Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 1999 (26/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de junio de 1999

Inician procedimiento disciplinario a servidores de diversos Establecimientos Penitenciarios del MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 427-99-INPE-P MORDAZA, 22 de junio de 1999 VISTO, el Informe Nº 084-99-INPE/CPPAD de fecha 17 de junio de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 786-98-INPE-ORH y Oficio Nº 201-99-INPE-ORH de fecha 8.JUL.98 y 12.MAR.99, el Director de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, comunica la situacion laboral de la servidora: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete; Que, del analisis de los documentos obrantes en autos, se desprende que segun Oficio Nº 034-98-INPE-EPNIC-AC/RH de fecha 10.JUN.98, el Jefe de Personal del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete, informa que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha inasistido en forma injustificada a su Centro de Labores los dias 2, 5, 8, 9 y 10 de junio de 1998, dejando de concurrir al mencionado E.P., hasta la actualidad, por lo que la precitada servidora se encontrara incurso en abandono laboral; Por lo expuesto ha quedado evidenciado que existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que la precitada servidora habria incumplido lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º el acotado dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 02299-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La servidora procesada puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 8306 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 430-99-INPE-P MORDAZA, 22 de junio de 1999 VISTO, el Informe Nº 086-99-INPE/CPPAD de fecha 17 de junio de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO:

fecha 31 de MORDAZA de 1999, sobre la situacion laboral del servidor del Establecimiento de Sentenciados de PICSI, de la Direccion Regional Norte Chiclayo, Dr. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA TOLEDO; Que, del analisis del expediente, se advierte que con fecha 7 de MORDAZA de 1999, el Jefe de Recursos Humanos de la Direccion Regional Norte Chiclayo, remite el Informe Nº 02499-INPE-EPSP-OP, comunicando el record de asistencia del personal INPE-EPS PICSI, en el cual se puede apreciar que el servidor Dr. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA, ha faltado 13 dias no consecutivos; siendo estos los dias 1, 2, 3, 8, 15, 16, 17, 22, 23, 24, 27, 30 y 31 de marzo de 1999; Que, a traves del Oficio Nº 157-99-INPE-DRN/OA/URH, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, y que obra a fojas 18, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Direccion Regional Norte Chiclayo informa sobre inasistencias injustificadas del precitado servidor, manifestando que dicho servidor habria acumulado un total de 13 dias no consecutivos de faltas en un periodo de 30 dias calendario, refiriendo tambien que desde el dia 5.ABR.99, hasta la fecha de elaboracion del presente, dejo de concurrir; Que, asimismo a fojas 08 obra el Informe Nº 026-99-INPEEPSP-OP, de fecha 12 de MORDAZA de 1999, el cual hace alusion a la Carta Nº 002/IPDC/PICSI-CH, mediante la cual el servidor MORDAZA mencionado solicito 30 dias de licencia sin goce de haber, dicha solicitud fue elevada a la Oficina de Recursos Humanos del INPE-DRN-CH, mediante Oficio Nº 029-99-INPE-EPSP-OP. Al respecto, a fojas 21 obra el Oficio Nº 192-99-INPE-DRN-OA-URH, de fecha 27 de MORDAZA de 1999, mediante el cual se da cuenta que aquella solicitud fue devuelta al EPS PICSI, mediante Memorandum Nº 118-99INPE-DRN-OA-URH, el cual obra a fojas 15, a efecto de solicitar al servidor documentacion sustentatoria, toda vez que dicha solicitud no contaba con el VºBº de su Jefe Inmediato Superior, tal como lo establece el Articulo 34º del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los trabajadores del INPE, aprobado mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 50398-INPE-CR-P, en concordancia con lo establecido en el Articulo 109º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; Por lo expuesto ha quedado evidenciado que existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que el precitado servidor habria incumplido lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 02299-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor Dr. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de PICSI, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El servidor procesado puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 8307 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 431-99-INPE-P MORDAZA, 22 de junio de 1999

Que, mediante Oficio Nº 1111-99-INPE-ORH de fecha 7 de junio de 1999, el Director de la Oficina de Recursos Humanos remite el Informe Nº 062-98-INPE-ORH/URD, de

VISTO, el Informe Nº 083-99-INPE/CPPAD de fecha 17 de junio de 1999 de la Comision Permanente de Procesos

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