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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 1999 (03/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 172773 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de mayo de 1999 En caso de no ejecutarse la reparación, ésta será efectuada por la Municipalidad y el infractor pagará el costo de la reparación más el 50% del valor de la multa 1140 Por construir rompemuelles o similares sin Autorización Municipal. Sin perjuicio de su demolición 10 280 1150 Por reparaciones defectuosas de pistas, veredas o sardineles que han sido rotos con Autorización Municipal, sin perjuicio del infractor a que vuelva a reparar 10 280 1160 Por alterar el trazo de la vía pública (pistas, veredas y/o bermas) por m2. Sin perjuicio de su reconstrucción. 4 112 1170 Por efectuar señalización en la vía pública sin Autorización Municipal. Sin perjuicio de su retiro. Por cada señal: 3 84 1175 Por deficiencias en la señalización o dispositivos de seguridad en las obras de ampliación y/o reparación de redes de agua, desagüe, luz y telefonía. 50 1,400 1180 Por la instalación y/o uso de puertas de entrada en los terrenos sin construir que se encuentran cercados, sin perjuicio del tapiado respectivo 100 2,800 1181 Por carecer de cuaderno de control de obra 5 140 1182 Por no conservar en buen estado el cerco en terrenos sin construir, p/ml de cerco 5 140 1183 Por demoler sin licencia por m2 0.5 14 1184 Por construir cisternas o tanques sin autorización 10 280 1185 Por construir en áreas destinadas a aportes, sin realizar la desafectación previa 100 2,800 1186 Por colocar numeración en los predios sin Autorización municipal. 10 280 1187 Por carecer de numeración municipal asignada 5 144 1188 Por ejecutar ampliaciones y/o reparaciones de redes de agua, desagüe, luz o teléfonos sin autorización, por ml. 4 112 1189 Por instalar mobiliario de material noble (ladrillo, concreto) en el retiro frontal, sin perjuicio de su demolición 100% Valor de la obra 1190 Por techar el retiro frontal con material noble, sin autorización municipal. 100% Valor de la obra MULTA POR CAUSAR ANIEGOS 1200 Por causar aniego en la vía pública y zonas aledañas (retiro , veredas, bermas, etc.) Por metro cuadrado de área inundada, según la Ordenanza Nº 004-94 0.05 1.40 El infractor o responsable, independientemente del pago de la multa abonará: - El monto de los gastos de reparación que ejecutará la Municipalidad más 20% del mismo, la 1ra. vez. - La reincidencia será sancionada con el pago del costo de la reparación más el 30% del mismo. MULTAS PARA EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE CONSTRUCCION SEGUN VALOR DE LA LICENCIA 1300 Obra terminada: 3 veces el valor de la licencia 1310 Obra básica casco tarrajeado: 2 veces el valor de la Licencia 1340 Obra básica casco bruto: 1 vez valor de la Licencia1350 Obras primarias cimientos y muros: 1 vez valor de la Licencia MULTAS POR EDIFICACION ANTIRREGLAMENTARIA Por construir sobre retiros o piso adicional. Sin perjuicio de demolición y cobranza coactiva 1400 Obra terminada: 30% del Valor de la Obra 1410 Casco tarrajeado: 25% del Valor de la Obra 1420 Casco Bruto: 20% del Valor de la Obra 1430 Obras primarias: 10% del Valor de la Obra El valor de la obra deberá entenderse como el valor de la totalidad de la edificación, de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza Nº 010-98 1440 Sanción al Profesional responsable de la obra; notificándose al Colegio Profesional respectivo. 100 2800 1450 Acceso a piso antirreglamentario Sin perjuicio de demolición. 40 1120 NOTA.- Los accesos sólo podrán ser a través de escaleras tipo gato caracol (metálicas). 2000 DIRECCION DE COMERCIALIZACION EN ESTABLECIMIENTOS 2005 Por apertura de establecimientos sin Licencia municipal. Sin perjuicio de la obligación de cierre del establecimiento 12 336 2010 Reincidencia de la apertura del Establecimiento sin Licencia, clausura, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. 20 560 2015 Por ampliar o cambiar de giro sin Licencia Municipal. 10 280 2020 Por funcionar con Licencia Municipal vencida o no renovada 12 336 2025 Por ampliar el área económica sin Licencia Municipal. 5 140 2030 Por cambiar de nombre o razón social sin Autorización Municipal. 10 280 2035 Por incumplimiento a lo dispuesto en los Códigos 2005 y 2030 : Clausura, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. 2040 Por no exhibir en lugar visible la Licencia Municipal. 4 112 2045 Por alterar el texto o falsificar la Licencia Municipal, clausura y multa sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. 100 2800 2060 Por expendio de licor sin Licencia Especial para la venta de bebidas alcohólicas 20 560 2065 Por expender bebidas alcohólicas a menores de edad para su consumo. 100 2800 Adicionalmente el cierre del establecimiento y la cancelación de la licencia. 2070 Por dar facilidades para el consumo de bebidas alcohólicas en las inmediaciones del local. 100 2800 Adicionalmente el cierre del establecimiento y la cancelación de la licencia. 2075 Por tener servicios higiénicos malogrados, en mal estado o sucios 15 420 2080 Por permitir que en el establecimiento se altere el orden público. 20 560