIC-AC de fecha 9.JUN.98. Consta tambien en autos a folios 41, el Oficio Nº 033-98-INPE-EPNIC-AC/RH, sobre remision de descansos medicos con sus respectivas solicitudes de los servidores MORDAZA mencionados, emitidos por el Jefe de Personal del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial Canete; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 487-99-INPE-ORH/UryD, la Oficina de Recursos Humanos de la Sede Central, comunica la procedencia de los Certificados Medicos de los tres servidores del que se colige que han justificado su inasistencia; VISTO, el Informe Nº 111-99-INPE-P de fecha 12 de MORDAZA de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 489-99-INPE-P

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