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Pág. 172764 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de mayo de 1999 Visto el Oficio Nº 27-99-INGEMMET/PCD, de fecha 19 de abril de 1999, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, solicitando autorización de viaje para dos trabajadores; CONSIDERANDO: Que, en la última reunión del Comité Ejecutivo del Proyecto Multinacional Andino - MAP, realizada en To- ronto-Canadá, del 15 al 17 de marzo de 1999, se acordó como parte del entrenamiento establecido en el Proyecto, la visita a determinados yacimientos mineros ubicados en Bolivia, del 2 al 8 de mayo de 1999, y ubicados en Argen- tina, del 9 al 17 de mayo de 1999; Que, el Consejo Directivo del INGEMMET, en su Sesión Nº 628, de fecha 16 de abril de 1999, acordó aprobar la participación de los Ings. Elmer Boulangger Rondoy y Mario Carpio Ronquillo para que viajen a Bolivia y Argen- tina, del 2 al 17 de mayo de 1999, para que realicen las visitas precitadas; Que, en consecuencia es necesario autorizar los co- rrespondientes viajes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los Ings. Elmer Boulangger Rondoy y Mario Carpio Ronquillo del INGE- MMET, a Argentina y Bolivia, del 2 al 17 de mayo de 1999, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y tarifa CORPAC, ascendentes a US$ 3,250.00 (Tres Mil Doscientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos) se- rán cubiertos por el INGEMMET de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 100.00 x 16 días x 2) US$ 3,200.00 Tarifa CORPAC (US$ 25.00 x 2) US$ 50.00 ------------ TOTAL US$ 3,250.00 Artículo 3º.- Los gastos por concepto de pasajes serán cubiertos por el Proyecto Multinacional Andino (MAP). Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 5730 JUSTICIA Autorizan pedido de extradición al Go- bierno de la República de Venezuela de procesado por delito Contra el Patrimonio RESOLUCION SUPREMA Nº 147-99-JUS Lima, 29 de abril de 1999 Visto el Informe Nº 009-99-CEA de fecha 8 de abril de 1999, de la Comisión Encargada del Estudio de las Extradiciones Activas, sobre el pedido de extradición del ciudadano coreano YUNG SU CHON KIM, formulado por el Vigésimo Primer Juzgado Penal de Lima; CONSIDERANDO: Que por resolución de fecha 29 de marzo de 1999, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición formulada por el Vigésimo Primer JuzgadoPenal de Lima, del ciudadano coreano YUNG SU CHON KIM, procesado por el delito Contra el Patrimonio - Estafa; Que mediante el informe de visto, la comisión encar- gada del estudio de las extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición del referido ciudadano coreano; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, inciso 5) del Artículo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decre- to Supremo Nº 017-93-JUS, y la Convención sobre Derec ho Internacional Privado - Código de Bustamante; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de la República de Venezuela del ciudadano coreano YUNG SU CHON KIM, procesado por el delito Contra el Patrimonio - Estafa. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 5731 Autorizan al INPE el traslado y recep- ción de interno recluido en estableci- miento penitenciario de los EE.UU. para cumplir el resto de su condena en el Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 148-99-JUS Lima, 29 de abril de 1999 Visto el Facsímil (Leg) Nº 6954 de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionada con la solicitud del interno DAVID SUIBER- TO CONTRERAS MATOS, referida a su traslado al Perú acogiéndose al tratado suscrito con los Estados Unidos de América, sobre el cumplimiento de condenas penales; CONSIDERANDO: Que el tratado celebrado entre los Gobiernos del Perú y los Estados Unidos de América, sobre cumplimiento de condenas penales, permite que las sentencias impuestas en los Estados Unidos de América a peruanos puedan ser cumplidas en Establecimientos Penales de la República del Perú; Que el interno de nacionalidad peruana DAVID SUI- BERTO CONTRERAS MATOS, condenado en los Esta- dos Unidos de América, por el delito de tráfico ilícito de drogas, a una pena de 235 meses de pena privativa de la libertad más 4 años de libertad vigilada, recluido en la Prisión Federal Terminal Island, San Pedro - Estados Unidos de América, ha solicitado acogerse al tratado en mención; Que mediante el Facsímil (LEG) Nº 6954 de la Direc- ción de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que el Departamento de Justicia Americano ha informado a nuestra Embajada en Wa- shington que ha sido autorizado el traslado del referido interno; con la opinión favorable de la Oficina General de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,