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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 1999 (22/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 176059 NORMAS LEGALES Lima, jueves 22 de julio de 1999 Autorizan viaje de funcionario para participar en curso sobre Sistemas de Información en la Administración Tri- butaria, a realizarse en Bolivia RESOLUCION SUPREMA Nº 334-99-EF Lima, 14 de julio de 1999 Visto el Oficio Nº 360-99-EF/66.01 de la Dirección General de Política Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta AECI-559-99 de fecha 13 de julio de 1999, el Coordinador General de la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI, comunica que el señor Alvaro Arturo Begazo Laura, Subdirector de Estudios Tributarios de la Dirección de Estu- dios Fiscales de la Dirección General de Política Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, ha sido seleccionado para participar en el "Curso sobre Sistemas de Información en la Administración Tributa- ria" a llevarse a cabo en el Centro Iberoamericano de Formación en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 19 al 23 de julio de 1999, organizado por el Instituto de Estudios Fiscales - España y la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, para que participe en dicho Curso; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a su presupuesto, asumirá los gastos no cubiertos por la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84- PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alvaro Arturo Begazo Laura, Subdirector de Estudios Tributarios de la Dirección de Estu- dios Fiscales de la Dirección General de Política Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 18 al 23 de julio de 1999, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, no cubiertos por la Agencia Española de Cooperación Internacional - AECI, serán con cargo al presu- puesto del Ministerio de Economía y Finanzas: - Pasajes US$ 454,30 - Viáticos US$ 200,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exone- ración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 9648 Aprueban donación efectuada a fa- vor del INC - Museo de Sitio de Pa- chacámac RESOLUCION SUPREMA Nº 335-99-EF Lima, 21 de julio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el señor Enrique Villasana Zevallos ha efectuado una donación por la suma de US$ 5 000,00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) a favor del Instituto Nacional de Cultura - Museo de Sitio de Pachacámac, destinada al Proyecto Investigaciones Arqueológicas y Evaluaciones para la Conserva- ción Estructural de la Tercera Muralla - Portada de la Costa Sector Puente Lurín - Atocongo, 1º Fase; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por el señor Enrique Villasana Zevallos, a favor del Instituto Nacional de Cultura - Museo de Sitio de Pachacámac destinada al Proyecto Investigaciones Arqueológicas y Evaluaciones para la Conserva- ción Estructural de la Tercera Muralla - Portada de la Costa Sector Puente Lurín - Atocongo, 1º Fase, ascendente a la suma de US$ 5 000,00 (Cinco Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), que fue depositada en la Cuenta Corriente Nº 000- 1698916 que el Instituto Nacional de Cultura tiene en el Banco Wiese de conformidad con la Boleta de Depósito Nº 00002506. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 9649 Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importaciones realizadas por universidades RESOLUCION SUPREMA Nº 336-99-EF Lima, 21 de julio de 1999 Visto el Expediente Nº 13914-99 presentado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046- 97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882 "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las institucio- nes educativas públicas o particulares, estableciéndose, asimis- mo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importa- ción realizada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos del bien que se encuentra incluido en el Decreto Supremo Nº 046- 97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuación arancelaria señalada en la Resolución de Superinten- dencia de Aduanas Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997, según la partida arancelaria siguiente: Partida Descripción Arancelaria 9022.13.00.00 Los demás, para uso odontológico Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artículo anterior procederá siempre que la importación del bien se ajuste a la cantidad, valor y demás características declaradas en los formularios de "Impor- taciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, según Expediente Nº 13914-99 y que dicho bien sea destinado al cumplimiento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio