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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (06/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 173973 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 376-99-DISA-II-LS-DG, y el Informe Final Nº 001-99-DISA-II-LS-CPPAD, referente a la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario al TAP Román Morales Bermúdez Gargurevich, con el cargo de Técnico Administrativo I, Categoría Remunerativa STB, ex tesorero del Fondo de Asis- tencia y Estímulo de los trabajadores de la Administración de la DISA II Lima Sur, mediante Resolución Directoral Nº 336-99- DISA-II-LS/DG; CONSIDERANDO: Que, con la citada Resolución Directoral se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al TAP Román Morales Bermúdez Gargurevich; quien ha incurrido en graves faltas disciplinarias, en el manejo del Fondo de Asistencia y Estímulo de los trabaja- dores de la Administración de la DISA-II Lima Sur; Que, se ha demostrado que el mencionado ex tesorero de SUB CAFAE, se apropió del dinero mediante la modalidad de falsifi- cación de documentos, suplantando la firma de la Presidenta del SUB CAFAE, Dra. Mónica Galindo Rojas, en cheques que fueron girados, cobrados y endosados por él mismo, cuyo importe ascien- de a la suma de cuatro mil ochocientos noventa y cinco con 30/100 Nuevos Soles (S/. 4,895.30), los cuales fueron depositados en la Cuenta de Ahorros Nº 4-29-390768, del Banco de la Nación, la misma que pertenece al mencionado ex tesorero; Que, asimismo los fondos de caja chica pendientes de rendi- ción por un importe de cuatrocientos sesenta y siete con 28/100 Nuevos Soles (S/. 467.28), sumando los dos asciende a cinco mil trescientos sesenta y dos con 58/100 Nuevos Soles (S/. 5,362.58); Que, el ex tesorero Román Morales Bermúdez Gargurevich, Técnico Administrativo I, Categoría Remunerativa STB, ha incu- rrido en faltas graves administrativas previstas en los incisos a), f) y j) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ha estudiado y analizado todo lo inherente a lo actuado, seguido contra el referido servidor, recomendándose se aplique la sanción establecida en el inciso d), del Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con el Artículo 155º de su reglamento; y, Estando a lo recomendado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con DESTITUCION, por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, al TAP ex tesorero, Román MORALES BERMUDEZ GARGURE- VICH, Técnico Administrativo I, Nivel Remunerativo STB, de la administración de la DISA-II Lima Sur. Artículo 2º.- Don Román MORALES BERMUDEZ GARGU- REVICH, no podrá reingresar a la Administración Pública, hasta después de cinco (5) años cumplidos a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución formará parte de su legajo personal, conforme a lo dispuesto en el Artículo 160º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público. Regístrese y comuníquese. ITALO F. ARBULU TEJERO Director General Dirección de Salud II - Lima Sur 7396 M T C Otorgan permiso de operación de trans- porte turístico a empresa RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1047-99-MTC/15.18 Lima, 6 de mayo de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00497010, organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSLIVIK S.A.C., sobre Permiso de Operación de Transporte Turístico y el Informe Técnico Nº 307-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSLIVIK S.A.C., mediante el expediente indicado en vistos ha solicitado el otorga- miento de Permiso de Operación de Transporte Turístico en las modalidades de traslados y visitas locales en el ámbito Departa- mental - Regional - Lima; al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Turístico aproba- do por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha 6 de febrero de 1978; Que, en el Informe Nº 307-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se con- cluye que la referida empresa cumple con los requisitos señaladosen el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendándose la proce- dencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS del 6 de febrero de 1978, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSLIVIK S.A.C. el Permiso de Operación de Transporte Turístico en el ámbito Departamental - Regional - Lima por el período de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RAZON SOCIAL :"TRANSLIVIK" S.A.C. SERVICIO :Transporte Turístico Terrestre MODALIDADES :Traslados y visitas locales AMBITO :Departamental - Lima FLOTA VEHICULAR :Un (1) ómnibus: UQ-5303(1993) Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las nor- mas legales establecidas en el reglamento aprobado por Resolu- ción Suprema Nº 011-78-TC/DS y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio de Transporte Turístico Terrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Así como mantener vigente la Póliza de Seguros con las coberturas correspondientes. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser pu- blicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 7406 Otorgan concesión a empresas para que presten servicio público de trans- porte terrestre interprovincial de pasa- jeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1298-99-MTC/15.18 Lima, 24 de mayo de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 01196010 organizado por la EMPRESA TRANSPORTES MORI SOCIEDAD ANONI- MA "TRAN. MORISAC" sobre Concesión de Ruta LIMA - TINGO MARIA y viceversa e Informe Nº 344-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la EMPRESA TRANSPORTES MORI SOCIEDAD ANO- NIMA CERRADA "TRAN. MORISAC",mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - TINGO MARIA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 344-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se con- cluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, reco- mendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97- MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA TRANSPORTES MORI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA "TRAN. MORISAC" la con- cesión de la ruta: LIMA - TINGO MARIA y viceversa, para