Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 1999 (17/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 1999
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Autorizar el Funcionamiento Provisional de la "Universidad Privada Senor de Sipan", con sede en la MORDAZA de Chiclayo, departamento de MORDAZA, con las carreras profesionales y numero de vacantes, para el inicio de actividades, que a continuacion se indica: Nombre de la MORDAZA Profesional * Administracion * Contabilidad * Derecho * Ingenieria de Sistemas * Psicologia Total de vacantes autorizadas para el primer ciclo de funcionamiento Numero de Vacantes por ciclo 80 80 80 80 80 400

Articulo 2º.- La Universidad Privada Senor de Sipan funcionara de conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y sus normas complementarias, asi como con la Ley Nº 26439 y sus reglamentos. Articulo 3º.- La Universidad autorizada por la presente resolucion estara sujeta a evaluaciones permanentes prevista en el inciso e) del Articulo 2º de la Ley Nº 26439. Al vencimiento de los seis primeros meses de funcionamiento de la Universidad, se MORDAZA la primera visita de verificacion y evaluacion de los avances realizados en la ejecucion del Proyecto, particularmente en Infraestructura Fisica, Docencia Universitaria y Administracion Financiera, oportunidad para la cual se debera tener elaborado el Plan de Desarrollo Institucional a Mediano Plazo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA CAZORLA TALLERI Vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de Asuntos Academico ­ Profesionales ESTUARDO MARROU MORDAZA Vocal de Asuntos Internacionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 9338

Que, con fecha 13 de febrero de 1989, se suscribio el contrato entre la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - A.A.T.E. y el Consorcio TRALIMA, para el Suministro, Instalacion y Montaje del Equipamiento Electromecanico en el MORDAZA del Protocolo de Entendimiento celebrado entre los Gobiernos de Peru e Italia, para la puesta en marcha del primer tramo de la primera fase del sistema electrico de transporte masivo de MORDAZA y Callao; Que, el objeto del citado acuerdo fue el Suministro, Instalacion y Montaje del Equipamiento Electromecanico, por un monto de US$ 100'000,000, Cien Millones de Dolares Americanos, la vigencia del mismo se pacto en treinta (30) meses contados a partir del 4.JUL.89, hasta la recepcion provisional del sistema, plazo que vencio el 4.ENE.92; Que, la ejecucion de las obras civiles sufrieron demora, generandose una deuda por concepto de mayores costos reconocidos mediante diversas actas cuyo cronograma de pagos debe negociarse dentro de la fecha limite puesta por el Consorcio TRALIMA, costos que requieren de verificacion a solicitud del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en merito a la situacion excepcional MORDAZA mencionada, existe el requerimiento de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - A.A.T.E. para ampliar el alcance del servicio de auditoria, para la emision de un informe con opinion de la deuda reflejada en los estados financieros de 1998 materia de auditoria, generado del contrato suscrito entre la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao A.A.T.E. y Consorcio TRALIMA - Contrato de Suministro, Instalacion y Montaje del equipamiento para la puesta en marcha del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao; Que, en merito a lo expuesto, resulta pertinente otorgar la autorizacion solicitada, teniendo en cuenta que la firma auditora cuenta con informacion necesaria proporcionada por la entidad; Que, la comision especial que fuera designada para cautelar el cumplimiento del contrato relacionado con la auditoria del periodo 1998, mantendra informada a la Contraloria General de la Republica de las incidencias del desarrollo y cumplimiento del servicio de auditoria ampliatorio, segun lo previsto en el Articulo 44º del Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria; Que, es necesario encargar a las Unidades de Normas Tecnicas y Supervision del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, las acciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente Resolucion, asi como la evaluacion del informe resultante, respectivamente; Estando a las conclusiones y recomendaciones del documento de Vistos y de conformidad con el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 162-93-CG del 19 de noviembre de 1993 y los Articulos numeros 19º, 24º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE:

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a la AATE ampliacion de alcance del servicio de auditoria para emitir informe sobre deuda reflejada en estados financieros de 1998
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 079-99-CG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 Vistos, la Hoja de Recomendacion Nº 030-99-CG/NTE del 9 de MORDAZA de 1999, respecto a la procedencia de otorgar autorizacion para la ampliacion del alcance del servicio de auditoria externa de la Sociedad MORDAZA & Asociados Sociedad Civil, a fin que emita un Informe con opinion sobre la deuda reflejada en los estados financiero de 1998 respecto al contrato suscrito entre la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - A.A.T.E. y Consorcio TRALIMA relacionado con el Suministro, Instalacion y Montaje del equipamiento para la puesta en marcha del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, contando con las visaciones de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, Normas Tecnicas y Secretaria Tecnico Juridica y de Etica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Contraloria Nº 034-99-CG del 29 de marzo de 1999, resultado del Concurso Publico de Meritos Nº 02-99-CG se designo a la Sociedad de Auditoria MORDAZA & Asociados Sociedad Civil, para examinar los estados financieros y otros aspectos operativos del periodo 1998;

Articulo Primero.- Autorizar a la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - A.A.T.E. la ampliacion del alcance del servicio de auditoria de la Sociedad MORDAZA & Asociados Sociedad Civil, para la emision del Informe con opinion sobre la cuenta que refleja el adeudo en los estados financieros de 1998 materia de auditoria; debiendo suscribir la addenda al contrato correspondiente con la referida Sociedad, incluyendo los aspectos senalados en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a las Unidades de Normas Tecnicas y Supervision del Sistema Nacional de Control de la Gerencia de Supervision y Desarrollo, las acciones y procedimientos supletorios que deben aplicarse para formalizar lo autorizado en la presente resolucion, asi como la evaluacion del Informe resultante, respectivamente. Articulo Tercero.- La firma auditora designada durante el desempeno de su labor se sujetara a las normas consignadas en el Reglamento de Designacion de Sociedades de Auditoria y a las demas disposiciones referidas al Sistema Nacional de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 9411

JNE
Disponen que alcaldes provinciales remitan al JNE relacion de ciudadanos fallecidos en sus jurisdicciones provinciales y distritales
RESOLUCION Nº 1190-99-JNE MORDAZA, 15 de MORDAZA de 1999

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