TEXTO PAGINA: 41
Pág. 174843 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de junio de 1999 ADUANAS Aprueban Procedimientos Generales del Sistema de la Calidad sobre Co- branzas Administrativas, Reclamos Tributarios y Devoluciones por Pagos Indebidos o en Exceso RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000759 Callao, 25 de junio de1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia de Adua- nas Nº 001408 de fecha 1.SET.98, se aprobó la relación de Procedimientos del Sistema de la Calidad de ADUANAS y la Guía para la Documentación de Procedimientos; Que, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 3º de la citada Resolución de Superintendencia de Aduanas, la Intendencia Nacional de Recaudación Aduanera median- te Resolución de Intendencia Nacional Nº 000446 de fecha 30.OCT.98, aprobó entre otros, los textos de los Procedi- mientos del Sistema de la Calidad de ADUANAS identi- ficados con los Códigos: INRA-PE.09 CONTENCIOSO DE RECLAMACION e INRA-PE.15 NO CONTEN- CIOSO DE DEVOLUCION ; Que, mediante Ley Nº 27038 del 31.ENE.98, se modi- ficaron, sustituyeron e incorporaron las normas relacio- nadas a los Procedimientos Contencioso-Tributario de Reclamación, no Contencioso de Devolución, y Cobranzas Administrativas, contenidas en el Código Tributario, apro- bado mediante Decreto Legislativo Nº 816; Que, acorde con las modificaciones antes señaladas, resulta pertinente adecuar y sustituir los Procedimientos Específicos del Sistema de la Calidad de ADUANAS, aprobados con Resolución de Intendencia Nacional Nº 000446, identificados con los Códigos: INRA-PE.09 CON- TENCIOSO DE RECLAMACION e INRA-PE.15 NO CONTENCIOSO DE DEVOLUCION ; Que, asimismo, de la verificación de los documentos normativos vigentes relacionados con el proceso de recau- dación, se ha estimado conveniente adecuar y sustituir el Manual del Procedimiento Contencioso y no Contencioso Aduanero, aprobado mediante Resolución de Intendencia Nacional Nº 00995 del 16.ABR.97, así como el Manual de Cobranzas Administrativas, aprobado con Resolución de Intendencia Nacional Nº 001971 del 24.JUL.97; Que, mediante la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 725 de fecha 11.JUN.99, se aprueba el docu- mento “Lista Maestra de Control de Documentos”, la misma que detalla la documentación del Sistema de la Calidad de ADUANAS y codificación correspondiente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Adua- nas, aprobados mediante Decreto Ley Nº 26020 y Resolu- ción de Superintendencia de Aduanas Nº 0021, respecti- vamente; y la Resolución Suprema Nº 168-99-EF de 22.ABR.99; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR los Procedimientos Genera- les del Sistema de la Calidad de ADUANAS y sus respec- tivos textos, conforme se señala a continuación: INRA-PG.02 COBRANZAS ADMINISTRATIVAS INRA-PG.03 RECLAMOS TRIBUTARIOS INRA-PG.04 DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO los Procedimien- tos Específicos del Sistema de la Calidad de ADUANAS, identificados con los Códigos: INRA-PE.09 CONTEN- CIOSO DE RECLAMACION e INRA-PE.15 NO CON-TENCIOSO DE DEVOLUCION, aprobados con Resolu- ción de Intendencia Nacional Nº 000446 del 30.OCT.98; así como el Manual del Procedimiento Contencioso y no Contencioso Aduanero, aprobado con Resolución de In- tendencia Nacional Nº 00995 del 16.ABR.97 y el Manual de Cobranzas Administrativas, aprobado con Resolución de Intendencia Nacional Nº 001917 del 24.JUL.97, y sus modificatorias. Artículo 3º.- La distribución e implantación de los Procedimientos Generales aprobados por la pre- sente Resolución, son de responsabilidad de la Inten- dencia Nacional de Recaudación Aduanera, Inten- dencias Operativas y Oficina de Sistemas y Estadís- tica, con conocimiento de la Secretaría Técnica de la Calidad. Artículo 4º.- Los Procedimientos indicados en el Ar- tículo 1º de la presente Resolución entrarán en vigencia el 1 de julio de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) COBRANZAS ADMINISTRATIVAS I. OBJETIVO Establecer el procedimiento a seguir en las Intenden- cias de Aduana de la República e Intendencias Nacionales competentes, para la determinación, recaudación y con- trol de adeudos a nivel nacional. II. ALCANCE Intendencias de Aduana de la República, Intendencias Nacionales de Recaudación Aduanera, de Técnica Adua- nera y de Fiscalización Aduanera. III. RESPONSABILIDAD El cumplimiento de lo establecido en el presente pro- cedimiento es de responsabilidad del Intendente Nacio- nal de Recaudación Aduanera, de los Intendentes Nacio- nales competentes, y de los Intendentes de Aduana de la República; Jefe de la Oficina de Sistemas y Estadística en la implementación y mantenimiento informático del pre- sente procedimiento; del personal que formula, registra, hace efectiva y controla la cobranza administrativa de la deuda aduanera y en general del personal que interviene en el proceso de gestión, supervisión y control de recauda- ción. Los Jefes y el personal encargado de las Areas emiso- ras de los documentos de determinación así como los de las Areas resolutivas de las correspondientes reclamaciones y los encargados del Area de cobranzas coactivas, serán responsables de la actualización y seguimiento de dichos documentos en el Módulo correspondiente, hasta su can- celación o anulación. IV. VIGENCIA A partir del 1/7/1999. V. BASE LEGAL - D. Leg. Nº 809, que aprueba la Ley General de Aduanas. - D. Leg. Nº 816 - que aprueba el Código Tributario, y normas modificatorias. - D. Ley Nº 26020 - Ley Orgánica de ADUANAS. - Ley Nº 26461 - Ley de los Delitos Aduaneros. - D. Ley Nº 26116 - Ley de Reestructuración Empresarial. - D. Leg. Nº 845 - Ley de Reestructuración Patrimo- nial. - Ley Nº 25035, - Ley de Simplificación Administrativa. - Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.