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Pág. 174464 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de junio de 1999 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8095 Autorizan viaje de profesional del INIC- TEL para participar en el "III Simposio AHCIET sobre Telemedicina", a realizar- se en España RESOLUCION MINISTERIAL Nº 255-99-MTC/15.03 Lima, 17 de junio de 1999 Visto, el Oficio Nº 041-99-MTC/INICTEL-CD del Presi- dente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Inves- tigación y Capacitación de Telecomunicaciones - INICTEL; CONSIDERANDO: Que, según la comunicación de visto, la Asociación Hispa- noamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones - AHCIET ha programado un evento denominado "III Simposio AHCIET sobre Telemedicina", que se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Compostela - España; Que, en el referido Simposio se tratarán temas de gran interés en cuanto a la telemedicina, entre otros su aplicación, las nuevas tecnologías, redes de comunicación, su contribu- ción al desarrollo y su impacto socio económico y la gestión hospitalaria distribuida y la telemedicina; Que, AHCIET ha otorgado una beca integral a la ingeniera Isabel Guadalupe Sifuentes, servidora del INIC- TEL, para que participe en el citado evento, haciéndose cargo de todos los gastos que irrogue su participación en el referido evento; Que, por Acuerdo Nº 2.04.99 el Consejo Directivo del INICTEL autorizó a la citada profesional participar en el Simposio mencionado, solicitando a este Ministerio expedir el acto administrativo del caso; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la ingeniera Isabel Guadalupe Sifuentes, profesional del Laboratorio de Tele- mática y Sistemas Digitales de la Dirección de Investigación y Tecnología del INICTEL, a la ciudad de Santiago de Compostela - España, durante los días del 22 y 23 de junio de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8033 Autorizan viaje de funcionario del Minis- terio a Ecuador para participar en semi- nario sobre el problema del Año 2000 en Telecomunicaciones RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-99-MTC/15.03 Lima, 17 de junio de 1999CONSIDERANDO: Que, la Asociación de Empresas de Telecomunicacio- nes de la Comunidad Andina - ASETA, ha cursado invita- ción al Subsector Transportes del MTC para que partici- pe en el "II Seminario Andino sobre el Problema del Año 2000 en las Telecomunicaciones", evento que se realizará en Quito; Que, el citado evento cuenta con el auspicio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT y del Banco Mundial a través de su Programa InfoDev, tiene como objetivo principal proveer información sobre la importancia, los requisitos, metodologías y guías para la realización de pruebas de interoperatibilidad; intercambiar experiencias sobre dificultades y soluciones encontradas para los diferen- tes sistemas en la realización de pruebas de interoperatibi- lidad en las telecomunicaciones nacionales y extranjeras; así como proveer una guía para la elaboración de los Planes de Contingencia; Que, el mencionado Seminario contará con la partici- pación de expertos del Banco Mundial, la UIT, Operadores y Organismos de Regulación y Control latinoamericanos; Que, la participación del funcionario designado no irro- gará gastos al Estado por cuanto éstos serán asumidos por el Banco Mundial; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Luis Blas Sernaqué, Jefe del Proyecto Gestión Técnica para la Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, durante los días 17 y 18 de junio de 1999, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje que se autoriza no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 8029 Aceptan donación de puentes metáli- cos modulares tipo Bailey efectuada por el gobierno del Japón RESOLUCION MINISTERIAL Nº 257-99-MTC/15.09 Lima, 17 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 003-98-PCM del 8 de enero de 1998, se aceptó la Cooperación Financiera No Reembolsable (Donación) que extiende el gobierno del Japón a la República del Perú, consistente en Dos Mil Millones de Yenes Japoneses (¥ 2,000,000,000.00), para ser utilizados en la adquisición de bienes y servicios con arreglo a las Notas Reversales suscritas el 9 de diciembre de 1997, por las autoridades del Gobierno del Perú y Japón; Que mediante Resolución Ministerial Nº 162-98-PCM del 31 de diciembre de 1998, se establecen las asignaciones relativas a los Sectores, siendo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, beneficiado has- ta por un monto de Ochocientos Setenticinco Millones de Yenes Japoneses (¥ 875,000,000.00); Que en el marco del Acuerdo mencionado, el Gobierno del Japón ha donado al Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, Puentes Metálicos Modulares Tipo Bailey por un valor C&F £ 784,555.00 Libras Esterlinas, que serán utilizados, para mejorar la transitabilidad en las carreteras nacionales; Que los Artículos 2º y 3º del Decreto Ley Nº 21942 y Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, disponen que las donaciones provenientes del extranjero consignadas al Gobierno Central, así como las donaciones por concepto de Cooperación Técnica Internacional, serán despachadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas del Perú, por el solo mérito de Resolución Ministerial, expedida por el Titu- lar del Sector correspondiente;