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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 1999 (05/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 172836 c:I ?)#l&nD m 1 W:m I.ima, miércoles 5 dc mayo dc I YYY Que, la actual administraciún, considera que la aplicación y ejecución de las multas administrativas debe estar enmarcada principalmente en un rontexto persuasivo y/o correctivo, no sancionador, con la finahdad de que los vecinos y contribuyentes cumplan con los dispositivos municipales y/o legales de control municipal; Que, es objetivo de esta gestión edil,, instaurar una ágil y modernaadmmistración. cimentadaencriteriosdejusticia,equi- dad y calidad institucional, con la finalidad de brindar mejores servicios a nuestros vecinos y contribuyentes, para lo cual es necesariodarfluidez a losprocedimientosadministrativos,elimi- nando toda traba o carga innecesaria e improductiva; Que, en tal sentido y con el objeto de aliviar de alguna manera la carga de trabajo y el caos administrativo encontrado respecto a los expedientes administrativos de multas, así como para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de nuestros vecinos v contribuventes. el Concrio Distrital de La Victoria ha visto necesario disponer la r:ondo”nación, quiebra y posterior incinera- ción de todas las multas administrativas y/o notificaciones gira- das hasta el 31 de diciembre de 1998, cnyo monto no sea mayor de SI. 300 Nuevos Soles; Estando a lo expuesto. en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853, y con dispensa del trámite de aprobacion del acta, el Comxjo, por UNANIMIDAD: ACORDO: Artículo Primero.- Dmxmer la condonación. ouiebra e incineración de todas las mulias yio notificaciones adm’inistrati- vas pendientes de pago. aplicadas hasta el 31 de diciembre de 1998. CUYOS montos no excedan de S/. 300 Nuevos Soles. sin importar”e1 estado de cobranza en que se encuentren. El presente beneficio sólo incluye multas no tributarias, asi mismo no exime al infractor de regularizar su situación respecto B los hechos que motivaron la aplicación de la multa. Artículo Segundo.- Disponer con carácter general lacondo- nación, quiebra e incineración de las multas yio notificaciones aplicadas a los omisos del pago del Parqueo Vehicular sin impor- tarelmontoocuantíadelasmismas,disponiéndoselasuspensión de las órdenes de captura de vehículos que se hayan originado respecto a la aplicación de las mismas. Artículo Tercera- El departamento de Cobranza Coactiva del Servicio de Administración Tributaria - SAT, en caso de contar con la información correspondiente dispondrá de oficio el levanta- miento definitivo de toda medida de eJecución forzosa iniciada por aquellas multas que se encuentren dentro de la cuantía que establece el presente acuerdo, caso contrario actuar& a solicitud del infractor o de las Direcciones Municipales respectivas. Artículo Cuarto.,. Las Direcciones Municipales dispon- drán el archivamiento de todos los expedientes administrativos relacionados con reclamos sobre multas administrativas aplica- das hasta el 31 de diciembre de 1998, cuyos montos no excedan de Si. 300 Nuevos Soles. Artículo Quinto.- Mediante Resolución de Alcaldía. se dic- tarán las normas reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la correcta aplicación del presente beneficio. Regístrese, comuníquese y archivese. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 5808 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Actualizan monto de Tasa de Arbitrios de Seguridad Ciudadana, Limpieza Pública y Ornato, Relleno Sanitario y Parques y Jardines DECRETO DE ALCALDIA No 004-99-ALCYMSI EL ALCALDE DE S.4N ISIDRO CONSIDERANDO:Que, porDecretodeAlcaldiaN”O7-98-ALC/MSI,del3de abril de 1998, se autorizó actualizar para el Ejercicio Presupuesta1 1998. la tasa de los referidos arbitrios en función de la variación porcentual, mensual y acumulada del Indice de Precios al Consu- midor de Lima Metropolitana, según los aranceles vigentes; Que, los Gobiernos Locales tiene autonomía política, econó- mica y administrativa en los asuntos de su competencia con funciones normativas. en lo relativo a la creación, modificación y supresión de sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, conforme a las Normas III y IV del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo N” 816, concordan- tes con los Artículos 191” y 200” inciso 41 de la Constitución PoIítica del Per&; Que, la cobranza de dichos arbitrios debe efectuarse de acuerdo al costo efectivo del servicio público que se presta; Que, según Resolución Jefatura1 N” 353-98-INEI publicada en el Diario Oficial El Peruano del 1 de enero de 1999, emitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, sobre Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana corresuondiente al mes de diciembre de 1998, la variación porcen&al mensual acumulada hasta diciembre de 1998 es del 6.01% en consecuencia es necesario autorizar la actualización de los factores impositivos para el cálculo de los arbitrios; Con arreglo a lo prescrito en la Ley N” 26725; y, En uso de las facultades que le confiere el inciso 81 del Artículo 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Unico.- ACTUALIZAR para el Ejercicio Presu- puesta1 1999, la Tasa de Arbitrios de Seguridad Ciudadana, Limpieza Pública y Ornato, Relleno Sanitario, y Parques y Jardi- nes, en función de la variación porcentual, mensual y acumulada del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, según los aranceles vigentes y actualizados para el ejercicio presupuesta1 inmediato anterior. Dado en la Casa Consistorial de San Isidro, a los 29 días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LURIN Aprueban la participación del distrito en el Proyecto “Pachacámac 2000 Recibiendo el Tercer Milenio en el Perú” ACUERDO DE CONCEJO W 042~99/MDSPL San Pedro de Lurín, 23 de abril de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE LURIN POR CUANTO: Visto en sesión de Concejo ordinaria celebrada el día miérco- les 21 de abril de 1999, en la agencia municipal Zona E “AA.HH. Villa Alejandro” presidida por el senor Alcalde Oswaldo Weber- hofer V. el Oficio N” OS?-SS-MML-CFDEP, signado con N” de Expediente 1023 de fecha 16.ABRIL.99 promovido por el Regidor metropolitano Miguel Azcueta Gorostiza, mediante el cual remi- te la propuesta para organizar en el Perú la llegada del nuevo milenio; Que este pedido fue ampliamente analizado por los señores Regidores, en consecuencia contando con el voto unánime de los señores Regidores José Arakaki Nakamine. Emilio Mori Salazar, Luis Rodríguez Blas, Julia Fuentes Palacios, Edilberto Quiroz Montenegro y Raúl Arias del Río, el Concejo aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Unica- APROBAR la oarticinación del distrito de Lurín en el pro ecto presentado PO> el Regidor metropolitano MIGUELAZCU~TAGOROSTIZAdenominado”PACHACAMAC 2000 RECIBIENDO EL TERCER MILENIO EN EL PERU” Regístrese, comuníquese, cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 5807Que, la Municipalidad de San Isidro viene prestando los servicios de Seguridad Ciudadana, Limpieza Pública y Ornato, Relleno Sanitario, Parques y Jardines, financiándose con los arbitrios creados por los Edictos N’s. 09-90-MSI, 01%91-MSI, 25, 26 y 30-94-MSI; Que, por Ordenanzas N”s. 02 y 03-97-MS1 del 4 de abril de 1997, sea Segurida irobó la aphcación de los Arbitrios de Serenazgo, hoy de Ciudadana y de Limpieza Pública, Disposición Final de Residuos Solidos, y de Parques y Jardines, hoy de Limpieza Pública y Ornato, Relleno Sanitario, y Parques y Jardines;