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Pág. 174857 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de junio de 1999 ORDENANZA: Artículo Unico.- Aprobar la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Tacna, el mismo que queda reestructurado conforme a lo sustentado en la parte consi- derativa y el anexo correspondiente que forma parte de la presente. POR TANTO: Mando se comunique, se publique y se cumpla. HERMILIO HINOJOSA RUBIO Alcalde (e) Nota.- El texto del TUPA, se publicará en el diario de mayor circulación de Tacna. 8412 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan plazo para el pago de cuo- tas fraccionadas de la Tasa de Licencia de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-99-MDSL San Luis, 25 de junio de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 010-99-MDSL se aprobó la Tasa de Licencia de Funcionamiento estableciéndose en el Artículo 9º de la acotada norma legal el plazo de pago; Que, mediante Informe Nº 100-99-OR-MDSL la Oficina de Rentas propone ampliar el plazo de vencimiento de las dos primeras cuotas fraccionadas de la Tasa de Licencia de Funcionamiento 1999, por haberse detectado que a 2,044 contribuyentes no se les emitió oportunamente sus cupone- ras; Que, la Ordenanza Nº 010-99-MDSL en la disposi- ción final primera faculta al Alcalde para que establezca las normas complementarias mediante Decreto de Al- caldía; Que, estando a lo expuesto de conformidad con lo esta- blecido en los Artículos 2º y 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ordenanza Nº 010-99-MDSL; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 16 de julio de 1999 el vencimiento de la primera y segunda cuotas fraccionadas del tributo denominado Tasa de Licencia de Funcionamiento correspondiente al Ejercicio Fiscal 1999. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Oficina de Rentas en cuanto le corresponde. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 8392Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 029-MDSL San Luis, 24 de junio de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de junio de 1999, aprobó por unanimidad el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipa- lidad de San Luis; CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada - D.L. Nº 757 Artículo 20º y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 094-92-PCM, establece la obligatoriedad de aprobar y publicar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, para las Entidades de la Adminis- tración Pública; Que, corresponde a la Municipalidad Distrital de San Luis aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos con arreglo al Artículo 22º de la citada Ley; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Luis vigente del año 1994 no ha sido modificado y se requiere dotar a los diferentes procedi- mientos Administrativos que se realizan de los requisitos simplificados mínimos indispensable para su admisión o trámite por lo que la actual Administración municipal propone un Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos - TUPA; Que, el Artículo 70º del D.L. Nº 776 establece que los derechos que se cobren por la tramitación de Procedi- mientos Administrativos sólo serán exigibles a los usuarios cuando conste en el correspondiente Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artí- culos 191º y 192º de la Constitución Política; Artículo 36º Inc. 3), la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Art. 22º D.L. Nº 757; D.S. Nº 094-92-PCM, se expidió la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS TUPA Artículo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Pro- cedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Luis, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, según anexo adjunto en treinta y cinco (35) folios. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Muni- cipal velar por el cabal cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR los dispositivos legales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al décimo día calendario siguiente de su publi- cación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde