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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (06/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 173968 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, el terreno de 3 633,54 m2, ubicado en el Jr. Verona Nº 430, urbanización Fiori del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, que forma parte de uno de mayor extensión de propiedad del Estado, se encuentra debida- mente inscrito en la Ficha Nº 180339 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el asiento 1252 del Margesí de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 718-98-OINFE, de fecha 10 de agosto de 1998, la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación solicitó la afectación en uso en vía de regularización del terreno de 3 633,54 m2 anteriormente descrito, para destinar- lo a un centro educativo; Que, mediante Informe Nº 525-98/SBN-DAT, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta que sobre el predio submateria se ha levantado un conjun- to de edificaciones destinadas a la actividad educativa; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprueban mediante Resolución Suprema a favor de las repar- ticiones del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso, en vía de regularización, a favor del Ministerio de Educación, el terreno de 3 633,54 m2, ubicado en el Jr. Verona Nº 430, urbanización Fiori del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, el mismo que es destinado al funcionamiento del Centro Educativo Nº 2034 Virgen de Fátima. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Artículo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Super- intendencia Nacional de los Registros Públicos del Ministerio de Justicia, por el mérito de la presente Resolución Suprema, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7470 Aceptan renuncia y designan Presi- dente del CTAR Puno RESOLUCION SUPREMA Nº 110-99-PRES Lima, 4 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 187-98-PRES publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 1 de julio de 1998, se designó entre otros, al Dr. Arístides Serruto Colque, como Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Puno; Que, el funcionario mencionado en el considerando preceden- te ha presentado renuncia al cargo de Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Puno, por lo que es necesario dictar el correspondiente acto administrativo acep- tando dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Ley Nº 26923 y Decreto Ley Nº 25515; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Dr. Arístides Serruto Colque, al cargo de Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Puno, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7471RESOLUCION SUPREMA Nº 111-99-PRES Lima, 4 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, encontrándose vacante el cargo de Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Puno, es necesario dictar el correspondiente acto administrativo de designación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Ley Nº 26923 y Decreto Ley Nº 25515; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al Ing. Fredy Santiago Urbina Zúñiga, como Presidente del Consejo Transito- rio de Administración Regional - CTAR Puno. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7472 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a empresa para que abone al INFES monto correspondiente a presu- puesto para la ejecución de obra RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-99-PRES Lima, 31 de mayo de 1999 Visto el Oficio Nº 315-1999-CD-PRES-INFES de fecha 29 de abril de 1999, de la Presidencia (e) del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de vistos, la Presidenta (e) del Consejo Directivo del Instituto Educativo y de Salud - INFES, solicita se autorice al Procurador Público encargado de los asuntos judicia- les del Ministerio de la Presidencia para que interponga las acciones judiciales que corresponda contra la firma contratista CONSTRUCTORA MORGAN S.A., ejecutora de la obra C.E. Nº 80386, ubicado en el distrito y provincia de Chepén, departamen- to de La Libertad, objeto de la Licitación Pública Nº 143-PRES- INFES-96, por haberse detectado vicios de construcción, después de recepcionada la obra, a raíz de la acción de control efectuada por la Oficina de Auditoría Interna del INFES a la Oficina Departamental de Trujillo; Que, la citada empresa constructora está obligada contractual- mente a responder por todo defecto de construcción que se detecte, hasta por un período de siete años de recepcionada la obra, de conformidad con lo establecido por la Directiva Nº 001-96-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 174-95-EF/76.01; Que, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, mediante Resolución de Gerencia General Nº 401-1999-PRES-INFES del 5 de abril de 1999, aprobó el Presu- puesto Analítico ascendente a la suma de S/. 20,948.21, correspondiente a la reparación de los vicios ocultos de la Obra Centro Educativo Nº 80386, ubicado en el distrito y provincia de Chepén, departamento de La Libertad, materia de la Licitación Pública Nº 143-PRES-INFES-96, con cargo al contratista CONSTRUCTORA MORGAN S.A.; Que, con Oficios Nº 5509-1998-GO-PRES-INFES y Nº 348- 1999-GO-PRES-INFES, del 17 de diciembre de 1998 y 25 de enero de 1999, respectivamente, se le comunicó al contratista CONSTRUCTORA MORGAN S.A. vía notarial, para que proceda a la subsanación de las deficiencias encontradas en la construc- ción de la obra, sin que hasta la fecha haya dado respuesta alguna; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer las acciones judiciales a que hubiere lugar, a efectos que el contratista abone al Estado - INFES el monto del presupuesto analítico aprobado; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 019-93-PRES;