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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (26/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 174685 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de junio de 1999 Anexo 1 DECLARACION JURADA DE ACOGIMIENTO AL REPRO-AFP (Ley Nº 27130, D.S. Nº 089-99-EF y Resolución Nº 222-99-EF/SAFP) Nº Declaración Jurada Para ser llenado por el Empleador I. DATOS DEL EMPLEADOR Razón Social o nombre : R.U.C. Dirección Distrito Provincia Departamento Cod.Postal Teléfono II. DEUDA AUTOLIQUIDADA Monto nominal total S/. Nº meses declarados Forma de Pago: Contado Fraccionado Nº cuotas Por el presente documento, yo............................., con ( ) L.E. ( )D.N.I ( ) C.E. Nº ...................., en representación de ........................................., declaro bajo juramento que: 1.Solicito mi acogimiento al Régimen de Reprogramación de Aportes Previsionales (REPRO-AFP), aprobado por la Ley Nº 27130; 2.He cumplido con efectuar el pago de los aportes previsionales cuyo vencimiento se ha producido dentro de los sesenta (60) días anteriores a la fecha de presentación de la presente Declaración Jurada, y que corresponde a los meses de devengue 1 .............. y ............... de 1999. (Conforme al numeral 4.2 del Artículo 4º de la Ley Nº 27130, el pago de estas obligaciones es un requisito para el acogimiento al REPRO-AFP, por lo que en caso se compruebe que tales pagos no se han realizado, se considerará que el empleador no está acogido al REPRO-AFP). 3.Me desisto del acogimiento a los siguientes regímenes de fraccionamiento: ( ) PERP2 ( ) APORTE3, ( ) REFROC4 ( ) R.F.E5, y, en este último caso, ( ) renuncio / ( ) no renuncio a sus beneficios6. 4.La información consignada por mí en este formato y en sus hojas adicionales es cierta, sometiéndome, en todo caso, a la verificación o fiscalización posterior que se realice de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º del Reglamento del REPRO-AFP (Decreto Supremo Nº 089-99-EF). ________________________________ Firma del Representante Legal Fecha: dd/mm/aaaaConstancia de recepción SELLO Y FRECHA _____________________________________________________________ 1a) Abril y mayo de 1999, en caso este formato se presente del 1 al 7 de julio de 1999; b) Mayo y junio de 1999, en caso este formato se presente del 8 de julio al 6 de agosto de 1999; c) Junio y julio de 1999, en caso este formato se presente del 7 de agosto al 7 de setiembre de 1999; o d) Julio y agosto de 1999, en caso este formato se presente del 8 al 30 de setiembre de 1999. 2Procedimiento Extraordinario de Regularización Previsional, aprobado por Resolución Nº 564-94-EF/SAFP.3Programa de Fraccionamiento de Deudas Previsionales, aprobado por Resolución Nº 282-96-EF/SAFP.4Régimen de Fraccionamiento de Obligaciones Corrientes, aprobado por Resolución Nº 551-98-EF/SAFP.5Régimen de Fraccionamiento Especial, aprobado por Decreto Legislativo Nº 848.6Conforme al Artículo 12º de la Ley Nº 27005, la pérdida del RFE no extingue el beneficio de la actualización de la deuda, efectuada en función al Indice de Precios al Consumidor.