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Pág. 174450 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de junio de 1999 c) Elaborar proyectos de normas de carácter administra- tivo que se le encomienden; d) Absolver consultas de carácter legal y emitir opinión sobre expedientes y asuntos administrativos; e) Absolver las consultas y emitir informes de carácter técnico legal referentes a los organismos públicos descentra- lizados del Sector; y, f) Las demás funciones que le asigne el Director General. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA OFICINA GENERAL OFICINA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE APOYO OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Artículo 48º.- La Oficina General de Administración es el órgano encargado de la administración del potencial humano, de los recursos materiales, económicos y financie- ros. Conduce el proceso de ejecución presupuestal y coordina la seguridad integral del Ministerio. Depende de la Alta Dirección, mantiene relaciones de coordinación con los orga- nismos del Sector y entidades vinculadas a su competencia. Artículo 49º.- Son funciones de la Oficina General de Administración: a) Formular, proponer, ejecutar y evaluar la política institucional referente a los aspectos de su competencia; b) Conducir los procesos técnicos de los sistemas de personal, abastecimiento, contabilidad y tesorería, que for- man parte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa; c) Proponer y coordinar acciones de promoción social y capacitación; d) Verificar la conformidad de la documentación susten- tatoria de las operaciones financieras con cargo al presupues- to; e) Conducir y controlar el proceso de ejecución presu- puestal del Pliego, en coordinación con la Oficina General de Economía y Desarrollo; f) Informar oportunamente a los órganos y organismos correspondientes sobre la situación económica y financiera del Pliego; g) Coordinar y supervisar las acciones referentes a la seguridad integral del Ministerio; h) Elaborar, actualizar y aplicar directivas internas refe- rentes a los aspectos de su competencia; e, i) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Artículo 50º.- La estructura orgánica de la Oficina General de Administración es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina General Organos de Línea - Oficina de Personal - Oficina de Abastecimiento y Servicios - Oficina Financiera DE LA OFICINA DE PERSONAL Artículo 51º.- La Oficina de Personal es la encargada de administrar el potencial humano del Ministerio promovien- do su capacitación y bienestar a fin de optimizar su rendi- miento. Artículo 52º.- Son funciones de la Oficina de Personal: a) Planear, organizar, ejecutar y controlar las acciones referidas al potencial humano; b) Realizar los procesos técnicos para el ingreso, evalua- ción, desplazamiento y ascenso del personal; c) Organizar y mantener actualizado los registros del personal y conducir los regímenes de pensiones del Ministe- rio;d) Formular la planilla única de pagos del personal activo y cesante, y la planilla de subvenciones del Régimen Ecle- siástico; e) Formular y mantener actualizado el Presupuesto Analítico de Personal; f) Promover, coordinar y ejecutar acciones de capacita- ción y promoción social; g) Promover, coordinar y desarrollar actividades de ca- rácter artístico cultural, deportivo y recreacional, extensivo a la familia del servidor; h) Expedir constancia de haberes y descuentos, así como otros documentos que por su naturaleza sean de su compe- tencia; e, i) Las demás funciones que le asigne el Director General. Artículo 53º.- La estructura orgánica de la Oficina de Personal es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organos de Línea - Unidad de Movimiento de Personal - Unidad de Promoción y Servicio Social DE LA OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS Artículo 54º.- La Oficina de Abastecimiento y Servicios es la encargada de programar, coordinar, ejecutar y contro- lar el abastecimiento de bienes y prestación de servicios que requieran los órganos del Ministerio. Coordina y supervisa la seguridad integral. Artículo 55º.- Son funciones de la Oficina de Abasteci- miento y Servicios : a) Programar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos del sistema de abastecimiento; b) Formular, coordinar, consolidar y evaluar el presu- puesto de abastecimiento del Ministerio; c) Celebrar contratos para la obtención de bienes y prestación de servicios; d) Realizar, actualizar y controlar los inventarios físicos de los bienes patrimoniales del Ministerio; e) Programar, coordinar y ejecutar la adquisición y sumi- nistro de bienes y prestación de servicios que requieran los órganos del Ministerio; f) Coordinar y supervisar el mantenimiento de los inmue- bles, instalaciones, mobiliario, equipos y vehículos del Minis- terio; g) Coordinar, supervisar y controlar los servicios de teléfono, transporte y limpieza; h) Coordinar y controlar las acciones de la seguridad integral del Ministerio; e, i) Las demás funciones que le asigne el Director General. Artículo 56º.- La estructura orgánica de la Oficina de Abastecimiento y Servicios es la siguiente: Organo de Dirección - Oficina Organos de Línea - Unidad de Programación y Obtención - Unidad de Almacén y Control Patrimonial - Unidad de Servicios DE LA OFICINA FINANCIERA Artículo 57º.- La Oficina Financiera es la encargada de conducir los procesos de contabilidad y de tesorería en el Ministerio, proporcionando información adecuada y oportu- na para la toma de decisiones, de conformidad con los principios y normas que rigen los sistemas de contabilidad y de tesorería. Artículo 58º.- Son funciones de la Oficina Financiera: a) Programar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos de los sistemas de contabilidad y de tesore- ría; b) Registrar las operaciones contables y financieras en los libros principales y auxiliares; c) Elaborar la información de la ejecución presupuestal y financiera; d) Recaudar, depositar, conciliar e informar sobre los ingresos generados por el Ministerio;